La designaci¨®n de instructor, clave para la evoluci¨®n del caso
La designaci¨®n de juez instructor del caso GAL, pendiente en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, es considerada clave por todas las fuentes judiciales, fiscales y, en general, jur¨ªdicas para la evoluci¨®n de ese importante asunto. El caso GAL carece de instructor desde que, el 18 de agosto, el Supremo se lo reclam¨® al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n. El "turno preestablecido" que, seg¨²n la ley, se exige para tal designaci¨®n es el de antig¨¹edad, con matices.
Hoy o cuando definitivamente se aborde la designaci¨®n de instructor, los criterios que se apliquen conducir¨¢n a que sea uno u otro magistrado el que se encargue de investigar el caso. Tras su nombramiento, ¨¦l decide las diligencias a practicar. Del instructor depende pr¨¢cticamente el caso. De ah¨ª el inter¨¦s por definir tales criterios o, al menos, interpretarlos.A pesar de que el art¨ªculo 57.2 de la ley org¨¢nica del Poder Judicial exige que el magistrado instructor se designe "entre los miembros de la sala conforme a un turno preestablecido", no es seguro que los criterios de antig¨¹edad hasta ahora aplicados en la pr¨¢ctica de la sala sean los que se apliquen para la designaci¨®n de instructor.
Entre las variantes que pueden influir en la designaci¨®n final del instructor figura qu¨¦ personas quedan excluidas de esa funci¨®n. En principio, el presidente no suele instruir, pero el precepto legal mencionado, introducido en 1988, no impide en principio que el presidente entre en el turno de instructores. En el caso del actual presidente, Fernando Cotta -que, a diferencia del anterior, Enrique Ruiz-Vadillo, se ha excluido de los turnos de ponentes-, parece l¨®gico que no asuma la instrucci¨®n.
M¨¢s complicado es si los dos magistrados que han formado con Cotta la Sala de Admisi¨®n del caso GAL- Jos¨¦ Augusto de Vega y Francisco Soto- deben o no quedar excluidos del turno. En caso de que la Sala de Admisi¨®n se mantenga como sala para resolver los recursos contra las decisiones del instructor, ser¨ªa l¨®gico que quedaran fuera de ese turno, o si se aceptara que dichos magistrados se constituyeran como sala permanente de admisi¨®n. En caso, en cambio, de que tal sala se disuelva, una vez admitido el caso GAL y se nombren otros magistrados para resolver tales recursos, deber¨¢n ser ¨¦stos y solo ¨¦stos los que queden excluidos de instruir.
El archivo de casos
Otra variante que puede afectar a la designaci¨®n de instructor del caso GAL ser¨¢ el n¨²mero de asuntos pendientes de ese mismo tr¨¢mite, seg¨²n el letrado Jacobo Echeverr¨ªa, quien, por ejercer la acusaci¨®n contra el ex senador del PP Miguel P¨¦rez Villar -uno de los ¨²ltimos condenados por el Supremo-, ha conocido los entresijos de los turnos de la Sala Segunda. Para Echeverr¨ªa, "la decisi¨®n de archivo de alguna de esas causas puede tener una incidencia decisiva en la designaci¨®n del instructor del caso GAL".Uno de los seis casos pendientes de designaci¨®n de instructor que se ha considerado "archivable" es el 810/1995, contra el diputado socialista Francisco San Mart¨ªn Sala, que sustituy¨® como diputado del PSOE al exministro de Econom¨ªa y Hacienda Carlos Solchaga cuando ¨¦ste abandon¨® su esca?o y la presidencia del Grupo Parlamentario Socialista, en mayo de 1994, por el esc¨¢ndalo del ex gobernador del Banco de Espa?a Mariano Rubio.
La querella contra San Mart¨ªn por su actuaci¨®n en 1986 como consejero de Agricultura, Ganader¨ªa y Montes del Ejecutivo navarro pas¨® a la Sala Segunda del Supremo al adquirir la condici¨®n de diputado. La escasa entidad de la acusaci¨®n, formulada en principio contra el Concejo de Huici (Navarra) por el uso dado a una subvenci¨®n de 14 millones concedida por San Mart¨ªn, hizo pensar en la posibilidad de archivo de este caso.
Fuentes del Ministerio Fiscal lo consideraron poco habitual, por haber solicitado diligencias, pero lo estimaron posible. Fuentes de la Sala Segunda del Supremo aseguraron el viernes ¨²ltimo a este peri¨®dico que este caso no ser¨ªa archivado.
Si el n¨²mero de casos pendientes de nombrar instructor antes del caso GAL es de seis, dado que el ¨²ltimo magistrado designado instructor fue Joaqu¨ªn Delgado, los cuatro siguientes ser¨ªan, por este orden, Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, Jos¨¦ Manuel Mart¨ªnez-Pereda, Joaqu¨ªn Mart¨ªn Canivell y C¨¢ndido Conde-Pumpido Tour¨®n (ver, gr¨¢fico adjunto). Quedar¨ªan todav¨ªa dos plazas de instructores antes de designar al del caso GAL.
En el supuesto de que se excluyeran los tres primeros magistrados de la sala, as¨ª como Marino Barbero (cuya renuncia ser¨¢ probablemente aceptada el pr¨®ximo 13 de septiembre por el Consejo General del Poder Judicial), esas dos plazas de instructor se adjudicar¨ªan a Ram¨®n Montero y Eduardo Moner. Y resultar¨ªa designado instructor del caso GAL Luis Rom¨¢n Puerta, que lo fue del caso Naseiro (sobre supuesta financiaci¨®n irregular del PP), que concluy¨® en el archivo por la sala.
De estimarse que De Vega y Soto Nieto pueden ser designados instructores, al menos de asuntos distintos al caso GAL, ambos lo ser¨ªan de los dos casos anteriores al GAL y resultar¨ªa nombrado Ram¨®n Montero. Otros criterios podr¨ªan conducir a la instrucci¨®n de este asunto por Eduardo Moner, Enrique Bacigalupo o, dando la vuelta a la lista, Joaqu¨ªn Delgado.
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