El Gobierno pedir¨¢ autorizaci¨®n previa al Congreso para movilizar j¨®venes
La movilizaci¨®n forzosa de los espa?oles de ambos sexos de entre 19 y 25 a?os para incorporarse a las Fuerzas Armadas en caso de crisis requerir¨¢ la autorizaci¨®n previa del Congreso, seg¨²n el ¨²ltimo borrador del anteproyecto de ley de R¨¦gimen de Personal de las Fuerzas Armadas.El Ministerio de Defensa ha modificado su texto inicial, que dejaba esta decisi¨®n en las manos exclusivas del Gobierno, quien pod¨ªa ordenar dicha movilizaci¨®n mediante real decreto, y ha introducido la f¨®rmula de la autorizaci¨®n previa, inspir¨¢ndose en el sistema previsto por la legislaci¨®n vigente para la declaraci¨®n del estado de excepci¨®n.
La Comisi¨®n de Subsecretarios empez¨® a discutir ayer este proyecto, que regula la carrera profesional de los militares, las plantillas de las Fuerzas Armadas, la ense?anza castrense, la movilizaci¨®n de reservistas y la supresi¨®n del servicio militar. Est¨¢ previsto que el Consejo de Ministros remita el texto a las Cortes antes de que acabe junio.
El final de la mili forzosa no supondr¨¢ la desaparici¨®n de las obligaciones militares de los espa?oles. Apoy¨¢ndose en el art¨ªculo 30 de la Constituci¨®n, que establece el derecho y el deber de defender a Espa?a, la ley prev¨¦ la movilizaci¨®n forzosa de reservistas "cuando se produzca o amenace producirse un acto de fuerza contra la soberan¨ªa o independencia de Espa?a o su integridad territorial y no sea posible atender las necesidades de la defensa nacional con los efectivos de militares profesionales".
Antes de recurrir a la movilizaci¨®n forzosa de los j¨®venes, el Gobierno incorporar¨¢ a las Fuerzas Armadas a los reservistas temporales (militares profesionales que han abandonado el servicio activo) y a los voluntarios (quienes se alisten en las plazas convocadas al efecto). Los reservistas voluntarios, una de las novedades de la ley, ser¨¢n activados para prestar determinados servicios, realizar maniobras o recibir cursos y en esos casos recibir¨¢n una retribuci¨®n que no podr¨¢ ser inferior al doble del salario m¨ªnimo interprofesional diario. Tambi¨¦n se les reconoce el derecho a utilizar uniforme y tarjeta militar.
Objetores e insumisos
El mantenimiento de la incorporaci¨®n forzosa a las Fuerzas Armadas en caso de movilizaci¨®n supone que la objeci¨®n de conciencia y la insumisi¨®n seguir¨¢n existiendo tras la supresi¨®n del servicio militar obligatorio.En concreto, el proyecto de ley se?ala que los j¨®venes declarados reservistas forzosos podr¨¢n declararse objetores de conciencia, en cuyo caso se les destinar¨¢ "a organizaciones con fines de inter¨¦s general en las que no se requiera el empleo de armas".
Respecto a la insumisi¨®n, el texto se?ala que se abrir¨¢ expediente a todos los reservistas citados para incorporarse a las Fuerzas Armadas que no lo hagan sin causa justificada y que se dar¨¢ traslado del mismo "al ¨®rgano judicial competente, a los efectos previstos en el C¨®digo Penal".
Este art¨ªculo obligar¨¢ a reformar el C¨®digo Penal, salvo si se considera que el actual delito de negativa a la prestaci¨®n del servicio militar, en proceso de reforma para cambiar las penas de c¨¢rcel por las de inhabilitaci¨®n, es aplicable a los reservistas.
Seg¨²n el proyecto, la incorporaci¨®n de reservistas forzosos se har¨¢ por fases, empezando por un n¨²mero concreto o porcentaje de los que cumplan 25 a?os de edad y ampli¨¢ndola progresivamente hasta los que cumplan 19.
La selecci¨®n de los movilizados se har¨¢ "respetando el principio de igualdad de oportunidades", pero las mujeres no podr¨¢n ser asignadas a unidades de combate salvo que lo soliciten voluntariamente, agrega el texto. El plazo m¨ªnimo de tiempo desde que un joven sea declarado reservista forzoso hasta su incorporaci¨®n a filas ser¨¢ de un mes.
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