La Fiscal¨ªa del Estado cree que "hay m¨¢s base" para la jurisdicci¨®n espa?ola en el caso chileno que en el argentino
Un informe remitido el pasado 13 de enero de 1998 por el fiscal general del Estado, Jes¨²s Cardenal, al fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairi?o, sostiene que, "en cuanto a los cr¨ªmenes perpetrados en Chile, las cosas cambian y hay m¨¢s base para afirmar la competencia de la jurisdicci¨®n espa?ola para conocer los hechos sucedidos despu¨¦s de julio de 1989, fecha de entrada en vigor de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial". El informe fue elaborado por el fiscal jefe de la secretar¨ªa t¨¦cnica de la Fiscal¨ªa General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, y analiza "las cuestiones diferenciales" entre los hechos sucedidos en Chile y en Argentina durante las dictaduras militares. El informe se refiere a hechos posteriores a 1985, habida cuenta que en esta fecha entr¨® en vigor el art¨ªculo 23.4 de la la citada ley org¨¢nica, que abre la v¨ªa para perseguir los delitos de terrorismo. La aplicaci¨®n de este art¨ªculo a hechos anteriores o hechos conexos a la citada fecha supondr¨ªa, seg¨²n el documento, vulnerar el principio de irretroactividad de la ley penal.
Fuentes solventes dijeron que, tras este informe, el juez Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n, entonces a cargo de la investigaci¨®n, confirm¨® la existencia de hechos que pod¨ªan encuadrarse en el mismo.
El informe de la secretar¨ªa t¨¦cnica, asimismo, apunta las dificultades que tendr¨ªa la "la calificaci¨®n como delitos de terrorismo con arreglo a la ley espa?ola" y que "debieran solventarse si se quiere mantener la competencia de la jurisdicci¨®n espa?ola" As¨ª, advierte: uno, "no es f¨¢cil hablar de terrorismo, por m¨¢s que vulgarmente se hable de terrorismo de Estado, si se trata de una organizaci¨®n que utiliza la misma estructura que el ej¨¦rcito", y dos, "los hechos han de poder tipificarse como terrorismo con arreglo a la ley espa?ola, que exige la finalidad de subvertir el orden constitucional... Lo l¨®gico y natural es entender que se est¨¢ protegiendo no cualquier orden constitucional, sino el orden constitucional espa?ol".
El trabajo recomendaba el archivo de la causa de Argentina y que no se deben "manejar concepciones extensivas de los delitos de genocidio", una referencia a la instrucci¨®n de asesinatos en Argentina instruidos por el juez Baltasar Garz¨®n, pero no aconsejaba el cierre de la causa chilena. La Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional solicit¨®, m¨¢s tarde, el archivo de ambas, recurso pendiente de resolver por la Sala de lo Penal.
Aun con sus reparos, el dictamen elaborado por Torres-Dulce dejaba, pues, entreabierta la puerta para el caso de Chile. La detenci¨®n del general Augusto Pinochet por orden del juez Garz¨®n ha reactualizado el informe. En principio, a diferencia de lo que planteaba para Argentina, la extradici¨®n de Pinochet no est¨¢ a contramano de dicha posici¨®n. "Es una hipotesis que hay que admitir", ha dicho Cardenal el pasado mi¨¦rcoles 21.
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