El Tesoro propone cambiar la ley de activos financieros para ampliar el mercado de deuda
El Tesoro ha propuesto al Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda que estudie la posible modificaci¨®n de determinados aspectos de la Ley de Activos Financieros de forma que se pueda ampliar la oferta de deuda p¨²blica. En concreto, querr¨ªa que se modificara la normativa fiscal actual para hacer atractivas emisiones de deuda en las que se pueda separar el principal del cup¨®n de los intereses, como ocurre en mercados m¨¢s desarrollados.La ley de activos financieros, promulgada en la primera etapa de Gobierno socialista, resolv¨ªa una parte importante de los problemas que imped¨ªan hasta entonces que los mercados secundarios de deuda se desarrollaran hasta alcanzar cifras importantes de recursos manejados. Junto a ello pon¨ªa impedimentos fiscales a algunas posibilidades de colocaci¨®n de deuda. La actual legislaci¨®n establece que las emisiones de t¨ªtulos pueden ser de rendimiento expl¨ªcito, a la que se les aplica una retenci¨®n, en la actualidad del 25%, en el momento de hacerse efectivo el rendimiento, y de rendimiento impl¨ªcito, o cup¨®n cero, sobre las que no se practica retenci¨®n hasta el momento de su vencimiento. Estas emisiones, aunque est¨¢n admitidas en la legislaci¨®n, pr¨¢cticamente no son autorizadas por la Administraci¨®n por los problemas fiscales que llevan aparejados.
Uno de ellos es el derivado de que no hay ingresos fiscales mientras no se amortice la emisi¨®n. Pero, adem¨¢s, la legislaci¨®n establece que si el t¨ªtulo cambia de manos entonces si debe hacerse retenci¨®n por los rendimientos aunque no se hayan percibido realmente. Ello dificulta la negociaci¨®n en mercados secundarios de este tipo de t¨ªtulos.
Algunos bancos de inversiones, JP Morgan principalmente, han propuesto al Tesoro que inicie, mediante aseguramiento, emisiones en los que el principal. se negocie separado de los cupones. Puede haber un mercado para estos ¨²ltimos cupones de cierto desarrollo, especialmente entre compa?¨ªas aseguradoras o fondos de pensiones a quienes lo que les interesa es garantizarse una rentabilidad, de relativa importancia, a largo plazo. Este tipo de operaciones permite que quien suscriba una obligaci¨®n pueda negociar el pricipal, por un lado, y, por otro, los intereses. Estos ¨²ltimos se pueden, adem¨¢s, dividir en funci¨®n de la vida del t¨ªtulo.
Por ejemplo, los intereses que se pagan anualmente en una obligaci¨®n a 10 a?os (el cup¨®n) podr¨ªan revenderse todos juntos o el correspondiente a cada a?o por separado. Se trata, en realidad de ofrecer un abanico de "cupones cero" muy amplio ya que este tipo de separaci¨®n se har¨ªa sobre emisiones a largo plazo y los rendimientos seguir¨ªan siendo anuales.
Aplazar ingresos
El problema es que en las condiciones actuales no es atractivo ni para Hacienda autorizar este tipo de emisiones, porque significar¨ªa aplazar ingresos fiscales en unos momentos en los que el Estado necesita los m¨¢s posibles, ni para los mercados por la escasa negociaci¨®n que podr¨ªa llevarse a cabo. Por eso, el Tesoro ha propuesto que se estudie una posible modificaci¨®n de la legislaci¨®n de forma que se agilice la negociaci¨®n sin que Hacienda deje de percibir ingresos.
La alternativa propuesta por el Tesoro es la de aplicar el r¨¦gimen fiscal que existe en Francia y Estados Unidos y que consiste en no establecer la obligaci¨®n de practicar retenci¨®n alguna para las operaciones intermedias de este tipo de emisiones. Pero, a cambio, se obliga a los tenedores de estos t¨ªtulos o cupones a periodificar los rendimientos obtenidos durante el tiempo que los t¨ªtulos permanezcan en su poder y a que los declaren como rendimientos a efectos fiscales.
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