Las el¨¦ctricas tendr¨¢n un periodo transitorio indefinido para separar sus actividades
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Las compa?¨ªas el¨¦ctricas contar¨¢n con un "periodo transitorio indefinido" para separar jur¨ªdicamente las distintas actividades que realizan (producci¨®n, distribuci¨®n y comercializaci¨®n) y crear sociedades distintas para cada caso, seg¨²n se contempla en el ¨²ltimo texto de la ley de bases del sector el¨¦ctrico que ayer aprob¨® la Comisi¨®n Delegada para Asuntos Econ¨®micos. La ley tambi¨¦n recibi¨® ayer el informe favorable del Consejo de Estado, pero el Consejo de Ministros no tiene previsto aprobarlo hasta el pr¨®ximo viernes.La separaci¨®n de actividades est¨¢ contemplada en la ley, ya que exige que la producci¨®n de electricidad, la distribuci¨®n y la comercializaci¨®n la realicen diferentes empresas, aunque tengan el mismo accionista. Por ello, las el¨¦ctricas, que en la actualidad agrupan las tres actividades en una misma unidad jur¨ªdica, est¨¢n obligadas a crear distintas sociedades. Esta circunstancia gener¨® la oposici¨®n de los empresarios, que ahora han visto medianamente satisfechas sus peticiones al contar con tiempo suficiente para hacer la separaci¨®n jur¨ªdica.
El Gobierno, no obstante, determinar¨¢ el periodo que limite la separaci¨®n mediante la promulgaci¨®n de un real decreto previa consulta a la Comisi¨®n Nacional del Sistema El¨¦ctrico (CNSE), de nueva creaci¨®n, que regular¨¢ el mercado.
Otra novedad del ¨²ltimo texto de la ley es la exigencia a las comercializadoras a desembolsar ¨ªntegramente 1.000 millones de pesetas para constituir el capital social. Esto da ventaja a las actuales compa?¨ªas el¨¦ctricas, ya que los nuevos operadores que quieran entrar en la cornercializaci¨®n deber¨¢n reunir ese capital. Adem¨¢s, las nuevas comercializadoras deber¨¢n tener el informe favorable de la CNSE.
Las el¨¦ctricas han dejado de oponerse a la la figura de la Corporaci¨®n de derecho p¨²blico que contempla la ley. Esta corporaci¨®n se encargar¨¢ de recibir la energ¨ªa producida por las empresas generadoras y de vend¨¦rsela a las comercializadoras. Estas empresas ser¨¢n las que nombren los miembros del consejo de esa Corporaci¨®n, en la que habr¨¢ un delegado del Gobierno.
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