El Estado cancela el 60% de la deuda del ICO, que ahora debe 250.000 millones de pesetas
El Instituto de Cr¨¦dito Oficial (ICO) entra en una etapa nueva. La reestructuraci¨®n del Instituto, planeada en el anteproyecto de ley de medidas fiscales, administrativas y de car¨¢cter social que acompa?a al Presupuesto, se completa con la cancelaci¨®n de una parte de la deuda del ICO con el Estado, de forma que ser¨¢ reducida, por compensaci¨®n de los 350.000 millones que el Estado adeudaba al ICO, a 250.000 millones. La reforma del Instituto incluye la creaci¨®n de un fondo de provisi¨®n, cuya cuant¨ªa no se conoce, pero que se pretende entre 20.000 y 30.000 millones, para provisionar cr¨¦ditos morosos y fallidos. El Instituto podr¨¢ captar fondos en el exterior sin el requisito de "retenci¨®n fiscal en origen".
El ICO, a trav¨¦s de una compensaci¨®n rec¨ªproca, cancelar¨¢ parte de la deuda hist¨®rica que tiene con el Estado. El Instituto manten¨ªa con el Estado una deuda de 600.000 millones de pesetas, mientras que el Estado adeudaba al ICO 350.000 millones, en concepto de diferencial de tipos de inter¨¦s subvencionado para financiar operaciones de crisis industriales o compensar cat¨¢strofes meteorol¨®gicas. La compensaci¨®n de ambas deudas reduce la deuda final del ICO con el Estado a 250.000 millones de pesetas, remunerada a un inter¨¦s del 60%. Esta cancelaci¨®n parcial de cargas financieras forma parte de la nueva etapa del ICO, regulada por la reestructuraci¨®n que se introduce en el Instituto en el art¨ªculo 65 del Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social que acompa?a a los Presupuestos Generales del Estado. Esta reestructuraci¨®n empieza por el reconocimiento legal de que el ICO "tiene naturaleza jur¨ªdica de Entidad de Cr¨¦dito, que tendr¨¢ la consideraci¨®n de Agencia Financiera del Estado".
Desde 1982
Los 350.000 millones que debe el Estado al ICO es deuda acumulada desde 1983, e incluye partidas tan significativas como 21.000 millones de pesetas para inundaciones y riadas; 6.000 millones para Galer¨ªas Preciados -que recibi¨® adem¨¢s otros 5.000 millones puntualmente provisionados por el Gobierno-; 44.647 millones destinados a la salvaci¨®n del sector de fertilizantes -FESA- Enfersa m¨¢s Fertiberia, en tres a?os-; 87.000 millones para diversas reconversiones industriales o 12.000 millones para UGT m¨¢s 17.000 millones para solucionar la quiebra de IGS.Como entidad de cr¨¦dito, el ICO estar¨¢ sujeto a la regulaci¨®n impuesta por el Banco de Espa?a, pero no ser¨¢ controlado por la autoridad monetaria. Las instituciones de control sobre el ICO son el Tribunal de Cuentas y la Intervenci¨®n General del Estado. Se excluye de sus actividades crediticias el que pueda captar dep¨®sitos al por menor.
La nueva regulaci¨®n confirma las funciones ya conocidas de agencia financiera -encargada de financiar empresas en crisis y desastres varios, siempre con la compensaci¨®n financiera del Estado- y de banco de desarrollo, tambi¨¦n a las ¨®rdenes del Estado, pero en este caso con autonom¨ªa para definir las l¨ªneas financieras m¨¢s adecuadas para cumplir los objetivos de pol¨ªtica econ¨®mica o industrial.
Pero el art¨ªculo 65 de la ley de acompa?amiento establece abiertamente para el ICO la norma de 'equilibrio financiero' -no puede arrastrar p¨¦rdidas- como l¨ªmite de las actividades que el Instituto puede afrontar en apoyo de las situaciones de crisis. Tal norma es el reconocimiento legal de la pr¨¢ctica financiera que ha regido las relaciones financieras entre el Estado y el Instituto: las operaciones de dudoso cobro o de elevado riesgo son provisionadas por el Estado".
Para delimitar precisamente este riesgo, "el Instituto de Cr¨¦dito Oficial crear¨¢, con cargo a los recursos del pr¨¦stamo del Estado ( ... ) un Fondo ( ... ) destinado a provisionar y cargar, con arreglo a las normas en vigor para las entidades de cr¨¦dito, los importes correspondientes a cr¨¦ditos morosos y fallidos". Cuando la atenci¨®n a las "graves crisis econ¨®micas o cat¨¢strofes naturales" rebase la cantidad provisionada por el Fondo, el Estado tendr¨¢ que recurrir a cr¨¦ditos extraordinarios.
Igualdad exterior
El Gobierno establecer¨¢ cada a?o como se dota el fondo -con aportaciones del Presupuesto, con beneficios del ICO, con una combinaci¨®n de ambasrmulas- y determinar¨¢ tambi¨¦n su cuant¨ªa. Las estimaciones de fuentes autorizadas indican que es muy probable una dotaci¨®n inicial de entre 20.000 y 30.000 millones de pesetas.
El Gobierno autoriza al ICO a financiarse en el exterior en igualdad de condiciones con otras emisiones. Es decir, podr¨¢ captar fondos fuera del territorio nacional con "el mismo r¨¦gimen fiscal de la deuda del Estado", es decir, sin la obligaci¨®n de practicar reteni¨®n fiscal en el origen de la emisi¨®n. Con esta decisi¨®n, el ICO estar¨¢ en igualdad de condiciones que otras empresas p¨²blicas y privadas y podr¨¢ competir- en la captaci¨®n de fondos.
El Instituto dispone anualmente de una capacidad de endeudamiento neto de 500.000 millones de pesetas (con aval del Estado). El coste medio de su pasivo es, como media este a?o, del 7,33% mientras que obtiene una remuneraci¨®n media por su activo del 7,63%.
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