El tribunal sugiere que las sociedades helv¨¦ticas forman un grupo
Mario Conde y sus socios Mariano G¨®mez de Lia?o y Francisco Javier Sitges, intentaron desde febrero de 1995 impedir la comparecencia, del abogado Paolo Gallone -a trav¨¦s de diversos recursos de forma y de fondo- ante el Tribunal Cant¨®n de Vaud (Lausana) y ante la m¨¢xima instancia, el Tribunal Federal suizo. No obstante, uno de los abogados de Conde, Jes¨²s Santaella, declar¨® ayer que la decisi¨®n del tribunal helv¨¦tico "no deja de ser un regalo para Mario Conde en v¨ªsperas de su cumplea?os". El ex banquero cumple hoy, 14 de septiembre, 48 a?os.Con todo, la resoluci¨®n del tribunal supone, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas suizas, una ataque en la l¨ªnea de flotaci¨®n de la defensa del ex banquero, sobre todo por lo que se afirma en el punto n¨²mero 3.
El tribunal se?ala que tanto G¨®mez de Lia?o como Sitges han recurrido con el argumento de que Gallone no ten¨ªa derecho alguno para nombrarles. Su argumento es que Renato Galletti y Paolo Gallone, los dos administradores de las empresas suizas, declararon que Mario Conde "no controlaba las sociedades Asni y Jamuna relacionadas con las operaciones Promociones Hoteleras e Isolux". En otros t¨¦rminos, si estas sociedades no ten¨ªan que ver con Conde, ?por qu¨¦ Gallone tuvo que revelar que G¨®mez de Lia?o y Sitges eran sus propietarios?El deseo de conocer
"El argumento debe ser descartado", dice la resoluci¨®n del Tribunal Federal, "el hecho de que Conde no controle directamente dos de las [sociedades] recurrentes [Asni y Jamuna] no excluye manifiestamente su utilizaci¨®n en el contexto de las actuaciones perseguidas. La autoridad sospecha que las tres sociedades recurrentes [Kaneko, Asni y Jamuna] han podido servir para recibir las cantidades [de dinero] desviadas por Conde en perjuicio de Banesto y de sus depositantes".
Adem¨¢s, el auto subraya: "Aun cuando la autoridad requirente [espa?ola] no menciona m¨¢s que dos operaciones sospechosas [Promociones e Isolux], se comprende que desee conocer, en los t¨¦rminos de la demanda, el conjunto de las 'colocaciones [dinerarias] realizadas', incluyendo a Kaneko Holding, que invirti¨® en sociedades controladas por Conde" [su sociedad patrimonial espa?ola Asebur Inversiones, por ejemplo].
Conde y sus socios han querido protegerse frente a la Agencia Tributaria al invocar el "principio de especialidad", a saber, que la informaci¨®n suiza no puede ser utilizada en Espa?a para perseguirles fiscalmente por evasi¨®n (cosa que en efecto ha tenido lugar). El Tribunal Federal se?ala que no hay raz¨®n para pensar que las autoridades espa?olas vayan a violar dicho principio, por el cual los datos obtenidos en el procedimiento penal no Podr¨¢n servir para una persecusi¨®n fiscal.
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