El Gobierno refuerza el control previo de los contratos del Estado, las subvenciones p¨²blicas y los gastos de personal
El Consejo de Ministros acord¨® ayer dar un nuevo giro de tuerca al control previo del gasto p¨²blico. El objetivo es ampliar los supuestos en los que la Intervenci¨®n General de la Administraci¨®n del Estado puede ejercer un "reparo suspensivo", es decir, un derecho de veto hasta que se cumplan determinadas condiciones, para algunos expedientes de gasto. En concreto, para los contratos del Estado, las subvenciones p¨²blicas y los gastos de personal.En cuanto a los contratos del Estado, la principal diferencia con la situaci¨®n anterior es que ahora se exigir¨¢ que el adjudicatario demuestre estar al corriente de los pagos a la Seguridad Social y a Hacienda antes de la firma del contrato. Tambi¨¦n se exigir¨¢ que si la obra o el servicio se adjudica a alguien diferente al que propone la mesa de contrataci¨®n se motive la decisi¨®n.
Respecto de las subvenciones p¨²blicas, cuya cuant¨ªa ronda el bill¨®n de pesetas, la decisi¨®n adoptada por el Gobierno especifica algunos supuestos en los que ser¨¢ necesaria la autorizaci¨®n previa. En concreto, para las primas a la construcci¨®n naval, las subvenciones financiadas con cargo a la asignaci¨®n voluntaria que se hace a fines de inter¨¦s social en el impuesto sobre la renta y los gastos de formaci¨®n e inserci¨®n profesional.
Tambi¨¦n en este cap¨ªtulo se incluye el control previo sobre algunas partidas que salen del Presupuesto del Estado en forma de transferencias. Se se?ala que los fondos que la Administraci¨®n central aporta a las comunidades aut¨®nomas y los ayuntamientos deben ajustarse a lo previsto y al calendario fijado en los Presupuestos de cada a?o. Igualmente, las inyecciones de dinero a las empresas p¨²blicas deben corresponderse con lo establecido en los contratos-programa respectivos.
Altos cargos
Los gastos de personal se someter¨¢n tambi¨¦n a un mayor control. Respecto de aquellos que se cataloguen como altos cargos, se exigir¨¢ haber efectuado la correspondiente toma de posesi¨®n y una vigilancia especial en las primeras n¨®minas para comprobar que se ajustan a lo establecido en los Presupuestos.Si se trata de personal laboral eventual se exigir¨¢ el acuerdo previo de los Ministerios de Administraciones P¨²blicas y de Econom¨ªa y Hacienda. Para el nuevo personal laboral fijo se comprobar¨¢ que las primeras n¨®minas se ajustan a lo que establece el convenio colectivo respecto de sus retribuciones.
El conjunto de las partidas sometidas a control previo representa, seg¨²n el Gobierno, el 72% del total de los gastos aprobados en los Presupuestos. Las reformas adoptadas ayer desarrollan la Ley General Presupuestaria y adaptan los mecanismos de control de la Administraci¨®n p¨²blica a la Ley de Contratos del Estado del a?o 1995.
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