El Parlamento aprueba la ley de salud laboral que aumenta las multas hasta los 100 millones
El Parlamento aprob¨® ayer la Ley de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales, m¨¢s conocida como Ley de Salud Laboral, que sale del Congreso con un consenso generalizado entre los partidos pol¨ªticos y una queja de la oposici¨®n: la tardanza del Gobierno en presentar el proyecto, que lleva casi tres a?os de retraso. La ley, que cuenta tambi¨¦n con el benepl¨¢cito de los agentes sociales, adapta la directiva marco europea, establece la obligaci¨®n de crear o concertar servicios de prevenci¨®n en las empresas, de m¨¢s de seis trabajadores y eleva sustancialmente las sanciones, que pueden llegar a 100 millones de pesetas.
, "En el ¨²ltimo mes y medio he ido al entierro de 18 mineros". Con esta frase, ?ngel C¨¢rcoba, responsable de salud laboral de Comisiones Obreras, resum¨ªa la gran preocupaci¨®n que provoca la alta siniestralidad en Espa?a. Casi 6 trabajadores (5,6) de cada 100 sufrieron un accidente laboral en su jornada de trabajo el a?o pasado, seg¨²n datos del Instituto, Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Una tasa adem¨¢s que, lejos de disminuir, aumenta desde 1994 favorecida por una mayor actividad econ¨®mica y un incremento de la contrataci¨®n en precario. De ah¨ª las esperanzas que los agentes sociales y los partidos pol¨ªticos ponen en la nueva norma. Una ley marco, de aplicaci¨®n para todos los trabajadores, incluidos funcionarios (pero con excepciones como polic¨ªas o empleados del hogar), que pone el acento, precisamente, en la prevenci¨®n.La ley goza de acuerdo generalizado, si bien partidos, sindicatos y patronal han puesto objeciones en alguno de sus art¨ªculos, El PP ha manifestado su apoyo total y sin reservas" aunque lamenta que no se den incentivos a las empresas que se destaquen por su labor preventiva; el Gobierno afirma que es una norma que se inserta en el modelo social europeo que defiende, y la CEOE la califica de necesaria" por trasponer regulaciones comunitarias y poner orden en la dispersi¨®n de normas qu¨¦, hasta ahora regulaban la materia, m¨¢s de 100.
Los sindicatos, aunque la juzgan insuficiente, han mostrado tambi¨¦n su satisfacci¨®n porque era "urgente". Entre 1990 y 1994 han muerto en jornada laboral 6.170 trabajadores, y el n¨²mero de accidente! de enero a septiembre de este a?o se ha incrementado un 15%, con 820, accidentes mortales.
Participaci¨®n
Entre los elementos de la nueva ley destaca la participaci¨®n que da, no s¨®lo a los trabajadores, sino tambi¨¦n a los empresarios y los representantes de las administraciones. Todos ellos formar¨¢n parte de la nueva Comisi¨®n Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, un ¨®rgano que har¨¢ propuestas de aplicaci¨®n de la ley y en el que sindicatos, empresarios y administraciones tendr¨¢n igualdad de voto.
Al margen de concretar m¨¢s los derechos y obligaciones que la multitud de normas en vigor ya contemplan, la ley establece nuevos deberes para los empresarios. Por ejemplo, la evaluaci¨®n del riesgo en sus empresas y la obligaci¨®n de comunicar a cada trabajador el riesgo existente en su puesto de trabajo, y de aplicar los planes de prevenci¨®n oportunos. Ello requiere profundizar en las labores de formaci¨®n e informaci¨®n, algo a veces dif¨ªcil para las peque?as empresas. Por ello se crea una Fundaci¨®n, adscrita a la Comisi¨®n Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tendr¨¢ como fin la asistencia t¨¦cnica a las pymes. Su patrimonio vendr¨¢ del Fondo de Prevenci¨®n y Rehabilitaci¨®n procedente de los excedentes de gesti¨®n de las mutuas de trabajo. Su composici¨®n y la cuant¨ªa de su patrimonio est¨¢ pendiente del reglamento, s¨ª bien se habla de que contara con unos recursos en torno a los 10.000 millones de pesetas.
La Fundaci¨®n di¨® alg¨²n que otro dolor de cabeza al Grupo Socialista en la tramitaci¨®n parlamentaria por problemas de competencias aducidos por los nacionalistas vascos en el reparto de la financiaci¨®n. Finalmente, la gesti¨®n de esos fondos se har¨¢ a trav¨¦s de ¨®rganos institucionales en los que est¨¢n presentes las comunidades aut¨®nomas.
Las empresas tendr¨¢n que contar obligatoriamente con servicios de prevenci¨®n, algo parecido a los actuales servicios m¨¦dicos, pero ampliados, ya que tendr¨¢n car¨¢cter interdisciplinar. Podr¨¢n ser internos aunque estar¨¢n sometidos a auditor¨ªas externas, o concertados. S¨®lo quedan exentos de es tos servicios, las empresas menores de seis trabajadores en las que el propio empresario puede realizar la labor preventiva. Este punto ha sido uno de los m¨¢s pol¨¦micos en la negociaci¨®n con 'los sindicatos que creen que as¨ª no se universaliza el servicio de prevenci¨®n. Pretend¨ªan que, aunque la empresa fuera menor de seis trabajadores, si ten¨ªa alg¨²n tipo de riesgo tuviera que tener el servicio de prevenci¨®n.
Tambi¨¦n establece la ley el delegado de prevenci¨®n, una figura nueva m¨¢s en su denominaci¨®n que en su existencia puesto que el delegado ser¨¢ uno de los representantes de los trabajadores ya elegido, es decir, un miembro del comit¨¦ de empresa o un delegado de personal. Ello supone que el delegado de prevenci¨®n realizar¨¢ su labor dentro de las horas sindicales que incluye el Estatuto de los Trabajadores, aunque se pueden ampliar en determina dos casos. Ha sido otro de los puntos calientes en la discusi¨®n previa con las centrales sindicales. Estos delegados pueden, por mayor¨ªa simple, llegar a paralizar la actividad de la empresa en caso grave y de inminente riesgo.
La ley refuerza la obligaci¨®n de informaci¨®n del empresario y el derecho de los trabajadores a mayor formaci¨®n y a ser consultados. Pero hace hincapi¨¦ tambi¨¦n en la vigilancia ' del estado de salud de los empleados que, con su consentimiento, podr¨¢n tener revisiones peri¨®dicas confidenciales.
Se refuerza tambi¨¦n, la preIvenci¨®n en las situaciones de maternidad y lactancia y la protecci¨®n de los menores. Los trabajadores temporales, o contratados por empresa de trabajo temporal, disfrutar¨¢n del mismo nivel de protecci¨®n que tienen los trabajadores con contrato indefinido. Se mantienen, por otra parte, los comit¨¦s de salud e higiene en las empresas, pero pasan a ser paritarios.
Las sanciones
Uno de los aspectos m¨¢s llamativos de la nueva ley es el fuerte incremento de las sanciones. A partir de su entrada en vigor las faltas leves ser¨¢n. sancionadas con hasta 250.000 pesetas (50.000 en la normativa anterior), las graves con hasta cinco mill9nes (hasta medio mill¨®n antes) y las graves podr¨¢n ser multadas con 100 millones de pesetas, frente a los 15 de sanci¨®n que hab¨ªa hasta ahora. Las faltas, adem¨¢s, quedan mejor tipificadas.
Con todo, es el ¨¢specto sancionador del que menos gusta hablar tanto al Gobierno c¨®mo a los agentes sociales, "porque llegar a las multas significa: que se ha fracasado en la labor de prevenci¨®n", dice Javier G¨®mez-Ortihuega, director general de Seguridad e Higiene. "El sistema sancionador", afirma C¨¢rcoba "es insuficiente". Y ello porque la administraci¨®n no cuenta con medios suficientes. Seg¨²n CC OO, que cita datos. oficiales, el a?o pasado se levantaron 25.000 actas de infracci¨®n que supusieron multas por valor de 4.800 millones de pesetas. Pero la Direci¨®n General de Trabajo no llega a recaudar dar el 10%.
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