La Audiencia confirma nueve procesamientos del GAL
La Audiencia Nacional confirm¨® ayer los procesamientos de nueve de los acusados en el caso GAL, cuya instrucci¨®n se sigue ahora en el Tribunal Supremo Con esta decisi¨®n, la Audiencia Nacional ratifica la totalidad de los procesamientos decididos en su d¨ªa por el juez Baltasar Garz¨®n, puesto que antes de las vacaciones de verano, ya confirm¨® la existencia de indicios racionales de criminalidad en las conductas de Rafael Vera, Juli¨¢n Sancrist¨®bal y Miguel Planchuelo.Los recursos de estos tres acusados se resolvieron antes porque eran los ¨²nicos que permanec¨ªan en prisi¨®n.
El auto dictado ayer afecta al ex secretario general de los socialistas de Vizcaya Ricardo Garc¨ªa Damborenea; al ex jefe del mando ¨²nico de la lucha antiterrorista Francisco ?lvarez; a los funcionarios de polic¨ªa Julio Hierro, Francisco Saiz Oceja, An¨ªbal Mach¨ªn, Luis Hens, Juan Ram¨®n Corujo; al comandante de la Guardia Civil F¨¦lix Hernando, y al ex secretario, personal de Rafael Vera Juan de Justo. Los ex polic¨ªas Jos¨¦ Amedo y Michel Dom¨ªnguez no recurrieron contra el auto de procesamiento dictado por Garz¨®n por estar conformes con ¨¦l.
Damborenea y Alvarez est¨¢n procesados por pertenencia a banda armada, detenci¨®n ilegal y proposici¨®n para el asesinato. ?lvarez tambi¨¦n est¨¢ acusado de delito continuado de malversaci¨®n.
Hierro y Saiz Oceja est¨¢n acusados de pertenencia a los GAL y del secuestro de Marey, mientras que Hens y Corujo s¨®lo son acusados de ¨¦ste ¨²ltimo delito.
Juan de Justo, F¨¦lix Hemando y An¨ªbal Mach¨ªn est¨¢n procesados, aunque en diferentes grados, de malversaci¨®n y delito monetario.
Esta resoluci¨®n de la Audiencia Nacional, que todav¨ªa no ha sido notificada a las partes personadas en la causa, supone la ratificaci¨®n de que los magistrados entienden que el secuestro de Segundo Marey es un delito que no ha prescrito, en contra de las tesis defendidas por los abogados de los implicados.
Algunos de los letrados alegaron en la apelaci¨®n que sus defendidos eran funcionarios p¨²blicos y que ¨²nicamente cumplieron ¨®rdenes de sus superiores, en la creencia de que estaban prestando un servicio al Estado.
Los letrados defendieron asimismo que los GAL no constitu¨ªan una banda armada, ya que no cumpl¨ªan el "elemento teleol¨®gico", es decir que su finalidad fuese la de atentar contra el ordene constitucional establecido. El tribunal ha rechazado estos puntos de vista.
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