La defensa de Garro cree no probada su relaci¨®n con el pago a Publitax
El abogado defensor de Fernando Garro, ex director general de Banesto pidi¨® ayer la absoluci¨®n para su cliente por considerar que no se ha robado durante el juicio oral del caso Publitax su relaci¨®n con la operaci¨®n ficticia. Tanto para Garro como para el intermediario de negocios inmobiliarios Lorenzo Pericats, el fiscal Fernando Burgos ha solicitado una pena de siete a?os, de prisi¨®n por un delito de apropiaci¨®n indebida y falsedad en documento mercantil. El tribunal dictar¨¢, sentencia la pr¨®xima semana.
S¨¢enz de Pipa¨®n intent¨® demostrar que la acusaci¨®n de apropiaci¨®n indebida contra Garro es t¨¦cnicamente improcedente, porque seg¨²n explic¨®, para el tipo de delito invocado se hubiese necesitado que su cliente fuese depositario, comisionista o detentador del dinero. El C¨®digo Penal define la apropiaci¨®n como el delito que comete un administrador al que se confian bienes o dinero y que pude disponer de ¨¦l o "distraer".Con todo, de las pruebas practicadas se ha podido establecer que si Garro, como director general de Servicios e Inmobiliario, no hubiese firmado en febrero y marzo de 1991 las dos facturas para ser pagadas a Publitax, el interventor de Banesto, el subdirector Joaqu¨ªn P¨¦rez Iglesias, no podr¨ªa haberles dado curso, es decir, pagado. Seg¨²n el fiscal Burgos esa autorizaci¨®n de Garro no era formal y, por tanto, ser¨ªa equivalente a lo que se llama la capacidad para disponer de un bien.
Tambi¨¦n atac¨® S¨¢enz de Pipa¨®n la t¨ªpificaci¨®n de falsedad en documento mercantil, con el argumento de que la factura (pago de dos facturas falsas en 1991 por un estudio inexistente sobre la crisis del Golfo P¨¦rsico y el mercado inmobiliario de Madrid, que fue valorado en 44,8 millones de pesetas) no era falsa a¨²n cuando su contenido pudiese ser inveraz o inaut¨¦ntico. "Existe una sentencia del Tribunal Supremo del 22 de diciembre de 1995 sobre facturas que son mendaces, pero no falsas. No cabe, pues, delito alguno", dijo. Seg¨²n el abogado, lo ¨²nico fraudulento ser¨ªa el inveraz contenido de la factura. Pero esto, que se llamaba falsedad ideol¨®gica en el antiguo C¨®digo Penal (faltar a la verdad en la narraci¨®n de los hechos), ha sido despenalizado con el nuevo c¨®digo. "Por esto no se puede condenar a nadie", dijo.
El abogado defensor de Garro a?adi¨®: "No hay siquiera apariencia de delito, m¨ª cliente est¨¢ sentado aqu¨ª por ser amigo de quien es". El abogado se refer¨ªa al ex presidente de Banesto, Mario Conde. Sin embargo, el caso Publitax se inici¨®, por una denuncia an¨®nima, en 1993,antes de la destituci¨®n de Conde y sus colaboradores, entre ellos Garro, de Banesto.
Por su parte, Francisco Bereijos, abogado y detective, se?al¨® que su cliente era ajeno a los hechos de la creaci¨®n de las dos facturas de Publitax Publicidad y record¨® que el testimonio de Paulino Elorriaga, hermano de Jos¨¦ Luis Elorriaga, miembro de la asesor¨ªa jur¨ªdica de Banesto, y consejero delegado de Publitax Publicidad hasta su disoluci¨®n, en 19891 no pod¨ªa servir para inculpar a Pericats porque hab¨ªa fallecido.
El tribunal que preside el magistrado Alfonso Guevara dictar¨¢ sentencia, seg¨²n fuentes solventes, la pr¨®xima semana una vez terminado el proyecto del ponente, el magistrado Carlos Ollero.
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