La fiscal¨ªa del Estado pide que los jurados no decidan sobre la culpabilidad del acusado
El fiscal general del Estado, Jes¨²s Cardenal, ha remitido al Ministerio de Justicia un informe de 66 p¨¢ginas sobre la experiencia adquirida hasta ahora en la aplicaci¨®n del jurado y en el que hace algunas propuestas de reforma, entre las que se encuentra el que los jurados no tengan que pronunciarse sobre la culpabilidad o no de los acusados. El informe fue redactado a petici¨®n del Ministerio de Justicia despu¨¦s de una proposici¨®n del Grupo Popular presentada en el Congreso para intentar mejorar la Ley del Jurado.
El informe destaca que los dos primeros a?os de vigencia de la citada ley "han estado presididos por una pol¨¦mica". Asimismo recuerda la "perplejidad colectiva ante veredictos sorpresivos" y se?ala que la ley "ha generado posturas encontradas en las que la discusi¨®n alcanza, no ya el modelo de jurado, sino la existencia misma, de esta instituci¨®n", informa Efe. Entre las sugerencias de la Fiscal¨ªa del Estado destaca que el jurado sea apartado de un pronunciamiento como el actual -sobre culpabilidad- y la necesidad de delimitar el objeto del veredicto. En este sentido, para la Fiscal¨ªa es necesario un modelo flexible, en el que el magistrado presidente, en funci¨®n de cada caso, pueda presentar un formulario de preguntas a las que el jurado debe responder, de tal forma que sea el magistrado el que proceda a la "traducci¨®n jur¨ªdica de lo previamente declarado" por los miembros del jurado.
Adem¨¢s, la Fiscal¨ªa propone que no se imponga al magistrado presidente la obligatoriedad de dar instrucciones al jurado sobre el proceso antes de su deliberaci¨®n, y que se le permita hacerlo en casos complejos.
Por otra parte, el informe califica de "frustrante, disfuncional" y escasamente operativa la competencia del Tribunal del Jurado para determinados delitos de escasa entidad.
La Fiscal¨ªa destaca que la pr¨¢ctica aconseja que del listado de delitos definidos en la ley desaparezcan algunas infracciones "poco id¨®neas, por su baja trascendencia, para ser juzgadas en un procedimiento tan engorroso como el del jurado" o que son muy complicadas para ser juzgadas por un jurado, como algunos delitos monetarios. De hecho, "a veces se llega a forzar algunas calificaciones jur¨ªdicas para eludir el procedimiento del jurado".
La Fiscal¨ªa entiende que deben sustraerse a la competencia del jurado los delitos de amenazas, omisi¨®n del deber de socorro, allanamiento de morada, incendios, malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, fraudes y exacciones ilegales y negociaciones prohibidas a los funcionarios.
A?ade que "puede ser compensado con la atribuci¨®n de otras competencias como los delitos de detenci¨®n ilegal y secuestro, contra el patrimonio hist¨®rico y art¨ªstico, acusaci¨®n y denuncia falsa, quebrantamiento de condena, genocidio y traici¨®n".
En cualquier caso, en contra de lo que ocurre con la ley actual, la Fiscal¨ªa entiende que cuando aparezcan delitos de competencia del jurado conexos con otros que no tienen tal competencia, la causa debe ser juzgada por el procedimiento ordinario para evitar que por la v¨ªa de la conexi¨®n se atribuyan al jurado delitos que no se consideran convenientes para su jurisdicci¨®n.
Por otra parte, para la Fiscal¨ªa "resulta escandaloso e inexplicable que el veredicto injusto a sabiendas no sea constitutivo de un delito de prevaricaci¨®n, por lo que se impone" castigar este tipo de conductas.
La Fiscal¨ªa recuerda que la ley fue reformada en lo concerniente a la prisi¨®n preventiva, de modo que el juez ya no puede decretar de oficio una prisi¨®n provisional, sino que necesita una petici¨®n en tal sentido del fiscal o de alguna acusaci¨®n personada en la causa. Estima asimismo que es el "momento id¨®neo" para reformar la ley en este aspecto. Desde su perspectiva, "no tiene sentido obligar siempre la presencia del fiscal y del detenido" en la "vistilla" para decidir si debe ir o no a prisi¨®n provisional, y se?ala que "debe bastar la petici¨®n por escrito". As¨ª "se ganar¨ªa en agilidad en la adopci¨®n de medidas que muchas veces exigen premura, y ser¨ªan m¨¢s dif¨ªciles fugas como alguna reciente que tanta alarma ha producido socialmente".
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