El 'comando' que secuestro a Ortega Lara ten¨ªa ¨®rdenes de matarle o dejarle morir de inanici¨®n
Los presuntos secuestradores del funcionario de prisiones Jos¨¦ Antonio Ortega Lara, retenido durante 532 d¨ªas, ten¨ªan instrucciones de asesinarle o dejarle morir de hambre si el Gobierno no acercaba a los presos de ETA a c¨¢rceles del Pa¨ªs Vasco, seg¨²n recoge el auto de procesamiento dictado ayer por el juez Javier G¨®mez de Lia?o. Los procesados son los cuatro detenidos por la Guardia Civil en Mondrag¨®n, y Juli¨¢n Aixurra Eugurola, Pototo, considerado inductor y "responsable" del comando desde la ca¨ªda de la c¨²pula de ETA en Bidart. Aunque resulta ins¨®lito en un auto de procesamiento, G¨®mez de Lia?o echa cuentas y concluye que cada procesado puede ser condenado a 20 a?os de prisi¨®n.
Los cuatro secuestradores, Jes¨²s Mar¨ªa Uribetxeberria Bolinaga, Javier Ugarte Villar, Jos¨¦ Luis Erostegui Bidaguren y Jos¨¦ Miguel Gaztelu Ochandorena, fueron conducidos ayer a la Audiencia Nacional, donde se negaron a ampliar su declaraci¨®n e incluso a firmar la notificaci¨®n del auto de procesamiento.Seg¨²n la resoluci¨®n de G¨®mez de Lia?o, en la elecci¨®n de Ortega Lara como v¨ªctima influy¨® decisivamente el hecho de que fuera militante del PP, lo cual, a?ade el juez, "favorecer¨ªa la presi¨®n sobre el Gobierno". Sin embargo cuando Ortega Lara fue secuestrado, el 17 de enero de 1996, el partido en el gobierno era a¨²n el PSOE.
Los secuestradores hab¨ªan vigilado a varios' funcionarios y, tras decidirse por Ortega Lara, le sometieron a seguimientos muy meticulosos hasta conseguir una informaci¨®n "exhaustiva y precisa" de su vida familiar y profesional.
Los hechos que G¨®mez de Lia?o considera "muy probablemente cometidos" sit¨²an en 1983, la integraci¨®n en ETA de Uribetxebarria, Ugarte, Erostegui y Gaztelu. Pero es en 1987 cuando alquilan la nave de Mondrag¨®n y constituyen una sociedad, Jalgi, que en principio tiene por objeto la fabricaci¨®n de piezas de repuesto. Al a?o siguiente, en el verano de 1988, excavan el suelo de la nave y hacen un agujero de cinco metros cuadrados donde ocultar armas y explosivos para los comandos de ETA que actuaban en las zonas de Bergara y Mondrag¨®n.
Acondicionamiento del 'zulo'
Meses despu¨¦s, tras el secuestro del ingeniero Julio Iglesias Zamora, ampl¨ªan la cueva y construyen un segundo habit¨¢culo de 3,5 metros cuadrados que recubren, para evitar la humedad del r¨ªo Deba, con un toldo, un forro de pl¨¢stico, aislante ac¨²stico y madera. Los gastos corren por cuenta de ETA.
Tras la ca¨ªda de la c¨²pula etarra en Bidart, en 1992, los cuatro pasan a formar parte del comando Gohierri y participan en acciones que se est¨¢n investigando. En la primavera de 1995, Pototo les ordena secuestrar a un funcionario de prisiones a fin de "presionar al Gobierno para forzar el traslado de presos de ETA" a Euskadi.
Los cuatro integrantes del comando pasan los datos sobre Ortega Lara a Pototo y fe explican su plan de acci¨®n. Atxurra da el visto bueno y ordena llevar a cabo el secuestro.
El 17 de enero de 1996, sobre las cinco de la tarde, Ortega Lara llega a su domicilio en Burgos tras haber finalizado su turno en la prisi¨®n de Logro?o. Entra con su coche en el garaje y, en el momento en que se dispon¨ªa a bajar del veh¨ªculo, Erostegui y Uribetxebarria le abordan pistola en mano. El funcionario ofrece resistencia a ser narcotizado pero le vendan los ojos, le esposan y amordazan y le introducen en el maletero de su autom¨®vil.
A continuaci¨®n llevan el coche hasta las afueras de Burgos, donde Ugarte y Gaztelu esperaban con un cami¨®n cargado con una m¨¢quina que en realidad era un artilugio hueco fabricado para meter al secuestrado y trasladarlo sin despertar sospechas "hasta el antro previamente ' construido".
Una vez en Mondrag¨®n, el funcionario fue introducido en el zulo, bajo tierra. En su interior estuvo custodiado por sus secuestradores de forma permanente y por tanto, sin posibilidad de escapatoria, hasta el 30 de junio de 1997, fecha en la que "como fruto de muchos meses de investigaci¨®n, es liberado por la Guardia Civil".
Durante los 532 d¨ªas de secuestro, ETA hizo llegar al Gobierno que la liberaci¨®n de Ortega estaba condicionada al inmediato acercamiento de sus presos al Pa¨ªs Vasco. Seg¨²n el juez, ETA hab¨ªa dado instrucciones de mantener con vida a Ortega Lara "para utilizarlo como moneda de cambio". Pero los secuestradores tambi¨¦n estaban advertidos de que, "de modificarse la situaci¨®n o no avanzarse en ella y, en consecuencia, fracasar en sus objetivos, deber¨ªan, darle muerte o dejarle fallecer por inanici¨®n".
Torturas
En el momento de su liberaci¨®n, Ortega Lara "presentaba un rostro demacrado, de sufrimiento, de una angustia producida por la humillaci¨®n y por los sentimientos de peligro e injusticia". El d¨ªa de su secuestro pesaba 75 kilos y el de su libertad 52, "a causa del ritmo biol¨®gico mantenido durante los meses de cautiverio". Su debilidad f¨ªsica era "muy importante, con fatiga f¨¢cil". "Deambulaba lentamente y con una ligera inseguridad, t¨ªpica de un agotamiento temprano. Hablaba con tono de voz bajo y la conversaci¨®n, por corta que fue se, le produc¨ªa cansancio. Ten¨ªa sensaci¨®n de inestabilidad o mareo frecuente, e hipotensi¨®n con ligera anemia". Por el momento no se ha objetivado "sintomatolog¨ªa psic¨®tica o enfermedad psiqui¨¢trica alguna", pero la incertidumbre respecto a su recuperaci¨®n final hace que las posibles secuelas queden pendientes de un informe.
Propuesta de extradici¨®n para Atxurra
El auto de procesamiento de los secuestradores de Ortega Lara considera al dirigente etarra Juli¨¢n Atxurra Egurola, Pototo, detenido el 23 de julio de 1996 en Lasseube (Francia) por polic¨ªas franceses ayudados por guardias civiles espa?oles, como inductor del secuestro. El juez especifica que a Atxurra le han implicado los tres miembros del comando que prestaron declaraci¨®n -Ugarte se neg¨®- quienes le se?alaron como su "responsable" tras la ca¨ªda de la c¨²pula dirigente en Bidart.El auto judicial decreta la prisi¨®n incondicional de los cuatro secuestadores y de Pototo, -que lleva preso en Francia desde hace casi un a?o-, y respecto a este ¨²ltimo ordena librar orden internacional de detenci¨®n y en su caso, "previo dictamen del ministerio fiscal, se instar¨¢ al Gobierno para que solicite a las autoridades francesas su extradici¨®n".
Ugarte, Uribetxebarria, Erostegui, Gaztelu y Atxurra han sido procesados -en concepto de autores materiales los cuatro primeros y de inductor el ¨²ltimo-, por un delito de "detenci¨®n ilegal de funcionario p¨²blico en el ejercicio de sus funciones, exigiendo condici¨®n para ponerlo en libertad", delito previsto en los art¨ªculos 163, 164 y 165 del C¨®digo Penal, con la agravaci¨®n que prev¨¦ el art¨ªculo 572.2 al estar integrados en un grupo terrorista, lo que, seg¨²n el juez, "podr¨ªa determinar una pena de prisi¨®n de 20 a?os".
G¨®mez de Lia?o fija tambi¨¦n una fianza de responsabilidad civil de cien millones de pesetas y les da un d¨ªa de plazo para depositarla, y en caso contrario, ordena el embargo inmediato de todos los bienes de los presuntos etarras.
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