Un abanico de posibilidades
Pensar en hacerse un plan de pensiones es la primera idea que se, viene a la cabeza cuando se pone en cuesti¨®n el sistema de prestaciones p¨²blicas. Pero hay otras alternativas, como los fondos de inversi¨®n o los futuros planes de ahorro popular que hay que tener en cuenta a la hora de pensar en cubrirse las espaldas. Todo ello, claro, si los agobios del presente permiten pensar en el futuro. No olvidar, adem¨¢s, que estas tres posibilidades ayudan tambi¨¦n a pagar menos impuestos.El plan de pensiones consiste en realizar unas aportaciones mensuales que se van capitalizando con el tiempo. Lo que se cobra al final, en forma de renta vitalicia a partir del momento de la jubilaci¨®n, est¨¢ pensado para completar y no para sustituir a la pensi¨®n de la Seguridad Social p¨²blica. Pero a la hora de decirdise por un plan de pensiones hay que analizar las ventajas o desventajas que presenta respecto de un fondo de inversi¨®n o un plan de ahorro.
Aportaciones. No existe l¨ªmite ni en los planes de pensiones ni en los fondos de inversi¨®n, pero s¨ª en los planes de ahorro. A ¨¦stos s¨®lo se puede destinar un mill¨®n de pesetas al a?o hasta un total de 10 millones.
Deducci¨®n fiscal. En los planes de pensiones s¨®lo se puede deducir la menor de las dos siguientes cantidades: 750.000 pesetas por a?o o el 15% de los rendimientos netos. La deducci¨®n se practica en la base imponible y sirve, por tanto, para rebajar el tipo impositivo. No obstante, en el momento de percibir la pensi¨®n, ¨¦sta tributa como una renta normal en el impuesto sobre la renta. Lo interesante es, pues, que se difieren impuestos: se paga menos cuando se est¨¢ en activo, momento en el que se gana m¨¢s y se tienen m¨¢s gastos. Los rendimientos obtenidos a trav¨¦s de un fondo de inversi¨®n no tributan siempre que el titular mantenga su participaci¨®n durante quince o m¨¢s a?os. Si la vende antes, tributar¨¢ como incremento de patrimonio en el IRPF, pero con una escala que va disminuyendo a medida que pasan los a?os hasta llegar a quince. En los planes de ahorro, si se cumplen los l¨ªmites de aportaci¨®n, est¨¢n completamente exentos los rendimientos.
L¨ªmites. Cualquier persona puede llevar sus ahorros a un fondo de inversi¨®n o a un plan de ahorro popular, pero no a un plan de pensiones. ?stos est¨¢n limitados a los perceptores de rendimientos del trabajo, profesionales o empresariales. Un rentista, por ejemplo, no puede apuntarse a un plan de pensiones.
Liquidez. Los fondos de inversi¨®n son completamente l¨ªquidos, aunque si se desinvierte se pagar¨¢ el impuesto correspondiente, que desaparece si han transcurrido quince a?os entre la compra y la venta. En los planes de ahorro, la liquidez conlleva la p¨¦rdida de la exenci¨®n fiscal. Los planes de pensiones son totalmente l¨ªquidos, es decir, s¨®lo se puede cobrar la renta en el momento de la jubilaci¨®n. En caso de necesidad, se puede pedir un pr¨¦stamo al fondo de pensiones, aunque habr¨¢ que analizar si este procedimiento resulta o no ventajoso respecto de las condiciones de mercado.
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