El Supremo anula un formulario para trabajar con Defensa
El Tribunal Supremo (TS) ha anulado, por considerar que vulneran derechos fundamentales, dos preguntas del formulario que deb¨ªan contestar los trabajadores de las empresas contratistas y de obras que suministran servicios industriales para las Fuerzas Armadas espa?olas.El cuestionario MSI-02 o Manual de seguridad industrial de las Fuerzas Armadas contiene varias preguntas que "no deb¨ªan valorarse como criterio para la selecci¨®n del personal", en opini¨®n del sindicato Comisiones Obreras.
Por ello lo recurrieron ante el Ministerio de Defensa, pero la Secci¨®n Cuarta de la Audiencia Nacional desestim¨® este recurso contencioso administrativo y CC OO apel¨® al Tribunal Supremo, que ha decidido estimar parcialmente este recurso.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo declara nulas las preguntas n¨²meros 13 y 17 del cuestionario al considerar que vulneran derechos fundamentales.
La sentencia entiende que la pregunta n¨²mero 13, que pide que se indiquen las organizaciones o asociaciones con las que tiene o ha tenido relaci¨®n el trabajador, "s¨ª implica una vulneraci¨®n esencial del derecho fundamental precisado en el art¨ªculo 16.2 de la Constituci¨®n". Este art¨ªculo establece que nadie podr¨¢ ser obligado a declarar sobre su ideolog¨ªa, religi¨®n o creencias.
La segunda pregunta declarada nula busca saber si el empleado ha sido sancionado alguna vez por las autoridades civiles o militares. A este respecto, el Tribunal Supremo cree "que ello puede implicar un ataque al honor o intimidad personal, grave y directo, garantizado en el art¨ªculo 18.1 de la Constituci¨®n".
Contratos p¨²blicos
El Tribunal Supremo deja claro que la Administraci¨®n del Estado "puede seleccionar las empresas ejecutoras de contratos p¨²blicos y tambi¨¦n seleccionar el personal laboral de tales empresas, cuando el desempe?o del trabajo implique el conocimiento o acceso a cuestiones u objetos relacionados con la defensa nacional o la seguridad del Estado".Pero las preguntas que se formulan en la selecci¨®n en ning¨²n caso pueden implicar ning¨²n gravamen o perjuicio en la promoci¨®n profesional del trabajador, al ir exclusivamente dirigida a la finalidad de preservar tal seguridad.
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