La rebeli¨®n judicial se diluye en una cuesti¨®n t¨¦cnica
Sala, que visit¨® ayer al Rey, estudiar¨¢ soluciones al conflicto del Supremo con el Constitucional
La rebeli¨®n de 16 magistrados del Tribunal Supremo, que apelan al poder moderador del Rey frente a lo que consideran una invasi¨®n del Tribunal Constitucional en sus competencias, perdi¨® ayer dramatismo y se recondujo hacia una cuesti¨®n de t¨¦cnica jur¨ªdica. En ella, la funci¨®n constitucional del Monarca poco o nada puede hacer, seg¨²n la gran mayor¨ªa de las fuentes consultadas. El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Pascual Sala, tras visitar ayer a don Juan Carlos acompa?ando a una promoci¨®n de jueces, reconoci¨® que el conflicto es "un problema de delimitaci¨®n de competencias" que requiere "un periodo de reflexi¨®n" y tomar decisiones t¨¦cnico-jur¨ªdicas que ser¨¢n de inter¨¦s para ambos tribunales.
La apelaci¨®n que los magistrados hicieron al Rey aument¨® la dimensi¨®n del conflicto, que sus propios promotores -los miembros de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo- consideraron ayer que hab¨ªa tenido "excesiva repercusi¨®n".Otros magistrados, como el presidente de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas, consider¨® que tal apelaci¨®n hab¨ªa producido el "efecto ben¨¦fico" de que todos se pronunciaran sobre la cuesti¨®n "con prudencia".
Por el momento, el memor¨¢ndum de queja no ha sido remitido al monarca. Est¨¢ prevista una reuni¨®n el jueves pr¨®ximo para elaborarla, pero es probable que, una vez llamada la atenci¨®n sobre el asunto, se reconduzca a un escrito a Sala y un an¨¢lisis del problema por la sala de gobierno del Supremo, que muchos juristas consideran competente.
Los miembros del Gobierno declinaron pronunciarse sobre el asunto. El ministro de la Presidencia, Alfredo P¨¦rez Rubalcaba invoc¨® incluso su "tozudez" para negarse a contestar a las preguntas de los periodistas.
Prudencia en la Casa Real
Asunci¨®n Vald¨¦s, portavoz de la Casa Real, insisti¨® ayer en que no se pronunciar¨¢ sobre el tema hasta que el Rey reciba el memor¨¢ndum anunciado. "Se estudiar¨¢ adecuadamente y se proceder¨¢ de la forma en que se estime conveniente", afirm¨®.
El ¨²nico precedente similar, aunque no igual, se produjo en 1985, cuando la APM envi¨® un escrito al Monarca protestando por la reforma del sistema de elecci¨®n de los vocales del Consejo General del Poder Judicial. El Rey respondi¨® a la asociaci¨®n de jueces d¨¢ndose por enterado del escrito.
El origen del actual conflicto es la sentencia del Constitucional que anul¨® una dictada por la Sala de lo Civil del Supremo y, en cambio, declar¨® firme la sentencia de la Audiencia de Madrid que declar¨® padre a un piloto que se hab¨ªa negado a la prueba biol¨®gica de investigaci¨®n de la paternidad porque estimaba que atentaba contra su intimidad.
El malestar de los magistrados del Supremo no proviene tanto de la anulaci¨®n como de la declaraci¨®n como firme de una sentencia de un ¨®rgano inferior, que convierte al Constitucional en un tribunal de casaci¨®n.
El catedr¨¢tico de Derecho Constitucional y ex vicepresidente del Tribunal Constitucional, Francisco Rubio Llorente, asegur¨® ayer que el alto tribunal "no se ha extralimitado" y record¨® que, en materia de derechos fundamentales, "el Constitucional es supremo".
Otras fuentes jur¨ªdicas mostraron su extra?eza porque el conflicto se haya planteado precisamente con ocasi¨®n de una sentencia sobre investigaci¨®n de la paternidad, materia en la que la Constituci¨®n de 1978 dio un vuelco sobre la vieja legislaci¨®n civil que la imped¨ªa. Fuentes jur¨ªdicas resaltaban ayer que el C¨®digo Civil preconstitucional justificaba que se impidiera investigar la paternidad de los hijos para "evitar que las mujeres solteras pudieran elegir como padres de sus hijos a los m¨¢s ricos de cuantos las frecuentaban".
Sala reconoci¨® ayer, tras acompa?ar en su visita al Rey a la XVI promoci¨®n de la Escuela Judicial en sus bodas de plata, que el conflicto entre el Supremo y el Constitucional es "un problema de delimitaci¨®n t¨¦cnico jur¨ªdica, de competencias". Asegur¨® que es un tema "siempre candente y vivo, tanto para el Tribunal Constitucional como para el propio Tribunal Supremo y para la jurisdicci¨®n ordinaria".
Sala anunci¨® que, "como tal problema t¨¦cnico jur¨ªdico ser¨¢ abordado". Tras haber comentado informalmente la cuesti¨®n con don Juan Carlos, Sala se?al¨® que se necesita "un periodo de reflexi¨®n, un estudio e incluso mi propia capacidad de decisi¨®n".
En el Parlamento, junto a la sorpresa producida en todas las formaciones pol¨ªticas por la utilizaci¨®n de la apelaci¨®n al Rey, fue abri¨¦ndose camino tambi¨¦n la soluci¨®n t¨¦cnico-jur¨ªdica por v¨ªa legislativa. A los 15 a?os de aprobada la Constituci¨®n, sigue sin desarrollarse el articulo 53.2 en lo que se refiere al recurso de amparo judicial, que permitir¨ªa liberar de trabajo al Constitucional.
Uno de los ponentes de la Constituci¨®n, Manuel Fraga, consider¨® que una sala del Supremo deber¨ªa ser competente en materia de amparo de derechos fundamentales, si bien esta medida requerir¨ªa una reforma constitucional.
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