Un tribunal militar considera que las 'cajas b' en el Ej¨¦rcito no son delito
El Tribunal Militar Central ha absuelto a cinco mandos que gestionaron los llamados fondos particulares, una especie de cajas b contables, en el antiguo Parque de Artiller¨ªa de Valencia. La sentencia considera probado que los acusados controlaron cuentas que escaparon a la fiscalizaci¨®n oficial, pero a?ade que no ha sido acreditado que esas maquinaciones pusieran en "grave peligro el servicio", tal como exige el C¨®digo Penal Militar.
Los coroneles Herminio Tortajada, Ram¨®n Montalb¨¢n y Faustino Escobar; el teniente coronel Fernando Au?¨®n, y el capit¨¢n Jos¨¦ Oliver fueron juzgados la semana pasada en el Cuartel General de la Armada. El fiscal solicit¨® para ellos penas que oscilaban entre los ocho y los cuatro meses. Las defensas reclamaron la absoluci¨®n por estimar que la existencia de contabilidades paralelas en el Ej¨¦rcito ha sido habitual durante a?os.
Los fondos paralelos se nutr¨ªan, entre otras modalidades, de la venta de material de desecho y de la contabilizaci¨®n de ranchos de la tropa como consumidos, cuando realmente los soldados estaban de permiso. El dinero obtenido se invert¨ªa en gastos urgentes no presupuestados y en actos protocolarios. El coronel Tortajada lleg¨® a controlar cuentas bancarias con un saldo conjunto de m¨¢s de 18 millones.
Sistema obsoleto
La absoluci¨®n de Herminio Tortajada se fundamenta en que este coronel ya fue juzgado por hechos similares. Fue condenado a ocho meses de prisi¨®n y a pagar 1.470.000 pesetas de multa.La sentencia recuerda que el sistema contable del Ej¨¦rcito estaba obsoleto hasta 1987, a?o en el se modific¨®. Los fondos, sin embargo, han seguido funcionando,. como lo demuestra unas diligencias abiertas por tinas irregularidades contables en el Gobierno Militar de Valencia, que fueron archivadas.
Entre las irregularidades probadas durante el juicio est¨¢ la utilizaci¨®n de soldados para realizar un trabajo que deb¨ªa ser ejecutado por los operarios de una empresa contratada. La sentencia es recurrible ante el Supremo.
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