Los casos dif¨ªciles
El autor cree que el procedimiento del juez Garz¨®n est¨¢ viciado de parcialidad objetiva, y se?ala la responsabilidad pol¨ªtica del Gobierno en el caso GAL.
Cualquier persona puede tener la pretensi¨®n de ser tratada con justicia. Esto quiere decir que no se le atribuyan posiciones que nunca ha mantenido, y que, al atribu¨ªrsele tales posiciones, no se le insulte. Cualquier persona; por ejemplo, Tom¨¢s y Valiente. Como es alguien reconocidamente digno, se utiliza un pen¨²ltimo parapeto ret¨®rico como tab¨². No se le menciona por su nombre. Se dice "el historiador de derecho" o el "ex presidente del Tribunal Constitucional". Pero yo le cito porque le busco como compa?ero en esta agresi¨®n. Yo, como ¨¦l, he pensado que acaso el procedimiento que est¨¢ siguiendo el juez Garz¨®n est¨¢ viciado de parcialidad objetiva.No por ello mantenemos las otras posiciones en cuyo saco com¨²n se nos ha metido. Yo, sin ir m¨¢s lejos de m¨ª mismo, me he manifestado por escrito, inequ¨ªvocamente, en contra del GAL y denunciando las responsabilidades pol¨ªticas en que incurr¨ªa el Gobierno socialista. En 1984, esto es, cuando el GAL exist¨ªa. Tampoco he sido tolerante, sino denunciador, de la corrupci¨®n pol¨ªtica. M¨¢s de la de los socialistas, porque ¨¦sta me produc¨ªa m¨¢s indignaci¨®n, pues era la de mis compa?eros, y me daba m¨¢s verg¨¹enza. Tambi¨¦n estoy a favor de que se enjuicie a los culpables del GAL y de la corrupci¨®n. Tambi¨¦n creo que hay responsabilidades pol¨ªticas que asumir. No me parece oportuno esa especie de cerrar filas con imputados encarcelados y me indignan los peregrinajes a las c¨¢rceles que sean algo m¨¢s que el acto de caridad de visitar al preso. Como no veo pruebas de una conspiraci¨®n judicial, no creo en ella, ni la alego.
Creo, de todos modos, que algunos de los hechos m¨¢s graves, que he condenado y condeno, y algunos de los m¨¢s leves, como los excesos de solidaridad con los encarcelados, son expresi¨®n, bien de tragedias reales que en otro tiempo se vivieron -una situaci¨®n de violencia que se confundi¨® con un estado de guerra-, bien de dramas de debilidad humana. Por eso creo que, al enjuiciar estos actos, no se deber¨ªa insultar, que es un vicio muy feo en el que estamos cayendo con mucha frecuencia. Pero creo, adem¨¢s, que nadie est¨¢ autorizado a asimilar mi posici¨®n -o la de Tom¨¢s y Valiente- a la de los que mantienen esas actitudes que yo censuro y que creo que tambi¨¦n censura mi respetado amigo.
Cada vez veo m¨¢s claro que el derecho es, en muchos casos, la previsi¨®n de una conducta que razonablemente ser¨¢ confirmada por los tribunales. Pues bien, por eso pienso que a Garz¨®n no se le puede imputar parcialidad subjetiva, que, como dicen de, tribunales -de Estrasburgo, Constitucional o Supremo-, habr¨ªa de ser probada. Pero la parcialidad objetiva es otra cosa. Los tribunales dicen que, para que la parcialidad objetiva se declare existente, basta la apariencia, pues el juez no s¨®lo ha de ser justo, sino que tambi¨¦n lo ha de parecer. Y, bas¨¢ndome en esto, y en los casos que marcan la jurisprudencia m¨¢s significativa, me parece razonable pensar que, en este caso, un juez que: a) pasa de instruir un sumario a un cargo de los m¨¢s altos del Ministerio del Interior y vuelve luego al sumario, y b) tiene un comportamiento at¨ªpico en la vigilancia del secreto y en el trato penitenciario a dos delincuentes, no tiene probada la parcialidad subjetiva, pero s¨ª tiene una apariencia de parcialidad, y en esto consiste la parcialidad objetiva.
Una cosa es el derecho y otra lo que nos gustar¨ªa que el derecho fuera. Pues bien, ?quieren que les diga ahora mi parecer sobre lo que deber¨ªa ser el derecho? Yo pienso que, sobre algunos derechos fundamentales, el Tribunal de Estrasburgo ha hilado demasiado fino y esto ocurre siempre a costa de otros derechos. Pienso que la doctrina de la imparcialidad objetiva, con ser en esencia correcta, es demasiado estricta y dificulta demasiado el funcionamiento de la justicia.
Como pienso tambi¨¦n que la libertad de expresi¨®n y de prensa, aplicada hasta el extremo en que ese tribunal la aplica -extremo que a veces ha sido incluso exagerado por el Tribunal Constitucional-, lleva a dejar injustamente desamparadas a personas, privadas o p¨²blicas. Si pienso que es feo insultar, m¨¢s feo es quitar la honra y calumniar. Pero lo que yo crea, y lo que yo quiera, no es por ello el derecho. Puedo tener, en efecto, una estimaci¨®n de lo que deber¨ªa ser el derecho y una convicci¨®n sobre lo que el derecho es. Quiz¨¢ en el futuro, si soy convincente, podr¨¦ conseguir que el derecho sea conforme a mis deseos. Mientras tanto, a lo sumo, conseguir¨¦ votos particulares.
Pasemos ahora del derecho a la raz¨®n de Estado. Una persona razonable llega f¨¢cilmente a la conclusi¨®n de que el pol¨ªtico tiene deberes que le exigen tomar opciones en las que impera m¨¢s una ¨¦tica consecuencialista que una ¨¦tica de los principios. El pol¨ªtico debe tener sentido de Estado y ejercer la raz¨®n de Estado. De Estado democr¨¢tico, naturalmente. ?ltimamente, al ¨²nico al que le he le¨ªdo invocar esa necesaria condici¨®n de la pol¨ªtica es a Miguel Herrero de Mi?¨®n. Y, sin embargo, s¨®lo teniendo en cuenta esta condici¨®n de la pol¨ªtica se pueden enjuiciar las opciones dif¨ªciles.Por ejemplo: ?hab¨ªa que haber entregado expeditivamente, como se hizo, a Rold¨¢n, a la justicia espa?ola, de la que hab¨ªa huido, o no?; ?cu¨¢les habr¨ªan sido las consecuencias previsibles si no se le hubiera capturado?; ?era m¨¢s o menos esperable que Rold¨¢n, sometido a un procedimiento regular de extradici¨®n, hubiera eludido por segunda vez la acci¨®n de la justicia?; ?o que las mismas bandas que le hab¨ªan protegido, u otros, le mataran? Y, en definitiva, ?puede un pol¨ªtico eludir las consecuencias de sus acciones o de sus omisiones?
Hace unos a?os, Felipe Gonz¨¢lez pronunci¨® una frase desafortunada cuando, repitiendo un proverbio chino, dijo que daba igual que el gato fuera blanco o negro: lo que importaba era que cazara ratones. Desafortunada porque expresaba un relativismo poco compatible con las convicciones democr¨¢ticas. Pero desafortunada tambi¨¦n porque tuvo mala fortuna: recibi¨® una brillant¨ªsima cr¨ªtica por parte de Rafael S¨¢nchez Ferlosio. Brillant¨ªsima, pero algo injusta, pues deform¨® el pensamiento de Gonz¨¢lez, exagerando su tendencia pragm¨¢tica y difuminando su convicci¨®n democr¨¢tica. Y esta deformaci¨®n se reproduce en comentarios no tan brillantes contra los pol¨ªticos socialistas. Hoy, contra Belloch. Pero ni Belloch, ni ning¨²n pol¨ªtico que hoy, o en el futuro, ejerza el poder se podr¨¢ librar de tener que decidir las opciones dif¨ªciles, teniendo en cuenta las consecuencias de sus acciones, pero tambi¨¦n de sus omisiones. Aqu¨ª est¨¢ el punto cr¨ªtico de la conexi¨®n entre pol¨ªtica y moral. Y la afirmaci¨®n del Estado de derecho reducir¨¢ tales casos dif¨ªciles, pero no los suprimir¨¢.
Desde luego que una de las consecuencias a considerar es la de si, entregado Rold¨¢n a la justicia, el procedimiento est¨¢ viciado por el modo como fue detenido y entregado. Pero esto es campo tambi¨¦n del derecho, esto es, de la esperanza razonable de una sentencia. Pues bien, de nuevo, con independencia de lo que nosotros queramos que el derecho sea, la esperanza razonable es que Rold¨¢n ser¨¢ juzgado y sentenciado por todas las causas que se le imputan. Al menos, si los tribunales siguen la doctrina del Tribunal de Derechos Humanos y la jurisprudencia comparada.
Es de destacar c¨®mo, para mantener la opini¨®n jur¨ªdica contraria, en los dos casos que estamos estudiando, algunos muestran manga ancha en uno y manga estrecha en otro, pero en ambos, a mi parecer, en contra de quien dicta el derecho en ¨²ltima instancia, como es el Tribunal de Estrasburgo. Manga ancha cuando aceptan la imparcialidad objetiva; manga estrecha cuando prev¨¦n consecuencias jur¨ªdicas catastr¨®ficas de la detenci¨®n practicada.
Pero no porque piensen de modo diferente al m¨ªo me considero autorizado a insultarles.
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