A este lado de la Verja
El contencioso entre Espa?a y el Reino Unido a prop¨®sito de Gibraltar ha generado al cabo del tiempo una terminolog¨ªa bien distinta, incluso contradictoria, a ¨¦ste y al otro lado de la Verja para designar cosas id¨¦nticas, como el lugar donde se asienta la colonia, su contorno f¨ªsico, sus habitantes, sus comunicaciones, as¨ª como aspectos del proceso que busca una soluci¨®n definitiva al hist¨®rico conflicto que enfrenta a dos pa¨ªses miembros de la Uni¨®n Europea. No es extra?o, por ello, que el Libro de estilo de EL PA?S dedique nada menos que tres p¨¢ginas a la confecci¨®n de un elenco m¨¢s o menos completo de esos t¨¦rminos y a se?alar los que considera apropiados para referirse en este peri¨®dico a la colonia brit¨¢nica y a sus circunstancias.Desde la localidad estadounidense de Upper Darby, Pensilvania, un lector, Juan Carlos de C¨¢ceres, se?ala diversos ?errores de derecho? que, a su entender, se contienen en la informaci¨®n publicada en la edici¨®n de EL PA?S del domingo 22 de marzo (secci¨®n de Espa?a) con el t¨ªtulo Mil gibraltare?os protestan contra Espa?a, y en la que se daba cuenta de los incidentes habidos en aquellas fechas con pesqueros espa?oles en aguas en torno a Gibraltar. A juicio de este lector, ?no hay base jur¨ªdica legal para llamar gibraltare?os al contingente auxiliar de la fuerza de ocupaci¨®n brit¨¢nica, ya que los nativos escogieron el exilio antes que vivir bajo ocupaci¨®n brit¨¢nica. Los pobladores actuales se identifican como llanitos?. Tampoco hay base jur¨ªdica legal, seg¨²n el lector, para justificar la existencia de una ?Royal Gibraltar Police, pues la ¨²nica autoridad leg¨ªtima en la Roca es la brit¨¢nica?, como no la hay, finalmente, para la existencia de lanchas patrulleras, de Gibraltar o brit¨¢nicas, porque ?Gibraltar no tiene aguas territoriales que patrullar?. Y ello porque ?en los l¨ªmites acordados bajo el Tratado de Utrecht, Gibraltar empieza a la puerta del castillo, por tierra, y en la marca de la marea alta, en el resto de la Roca. La existencia del puerto de Gibraltar es una usurpaci¨®n ileg¨ªtima de las aguas territoriales espa?olas, lo mismo que la existencia del aeropuerto de Gibraltar es una usurpaci¨®n ilegal del territorio espa?ol?.
Hasta aqu¨ª las observaciones del lector, al que hay que agradecer que plantee esta cuesti¨®n, pues no es inocente el uso del lenguaje en medio de una pugna pol¨ªtica y diplom¨¢tica que pretende poner fin a la existencia de un enclave colonial en plena Uni¨®n Europea, en un caso, y prolongar indefinidamente ese anacronismo, en el otro. No es cuesti¨®n de un nacionalismo fuera de lugar, del que se ha usado y abusado tanto en otros tiempos a cuenta de Gibraltar. Tampoco de un desfasado concepto patri¨®tico de la informaci¨®n. Se trata de algo m¨¢s simple y a ras de tierra: ante una situaci¨®n pol¨ªtica y jur¨ªdicamente conflictiva, todav¨ªa sin resolver, como la de Gibraltar, es l¨®gico que quienes estamos a este lado de la Verja utilicemos la terminolog¨ªa propia de este lado, es decir, la espa?ola. Lo cual no es nada f¨¢cil, como puede comprobarse: en EL PA?S se deslizan a veces t¨¦rminos acu?ados ?al otro lado?, pero el lector que denuncia el hecho no se libra tampoco de caer en el error de referirse a Gibraltar como ?la Roca?. En estas p¨¢ginas, al menos, no procede el uso de ese anglicismo, traducci¨®n literal e incorrecta de the Rock, pues a este lado de la Verja el sin¨®nimo correcto de Gibraltar es ?el Pe?¨®n?.
Pero tiene raz¨®n el lector en lo impropio de hablar de una ?Royal Gibraltar Police? o de ?patrulleras? gibraltare?as o incluso brit¨¢nicas, pues la autoridad sobre el Pe?¨®n corresponde en exclusiva al Reino Unido y no existen aguas territoriales que patrullar. Sobre este punto, el Libro de estilo se?ala: ?Espa?a no reconoce al Reino Unido m¨¢s aguas que las del puerto de Gibraltar (cedido por el Tratado de Utrecht) ni m¨¢s espacio a¨¦reo que el situado sobre la vertical del Pe?¨®n. Debe evitarse, por tanto, hablar de las aguas o el espacio a¨¦reo de Gibraltar, y sustituir la preposici¨®n "de" por "en torno a" o "en la zona de?. Y respecto de la denominaci¨®n de los habitantes de Gibraltar parece existir alguna divergencia entre el lector y el Libro de estilo. Seg¨²n este ¨²ltimo, da lo mismo llamarles ?gibraltare?os? que ?llanitos?. Lo incorrecto es referirse a ellos como ?el pueblo de Gibraltar?.
No est¨¢ dem¨¢s, en todo caso, aprovechar la ocasi¨®n para animar a los redactores de este peri¨®dico a hojear lo que dice el Libro de estilo respecto de Gibraltar antes de ponerse a escribir sobre la colonia brit¨¢nica o cuestiones conexas. As¨ª evitar¨¢n imprecisiones o t¨¦rminos que, al margen de su correcci¨®n gramatical, responden a puntos de vista vigentes al otro lado de la Verja. A este lado es impropio, por ejemplo, hablar de ?frontera?, pues el istmo nunca fue cedido por Espa?a, as¨ª como de ?comunicaciones (terrestres) o tr¨¢nsito entre Gibraltar y Espa?a? (Espa?a no comienza en el l¨ªmite actual marcado por la Verja, sino al pie mismo de la cara norte del Pe?¨®n). Si la referencia en el primer supuesto se hace concretamente al lugar por donde pasan personas, veh¨ªculos y mercanc¨ªas, es m¨¢s apropiado hablar de ?puesto aduanero? o ?puesto de control?, y en el segundo supuesto es mejor decir ?comunicaciones entre Gibraltar y el territorio circunvecino o regi¨®n o zona circundante, vecina o lim¨ªtrofe?. Y si se escribe sobre el proceso negociador entre Espa?a y el Reino Unido y su repercusi¨®n sobre la poblaci¨®n de Gibraltar hay que tener cuidado de no confundir los deseos con los intereses . A este lado de la Verja se opta por el empleo del segundo t¨¦rmino -es decir, se habla de intereses de los habitantes del Pe?¨®n- frente al primero, que se intenta imponer desde el otro lado como expresi¨®n de voluntad aut¨®noma de la poblaci¨®n gibraltare?a. Los intereses tienen una connotaci¨®n objetiva, concreta y t¨¦cnica. Pueden y deben tenerse en cuenta en una posible soluci¨®n del contencioso entre Espa?a y el Reino Unido. Los deseos tienen, en cambio, una connotaci¨®n fundamentalmente subjetiva, abstracta y pol¨ªtica, que implica conceder a los gibraltare?os una especie de derecho de veto referido a la cuesti¨®n de fondo: la soberan¨ªa.
Los lectores pueden escribir al Defensor del Lector por carta o correo electr¨®nico (defensor@elpais.es), o telefonearle al n¨²mero 91 337 78 36.
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