El Fuero de Madrid, siete siglos despu¨¦s
S¨®lo se comercializar¨¢n 1.800 facs¨ªmiles del documento que se conserva en la c¨¢mara acorazada del Archivo de la Villa
Las mismas planchas y los mismos tipos m¨®viles utilizados en 1932 para sacar un copia facs¨ªmil del Fuero de 1202 han servido ahora para reimprimir el primer cuerpo legislativo de la Villa.Esta vez se han tirado 3.000 ejemplares, de los cuales 1.200 ir¨¢n a parar a los archivos y bibliotecas municipales. El testo se vender¨¢ en librer¨ªas especializadas a 3 300 pesetas. La Fundaci¨®n Amigos de Madrid ha invertido "entre dos y tres millones de pesetas" en el proyecto. El Ayuntamiento no ha aportado directamente ni una sola peseta, pero ha facilitado el c¨®dice y la imprenta artesanal, y ha aprovechado para hacer la presentaci¨®n dentro del calendario de las fiestas oficiales de San Isidro.
El Fuero de Madrid ha salido del Archivo de la Villa en tres ocasiones en los ¨²ltimos 30 a?os. La primera, cuando fue prestado para la Semana de Madrid que se celebr¨® en Nueva York en los a?os sesenta. El Museo Municipal lo reclam¨® en 1979 y en diciembre del a?o pasado el c¨®dice fue llevado al Colegio de Abogados en un coche blindado y protegido desde el cielo por un helic¨®ptero.
Al c¨®dice le faltan algunas hojas, perdidas en algunos de sus siete siglos de existencia, pero todav¨ªa se conservan 108 cap¨ªtulos. Jos¨¦ Fradejas, presidente del Instituto de Estudios Madrile?os, record¨® algunas de las penas fijadas en 1202 en caso de asesinato: una multa pagadera en tres viernes sucesivos.
El primer pago iba a manos de los parientes de la v¨ªctima, el segundo estaba destinado a los deudores y el tercero se consideraba un donativo para la obra de construcci¨®n de la muralla. Si el pecunio del asesino no llegaba a los 100 maraved¨ªes que se exig¨ªan de multa, se le cortaba la mano y se le desterraba en calidad de enemigo particular. Si el criminal era un forastero sin bienes, se le ahorcaba sin contemplaciones. As¨ª estaba escrito en el Fuero.
"Muchos de los preceptos del Fuero de Madrid est¨¢n vigentes en la legislaci¨®n actual, pero con las transformaciones adecuadas. Es la base y la ra¨ªz de nuestro ordenamiento jur¨ªdico", se?al¨® Fradejas.
Luis Mart¨ªn Mingarro, del Colegio de Abogados, coment¨® durante la presentaci¨®n que el c¨®dice de 1202 contiene preceptos que fueron copiados por, otros fueros posteriores. "Eso dice mucho de la vitalidad de una villa todav¨ªa peque?a en ese entonces, pero que ya era un crisol de culturas", se?al¨®.
El Rey s¨®lo empez¨® a legislar a partir del Ordenamiento de Alcal¨¢, en 1348, 106 a?os despu¨¦s que el municipio -de Madrid ya regulara el precio del pan y las multas en caso de estafa en el peso vendido. El Fuero conten¨ªa preceptos de derecho penal, procesal y ordenanzas municipales.
Desde 1932 -el mismo a?o de la primera impresi¨®n- no hay ning¨²n ejemplar disponible, pues la edici¨®n se agot¨® al poco tiempo de salir a la calle. En 1963 se hizo una transcripci¨®n al castellano del romance original, que tampoco se puede encontrar en la actualidad.
La imprenta artesanal ha sido, igual que en 1932, la instituci¨®n responsable de tirar los ejemplares. Un maquinista y tres tip¨®grafos han sido los encargados de ejecutar la tarea. Las m¨¢quinas tardaron m¨¢s de un mes en liberar todas las copias. Por ahora, los t¨¦cnicos est¨¢n preparando la ornamentaci¨®n de las tapas de piel que llevar¨¢n algunos de los ejemplares que se quedan en el Ayuntamiento y que se convertir¨¢n en regalos protocolarios. Por primera vez, en la imprenta est¨¢n utilizando el dise?o por ordenador para los dibujos mud¨¦jares de la orlas. El siguiente trabajo de la imprenta ser¨¢ una nueva impresi¨®n del plano de Texeira, de 1656. Hace m¨¢s de 10 anos que se imprimi¨® por ¨²ltima vez el mapa del Madrid de los Austria. El alcalde, Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez del Manzano, presidi¨® la ceremonia de presentaci¨®n y coment¨® que hab¨ªa consultado el Fuero en muchas ocasiones. "La iniciativa fue de la Fundaci¨®n Amigos de Madrid, pero no nos enga?emos. Yo soy el presidente de dicha fundaci¨®n", coment¨®. A?adi¨® que una de las normas m¨¢s curiosas es aquella que prohib¨ªa a los vecinos pegar a los regidores. El Fuero no s¨®lo proteg¨ªa a los regidores, sino tambi¨¦n a los peces del r¨ªo Manzanares, que en ese tiempo llevaba el nombre de Guadarrama. Los pescadores ten¨ªan prohibido pescar entre el d¨ªa de Pascua del Esp¨ªritu Santo y el de San Mart¨ªn. Adem¨¢s, el vecino que arrojaba hierbas al r¨ªo era castigado con una multa de 10 maraved¨ªes. Un vecino ten¨ªa la obligaci¨®n de residir las dos terceras partes del a?o en Madrid. Sin embargo, aunque los moros y los jud¨ªos vivieran el a?o completo no eran considerados vecinos.
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