Hormaechea, condenado a seis a?os de prisi¨®n
El presidente c¨¢ntabro, sancionado adem¨¢s a 14 a?os de inhabilitaci¨®n por malversar y prevaricar
JULIO M. L?ZARO El presidente del Gobierno c¨¢ntabro, Ju¨¢n Hormaechea, ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria a seis a?os y un d¨ªa de prisi¨®n mayor, siete a?os de inhabilitaci¨®n absoluta por un delito de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos y siete a?os de inhabilitaci¨®n especial por un delito de prevaricaci¨®n, cometidos durante su primer mandato al frente del Ejecutivo regional. El tribunal solicitar¨¢ al Gobierno de la naci¨®n la conmutaci¨®n de la pena de seis a?os de prisi¨®n por la de un a?o. Adem¨¢s del presidente de Cantabria han sido condenados el ex vicepresidente Roberto Bedoya y los ex consejeros de Econom¨ªa David Puebla y de Obras P¨²blicas Jos¨¦ Parra a siete a?os de inhabilitaci¨®n especial por un delito de prevaricaci¨®n.
Hormaechea, de 55 a?os casado y con dos hijos, es el primer presidente aut¨®nomico condenado por delitos cometidos en el ejercicio de su cargo. Desde hace m¨¢s de un a?o gobierna con el apoyo de s¨®lo ocho diputados -los de su grupo, la Uni¨®n para el Progreso de Cantabria- de los 39 que componen el Parlamento c¨¢ntabro. La sentencia, dada a conocer ayer al mediod¨ªa, ser¨¢ recurrida por los condenados ante el Tribunal Supremo y, por tanto, no podr¨¢ ser ejecutada hasta que el alto tribunal se pronuncie. Hormaechea ha dado a entender que hasta entonces seguir¨¢ en su cargo.
El fallo fue aprobado con el voto en contra del magistrado Jos¨¦ Redondo, que aprecio una falta de jurisdicci¨®n del Tribunal Superior para juzgar los actos del consejo de gobierno.
La sentencia, m¨¢s dura de lo esperado para Juan Hormaechea, ha castigado con toda severidad la publicidad insultante remitida por el presidente' c¨¢ntabro a diversos medios de comunicaci¨®n, en la que descalificaba con cargo a fondos p¨²blicos de la Diputaci¨®n regional las actividades de sus adversarios pol¨ªticos. El tribunal considera los hechos como un ejemplo "de esa cultura que utiliza los bienes p¨²blicos en beneficio de intereses privados", y niega la versi¨®n de Hormaechea de que ¨¦ste tratase de defenderse, ya que el presidente auton¨®mico "no se recata precisamente en sus expresiones".
Los jueces tampoco conceden credibilidad a las protestas de ignorancia de Hormaechea sobre la gravedad de los hechos, ya que el presidente de Cantabria es licenciado en Derecho.
"Los remitidos y cu?as radiof¨®nicas", prosigue el tribunal, "no tienen nada que, ver con la propaganda institucional, ni con la defensa del prestigio de las instituciones, que m¨¢s bien queda deteriorado cuando los dineros p¨²blicos se utilizan para den?grar, atacar e insultar a los adversarios pol¨ªticos".
"Carta a un corifeo"
De la quincena d e remitidos y cu?as radiof¨®nicas, algunas ten¨ªan t¨ªtulos tan expresivos como Falsas declaraciones de Miguel Angel Revilla; Carta abierta a un corifeo; Revilla, un siervo del PSOE disfrazado de regionalista, o Alfalfa para un candidato socialista.
El coste de los remitidos no supera los dos millones de pesetas, pero seg¨²n la sentencia el hecho re¨²ne todos los requisitos de un delito de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, tipificado en el art¨ªculo 394.3 del C¨®digo Penal. Este precepto establece penas de seis a?os y un d¨ªa a 12 a?os de prisi¨®n si la malversaci¨®n de caudales excede de 500.000 pesetas y no pasa de 2.189.210 pesetas. El tribunal ha impuesto la pena m¨ªnima de seis a?os y un d¨ªa, adem¨¢s de otros siete a?os de inhabilitaci¨®n absoluta para ejercer cargo p¨²blico.
Los jueces, sin embargo, han hecho uso de la facultad que les concede el art¨ªculo 2.2 del C¨®digo Penal, en consideraci¨®n a lo elevado de la pena de prisi¨®n y atendiendo a la rebaja de la penalidad para este tipo delictivo en el futuro C¨®digo Penal. En laso de esa atribuci¨®n se dirigen al Gobierno solicitando la conmutaci¨®n de la pena por la de un a?o de c¨¢rcel. El Gobierno, no obstante, no tomar¨¢ una decisi¨®n antes de que la sentencia sea firme, e! decir, antes de que se ppronuncie el Tribunal Supremo.
Hormaechea tambi¨¦n ha sido condenado a siete a?os de inhabilitaci¨®n especial por un delito de prevaricaci¨®n (dictar a sabiendas una resoluci¨®n injusta). La inhabilitaci¨®n especial supone la privaci¨®n del cargo que se ostenta y la prohibici¨®n de ocupar otros cargos p¨²blicos de designaci¨®n o elecci¨®n durante el tiempo de la conderra.
El tribunal ha apreciado que hubo prevaricaci¨®n en la adjudicaci¨®n a la empresa Oyprocansa, propiedad de un amigo de Hormaechea, Francisco de la Riva, de la confecci¨®n y colocaci¨®n de carteles propagand¨ªsticos de todas las obras de Cantabria, sin publicidad ni expediente administrativo alguno.
El precio de cada cartel ascendi¨® a 141.306 pesetas, mientras que los servicios t¨¦cnicos de la Diputaci¨®n estimaron su verdadero valor en 87.586 pesetas. Adem¨¢s, el entonces consejero de Econom¨ªa, David Puebla, orden¨® cambiar el sistema de pagos, de forma que Oyprocansa pudiera cobrar con fondos de la Diputaci¨®n regi¨®n al antes de que se hiciese la retenci¨®n correspondiente al contratista.
As¨ª, entre junio de 1988 y diciembre de 1990, la Diputaci¨®n hizo un total de 650 pagos a Oyprocansa por valor de 246,5 millones de pesetas, con cargo a una cuenta de valores independiente cuyo saldo negativo lleg¨® a alcanzarlos 100 millones de pesetas. La Diputaci¨®n sufri¨® as¨ª "un importante perjuicio", estimado en unos ocho millones de pesetas por el pago de intereses.
El tribunal ha apreciado que el objetivo de toda esta operaci¨®n fue favorecer a Francisco de la Riva, para lo cual se prescindi¨® de todos los tr¨¢mites administrativos, a fin de impedir la presencia de otros concursantes.
Adem¨¢s de condenar a Hormaechea, el tribunal condena tambi¨¦n por este hecho a siete a?os &inhabilitaci¨®n especial al ex vicepresidente del Gobierno regional Roberto Bedoya, y al ex consejero de Econom¨ªa David Puebla.
M¨¢s clamorosas a¨²n considera la sentencia las vulneraciones del contrato de adjudicaci¨®n directa a la empresa Cantel de un estudio sobre pavimentaci¨®n de 61 municipios, por el que se pagaron 48 millones de pesetas.
Fiscalizaci¨®n burlada
La adjudicaci¨®n se hizo sin informaci¨®n, p¨²blica ni fiscalizaci¨®n de la intervenci¨®n delegada de Hacienda. El contrato se otorg¨® por adjudicaci¨®n directa del entonces consejero de Obras P¨²blicas Jos¨¦ Parra, quien no ten¨ªa competencia para adjudicar un contrato que por exceder de 20 millones precisaba de la aprobaci¨®n del consejo de gobierno.
Seg¨²n el tribunal, Parra vulner¨® flagrantemente todo el sistema de contrataci¨®n administrativa y perjudic¨® el inter¨¦s p¨²blico con ¨¢nimo de favorecer a Cantel, por lo que el tribunal le condena a siete a?os de inhabilitaci¨®n. Respecto a Hormaechea y los dem¨¢s consejeros, que convalidaron la adjudicaci¨®n, no existen datos objetivos para invalidar su presunci¨®n de inocencia, ya que la sentencia reconoce la gran dificultad de que todos los consejeros estuviesen perfectamente al tanto de todos y cada uno de los expedientes.
La sentencia absuelve a Hormaechea y a los dem¨¢s consejeros de las otras dos imputaciones en litigio: la adjudicaci¨®n de una encuesta a la empresa Aecas y el caso de Las Llamas. Hormaechea declar¨® espacio protegido de inter¨¦s cultural la zona de Las Llamas, una codiciada zona cercana al Sardinero, en la que el Ayuntamiento hab¨ªa dado licencia de construcci¨®n. El expediente bloqueaba la concesi¨®n de las licencias, lo que entraba en colisi¨®n con determinados intereses urban¨ªsticos, presuntamente contrarios a los de Hormaechea. Del espacio protegido se excluy¨®, sin ning¨²n informe t¨¦cnico favorable, una finca propiedad de uno de los procesados, el ex consejero de Industria Gonzalo Pi?eiro, que posteriormente fue vendida a un cu?ado de Hormaechea, Juan Renedo, en 100 millones de pesetas.
El tribunal considera el asunto como una "resoluci¨®n administrativa injusta", pero sin la entidad suficiente para constituir un delito de prevaricaci¨®n.
La querella contra Hormaechea fue presentada por Juan Gonz¨¢lez Bedoya, que era presidente del Grupo Socialista de Cantabria en diciembre de 1990; Miguel ?ngel Revilla, presidente del Grupo Regionalista, Manuel Garrido; presidente del grupo parlamentario del CDS; y Manuel Pardo Castillo, vicepresidente de la Asamblea regional y ex diputado del PP. Gonz¨¢lez Bedoya ha anunciado que presentar¨¢ recurso de casaci¨®n con el prop¨®sito de que la sentencia sea m¨¢s dura.
Voto particular del magistrado Redondo
El magistrado Jos¨¦ Redondo formul¨® un voto particular en el que discrepa de la sentencia emitida por sus compa?eros al entender que a los Gobiernos de las comunidades aut¨®nomas les son aplicables las mismas prerrogativas que al Ejecutivo de la naci¨®n y, por tanto, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) carece de jurisdicci¨®n para exigir responsabilidad criminal al presidente del Gobierno aut¨®nomo sin autorizaci¨®n de la Asamblea de Cantabria.En opini¨®n del magistrado disidente, la responsabilidad de la Administraci¨®n auton¨®mica deber¨ªa exigirse en los mismos t¨¦rminos que la del Estado en la materia.
"Lo contrario supondr¨ªa sustituir el r¨¦gimen parlamentario por el r¨¦gimen de gobierno de los jueces".
El voto particular a?ade que, al no estar acreditado el consentimiento de la Asamblea de Cantabria para que la jurisdicci¨®n penal examine si se cometieron actos delictivos en el seno del consejo de gobierno, "todas las actuaciones deben declararse nulas por falta de jurisdicci¨®n del tribunal". En su particular interpretaci¨®n de los hechos, Jos¨¦ Redondo indica que la publicidad insultante remitida por el presidente c¨¢ntabro, Juan Hormaechea, a diversos medios de comunicaci¨®n fue "un gasto p¨²blico leg¨ªtimo".
El voto particular se pronuncia a favor de la absoluci¨®n del presidente Hormaechea y el resto de los procesados.
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