El Constitucional acepta que las empresas tienen derecho al honor
El Tribunal Constitucional notific¨® ayer una sentencia de enorme importancia. En ella se establece que el derecho al honor, recogido en la Constituci¨®n y protegido por la ley, ampara no s¨®lo a las personas f¨ªsicas, sino tambi¨¦n a las personas jur¨ªdicas: empresas, asociaciones y otras entidades. La sentencia afecta a la editora de la revista Intervi¨², que ha sido condenada a indemnizar con dos millones de pesetas a una empresa de construcciones.
Dicho semanario public¨® en febrero de 1988 un reportaje titulado "Cesados fulminantemente altos responsables de la Guardia Civil de Tr¨¢fico por presunta corrupci¨®n", a los que atribu¨ªa el cobro ilegal de m¨¢s de doce millones de pesetas. Una de las empresas que figuraban en ese reportaje, Lopes¨¢n Asfaltos y Construcciones, present¨® una demanda de protecci¨®n de derecho al honor.
El juzgado de primera instancia n¨²mero 8 de Barcelona consider¨® que no se hab¨ªan acreditado los hechos denunciados en la revista, por lo que conden¨® a los demandados -Ediciones Zeta y los periodistas Jos¨¦ Luis Morales y Basilio Rogado- a indemnizar a la constructora y publicar la sentencia. La resoluci¨®n fue confirmada por la Audiencia de Barcelona y por el Supremo.
Contra esa resoluci¨®n se present¨® recurso ante el Tribunal Constitucional, solicitando la nulidad, por considerar que se hab¨ªa atribuido indebidamente a una persona jur¨ªdica la titularidad del derecho al honor, a la vez que se invocaba el derecho a la libertad de informaci¨®n.
El Constitucional establece ahora que el derecho al honor "no puede ni debe excluir de su ¨¢mbito a las personas jur¨ªdicas" ya que ¨¦stas "pueden ver tambi¨¦n lesionado ese derecho a trav¨¦s de la divulgaci¨®n de hechos concernientes a su entidad cuando la difame o la haga desmerecer en la consideraci¨®n ajena". Y a?ade que la Constituci¨®n s¨®lo protege la libertad de difundir informaci¨®n veraz, es decir, que haya sido comprobada, excluyendo invenciones, rumores o insidias.
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