El tribunal de Tous absuelve a los acusados, pero reconoce la "precaria vigilancia" de la presa
"Las precarias condiciones de vigilancia de la presa de Tous (Valencia), reconocidas por el tribunal, no han impedido una sentencia absolutoria para los tres ingenieros procesados. Los magistrados mantienen que las caracter¨ªsticas de la presa, que se desmoron¨® en 1982, eran las "adecuadas" las condiciones "climatol¨®gicas e hidrol¨®gicas" de la zona, pero su vigilancia era deficiente. La sentencia fue notificada oficialmente ayer. Dos magistrados avalan la absoluci¨®n, mientras el presidente, Juan Luis de la R¨²a, aprecia una falta de imprudenca en uno de los ingenieros.
"Es un d¨ªa triste para los damnificados y para la democracia", afirm¨® Xavier Sierra, portavoz de los afectados por la inundaciones de 1982. Salvador Madrigal, uno de los ingenieros absueltos, atribuy¨® la rotura de la presa a "causas naturales", aunque reconoci¨® que pudieron cometerse "algunos fallos". Varios partidos se mostraron dispuestos a estudiar soluciones pol¨ªticas para indemnizar a los afectados.La sentencia absolutoria, como ya adelant¨® EL PA?S, reflexiona sobre los requisitos necesarios para apreciar un delito de imprudencia. Los magistrados Mercedes Boronat y Jos¨¦ Manuel Meg¨ªa estiman probado que la presa no hubiera ca¨ªdo de haberse abierto las compuertas. Pero a?aden: "La apertura de las compuertas en el momento al que se refieren los hechos de la acusaci¨®n era una simple posibilidad probabil¨ªstica, inferior incluso a la que niega su posible funcionamiento, lo que, en modo alguno, puede fundamentar una sentencia condenatoria".
La v¨ªa contencioso-administrativa por el mal funcionamiento de un servicio p¨²blico (la presa era propiedad del Estado) queda abierta al reconocer la sentencia numerosas anomal¨ªas: "En la convicci¨®n de este tribunal est¨¢ el hecho constatado de que la presa de Tous estaba en precarias condiciones de vigilancia: no exist¨ªa un sistema eficaz de alarma aguas arriba, ni medios de comunicaci¨®n como la radio; fuera del horario laboral y en horas nocturnas no se hab¨ªa establecido procedimiento alguno para hacer frente a una situaci¨®n, que era imprevisible, pero cuyas consecuencias pod¨ªan haberse disminuido".
El presidente del tribunal, Juan Luis de la R¨²a emiti¨® un voto particular donde aprecia una falta de imprudencia de Jes¨²s Gonz¨¢lez Mar¨ªn, ingeniero a pie de presa. De la R¨²a no reflexiona sobre la posible prescripci¨®n de esa falta y a?ade una interpretaci¨®n jur¨ªdica novedosa: en su opini¨®n, a¨²n dict¨¢ndose una sentencia penal absolutoria pod¨ªa haberse declarado la responsabilidad civil del Estado sin necesidad de acudir a la v¨ªa contencioso-administrativa. Fundamenta esa opini¨®n en el principio de "econom¨ªa procesal". De esta forma, una vez apreciado en un proceso penal el mal funcionamiento de un servicio p¨²blico, aunque existe absoluci¨®n, los jueces pueden decretar la responsabilidad civil sin remitir a los afectados a iniciar otra v¨ªa.
De la R¨²a declin¨® hacer declaraciones e intent¨® salir del Palacio de Justicia despistando a los informadores. Con el peri¨®dico que portaba golpe¨® la c¨¢mara del fot¨®grafo de EL PA?S que tomaba im¨¢genes de su salida precipitada.
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