El Banco de Espa?a dejar¨¢ de financiar el Fondo de Garant¨ªa a partir de 1997
El Banco de Espa?a dejar¨¢ de financiar el Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos en Establecimientos Bancarios (FGD) a partir de 1997, a?o en el que acaba la amortizaci¨®n de los 190.000 millones d¨¦ pesetas que ha costado el reflotamiento de Banesto al sector p¨²blico. As¨ª se establece en la reforma de la ley del FGD que prepara Econom¨ªa, y en la que se aumenta la cantidad garant¨ªzada a los depositantes de 1,8 a 2,5 millones e impone a todas las entidades financieras la obligatoriedad de pertenecer a un fondo de garant¨ªa.
La modificaci¨®n legal viene obligada porque la cantidad asegurada ahora en Espa?a, 1,8 millones de pesetas, es inferior a la que establece la Uni¨®n Europea, 15.000 ecus (equivalentes a 2,5 millones de pesetas). El decreto fija un plazo -tres o cuatro a?os- para alcanzar la cifra comunitaria. Pero el decreto va a establecer, junto a la cantidad garantizada, otro l¨ªmite para los depositantes: ¨¦stos nunca recuperar¨¢n la totalidad de sus ahorros. El texto establece que los depositantes no tendr¨¢n derecho a recibir m¨¢s del 80% de sus dep¨®sitos y en todo caso la cifra no podr¨¢ superar los 15.000 ecus. A partir de qu¨¦ se apruebe la nueva normativa ser¨¢ obligatorio que toda entidad financiera pertenezca a un fondo de garant¨ªa. Las sucursales de entidades extranjeras en Espa?a podr¨¢n optar por pertenecer al fondo espa?ol o al de su pa¨ªs de origen, siempre que en ¨¦ste la cantidad garantizada sea al menos igual a la de Espa?a. Si esto no ocurre deber¨¢ estar en los dos fondos complementariamente hasta alcanzar el m¨ªnimo espa?ol. La legislaci¨®n actual no obliga a estar adscrito a un fondo aunque quien no forme parte del fondo espa?ol "no tendr¨¢ derecho a acceder a la financiaci¨®n del Banco de Espa?a", lo que representa una afiliaci¨®n obligatoria "por la v¨ªa de los hechos", reconocen fuentes oficiales.
La nueva legislaci¨®n se?ala que la comisi¨®n gestora del Fondo estar¨¢ formada por ochos personas, cuatro relacionadas con el Banco de Espa?a y cuatro con el sector financiero. Estas ¨²ltimas ser¨¢n designadas por las entidades y no, como hasta ahora, nombradas a t¨ªtulo personal por el ministro de Econom¨ªa. El presidente ser¨¢ uno de los procedentes del Banco de Espa?a.Existe un problema al que la nueva normativa no hace frente y es el exceso de estructura de funcionamiento que tiene el Fondo de Garant¨ªa de los bancos en relaci¨®n al trabajo que desarrollar¨¢. La estructura est¨¢ pensada para momentos en los que el Fondo interven¨ªa directamente en los bancos en crisis. Pero esa ¨¦poca ha terminado, porque en las ¨²ltimas crisis el Fondo no lo ha hecho. En medios bancarios se se?ala que habr¨ªa que pensar en una adecuaci¨®n -reducci¨®n de medios y personas- a la nueva situaci¨®n de convertir al Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos en una mera agencia aseguradora.
Meses antes de la intervenci¨®n de Banesto, Econom¨ªa preparaba un texto de adecuaci¨®n de los fondos de garant¨ªa a la legislaci¨®n comunitaria en el que se recog¨ªa ya la salida del Banco de Espa?a como financiador de los fondos. Pero la intervenci¨®n, y el saneamiento de Banesto, oblig¨® a dejar aparcado el proyecto y a que el Banco de Espa?a volviera a financiar, a partes iguales, al Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos de los bancos.En 1996, la banca destinar¨¢ al Fondo el dos por 1.000 de sus dep¨®sitos y el Banco de Espa?a una cantidad igual. En 1997, el porcentaje se reducir¨¢ a la mitad: el uno por 1.000.
A partir de esa fecha, los bancos destinar¨¢n anualmente ese mismo porcentaje para ir creando un colch¨®n ante hipot¨¦ticas quiebras futuras. El Banco de Espa?a no har¨¢ ninguna aportaci¨®n a partir de entonces. El objetivo a medio plazo es que la banca pueda reducir sus cuotas si se alcanza una cifra importante de recursos no utilizados.
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