Pensi¨®n de viudedad a una mujer que vivi¨® 50 a?os con su pareja
Un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria ha concendido una pensi¨®n de viudedad a Francisca C. R., de 80 a?os, que convivi¨® durante 50 a?os sin contraer matrimonio con B. B. T., que falleci¨® en 1984 cuando ten¨ªa 92 a?os de edad. Ambos se hab¨ªan separado de sus respectivas parejas en 1936 y nunca se preocuparon de formalizar sus divorcios y volver a casarse.
La mujer hab¨ªa solicitado en 1993 una pensi¨®n de viudedad al Instituto Nacional de la Seguridad Social, quien se lo deneg¨® por no existir v¨ªnculo matrimonial. Seg¨²n el magistrado que dict¨® la sentencia, Humberto Guadalupe, las parejas de hecho que no han regularizado su situaci¨®n no tienen derecho a pensi¨®n de viudedad, pero esto es "un hecho matizable" y en este caso ha partido de una interpretaci¨®n "humanista de la exigencia legal".
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