El Supremo confirma la pena de seis a?os de c¨¢rcel para Hormaechea
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de seis a?os y un d¨ªa de c¨¢rcel y 14 a?os de inhabilitaci¨®n impuesta en oto?o pasado al presidente en funciones de Cantabria, Juan Hormaechea,, por el Tribunal Superior de Justicia de esa -comunidad, seg¨²n informaron fuentes jur¨ªdicas. Tras la sentencia del alto tribunal, Hormaechea deber¨ªa ingresar en prisi¨®n porque la pena Impuesta es elevada, no ha pasado un solo d¨ªa en prisi¨®n preventiva, y adem¨¢s ya fue condenado en firme en dos ocasiones a penas de inhabilitaci¨®n por haber insultado a un concejal y un alcalde ped¨¢neo, respectivamente.
Sin embargo, el ingreso no ser¨¢ inmediato, porque la ejecuci¨®n de la sentencia depende del Tribunal Superior de Cantabria, que en su d¨ªa propuso un indulto parcial que rebajase la condena a un a?o de prisi¨®n. La Sala estim¨® que la pena era "excesiva teniendo en cuenta la gravedad del hecho y el perjuicio social causado".El Supremo, en la sentencia adoptada por Jos¨¦ Augusto de Vega (ponente) y C¨¢ndido Conde-Pumpido Tour¨®n, no hace pronunciamiento alguno sobre la propuesta de indulto de la sentencia de Cantabria, pero al denegar los recursos y confirmar la primera sentencia, confirma todos los extremos contenidos en la misma, por lo que asume la propuesta de indulto.
El tribunal c¨¢ntabro puede ahora ejecutar la sentencia, esto es ordenar el ingreso en prisi¨®n de Hormaechea, y tramitar paralelamente el indulto, o puede suspender la ejecuci¨®n de la resoluci¨®n hasta que el Gobierno decida si indulta o no al todav¨ªa presidente de Cantabria.
Por otro lado, el abogado de Hormaechea, el catedr¨¢tico Manuel Cobo del Rosal, ha anunciado que recomendar¨¢ a su cliente que recurra al Tribunal Constitucional. Esta v¨ªa permite, en tanto se resuelve el recurso, pedir que se suspenda el ingreso en prisi¨®n de] condenado, por lo que la posibilidad de que Hormaechea entre en la c¨¢rcel es un riesgo cierto, aunque no inminente.
Malversaci¨®n y prevaricaci¨®n
La sentencia que ahora ha confirmado el Supremo le fue impuesta al ex presidente c¨¢ntabro por los delitos de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos y prevaricaci¨®n. Hormaechea, seg¨²n la sentencia del Tribunal Superior de Cantabria, pag¨® con cargo a los fondos de la Diputaci¨®n regional anuncios de prensa en los que "denigraba e insultaba" a sus adversarios pol¨ªticos y adjudic¨® los carteles de las obras de la Diputaci¨®n a una empresa propiedad de un amigo suyo.Hormaechea es el m¨¢ximo dirigente de la Uni¨®n para el Progreso de Cantabria (Upca), y en el momento en que se produjeron los hechos era presidente de un Gobierno del PP, partido en el que militaba y con el que ahora est¨¢ enfrentado. Otro de los condenados junto a Hormaechea fue Roberto Bedoya, entonces consejero del mismo Gobierno y presidente del PP c¨¢ntabro.
La sentencia, que tiene fecha de 3 de julio, fue firmada ayer debido a la existencia de un voto reservado del magistrado Jos¨¦ Manuel Mart¨ªnez-Pereda. Este voto se?alaba que se deber¨ªa haber aceptado la recusaci¨®n de dos miembros del Tribunal de Cantabria, por insuficientes garant¨ªas de imparcialidad hacia el acusado. Uno de ellos, Claudio Movilla ten¨ªa malas relaciones con Hormaechea, seg¨²n el escrito de recusaci¨®n, y otro, Mario Garc¨ªa Oliva, hab¨ªa sido promovido a magistrado a propuesta de la Asamblea regional y hab¨ªa pertenecido al PSOE, partido pol¨ªtico rival al de Hormaechea.
El Supremo considera que la recusaci¨®n planteada por Hormaechea ya fue resuelta por cinco magistrados en Cantabria que fallaron que el tribunal era objetivo y las causas alegadas carec¨ªan de fundamento. Hormaechea fue multado en aquella ocasi¨®n por temeridad y mala fe en la presentaci¨®n de la recusaci¨®n.
Respecto a la indefensi¨®n alegada por el ex presidente, ya que pidi¨® 10 d¨ªas para preparar la defensa que no le fueron concedidos, el Supremo se?ala que la indefensi¨®n fue provocada por el propio Hormaechea, que renunci¨® al tercero de sus letrados para aparecer indefenso.
Sobre la prevaricaci¨®n, la sentencia se?ala que los hechos fueron bien valorados, por el Tribunal de Cantabria, y sobre la malversaci¨®n de caudales los magistrados sentencian que Hormaechea se excedi¨® en sus funciones al financiar con medios de la Comunidad actividades particulares.
Por ¨²ltimo, el Supremo se refiere al voto particular de uno de los magistrados que enjuiciaron a Hormaechea en Cantabria. El magistrado dudaba de la competencia del Tribunal Superior de Justicia para juzgar al presidente auton¨®mico sin solicitar suplicatorio, por entender que se trataba de una forma de cese del presidente no prevista en la ley. El Supremo ha dejado claro que el suplicatorio s¨®lo es preceptivo para diputados y senadores.
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