Hacienda dice que la compra de deuda p¨²blica especial exime del delito fiscal
El delito fiscal no existe para aquellas personas que suscribieron deuda p¨²blica especial durante el periodo de regularizaci¨®n abierto a finales de 1991, seg¨²n el director general de la Agencia Tributaria, Jaime Gaiteiro. U culpa queda eximida siempre que la compra de la deuda especial se hubiera hecho cuando no hab¨ªa una sentencia firme de los tribunales o que el acta de la inspecci¨®n no estuviera firmada. Recientemente, la Audiencia Nacional dict¨® una sentencia en la que sosten¨ªa que el delito exist¨ªa aunque se hubiese regularizado la situaci¨®n.
La presentaci¨®n de declaraciones complementarias -fuera del plazo voluntario para pagar impuestos- despu¨¦s de abierta la inspecci¨®n o iniciado un proceso en los tribunales no exime de la aplicaci¨®n de sanciones o del delito fiscal, en el caso de superar los cinco millones de deuda tributaria, seg¨²n Gaiteiro. De esta forma, Hacienda tercia en el debate sobre si existe delito fiscal para aquellos individuos que regularizaron su situaci¨®n de forma voluntaria.Algunos penalistas sostienen que el delito existe aunque con el atenuante del arrepentimiento, de igual manera que cuando se roba dinero y luego se devuelve. La Audiencia Nacional ha mantenido esta ¨²ltima tesis al anular un auto del juez Moreiras por el que quedaban libres de delito fiscal 250 empresas implicadas en el fraude del IVA descubierto antes de iniciarse el proceso de regularizaci¨®n fiscal. Seg¨²n Gaiteiro, Hacienda no ha llevado a los tribunales a ninguna persona o sociedad que haya regularizado e, incluso, en algunos casos ha retirado la denuncia en los procesos abiertos con anterioridad.
El problema, seg¨²n explic¨® el director general de la Agencia Tributaria, es que la mayor¨ªa de los procesados por el fraude del IVA han presentado una declaraci¨®n complementaria despu¨¦s de haberse llevado el caso ante los tribunales. Gaiteiro aclar¨® que en estas situaciones el proceso por delito fiscal sigue abierto.
Jaime Gaiteiro particip¨® ayer en un curso sobre Fiscalidad y Empresa en la Universidad Internacional Men¨¦ndez Pelayo de Santander, organizado por el Instituto de Estudios Fiscales, para explicar los resultados de la implantaci¨®n del nuevo sistema de estimaci¨®n objetiva singular por m¨®dulos. Este sistema, iniciado el pasado a?o, afectar¨¢ a un total de 1,4 millones de peque?os y medianos empresarios de un total de 41 sectores econ¨®micos. En una primera fase, el procedimiento se ha aplicado en 11 de ellos, en la actualidad afecta ya a otros 13 y para el pr¨®ximo a?o est¨¢ prevista la incorporaci¨®n de los 17 ¨²ltimos.
El porcentaje de renuncias a la aplicaci¨®n del nuevo sistema es "un ¨¦xito", seg¨²n Gaiteiro, ya que han ejercido este derecho s¨®lo un 8,5%. Este porcentaje es un indicativo, seg¨²n Hacienda, de las actividades sumergidas. "Por ello, la inspecci¨®n ha actuado especialmente sobre ellos". Este a?o se ha comprobado a un 12% de los que han renunciado y se ha detectado una deuda de 7.000 millones de pesetas.
En el seminario particip¨® tambi¨¦n el presidente del Consejo Superior de C¨¢maras de Comercio, Guillermo de la Dehesa, para exponer un programa de fomento a la inversi¨®n y la creaci¨®n de empleo. En su opini¨®n, las empresas que invierten deben pagar menos impuestos, tienen que ver rebajadas sus cotizaciones a la Seguridad Social y recibir subvenciones por al creaci¨®n de empleo. Las ayudas deben ir destinadas de forma prioritaria a las empresas que pacten con sus trabajadores moderaci¨®n salarial y aumentos de productividad. En su opini¨®n debe conseguirse adem¨¢s una mayor neutralidad, equiparando la fiscalidad de las personas f¨ªsicas (ahora con un tipo marginal del 56% en el IRPF) y de las empresas (35%).
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