El comprador sabr¨¢ a qui¨¦n reclamar
?A qui¨¦n se reclama cuando surge un problema en un edificio reci¨¦n construido? La respuesta no est¨¢ clara en la actualidad. Una red de normas dispersas por el C¨®digo Civil hace complicado identificar las responsabilidades de los involucrados en la edificaci¨®n: promotores, constructores, directores de obra, suministradores de productos o proyectistas.
El proyecto de Ley de la Ordenaci¨®n de la Edificaci¨®n pretende fijar las obligaciones y responsabilidades de las personas que intervienen en la construcci¨®n de un edificio y proteger as¨ª los intereses de los usuarios. ?stas son las principales:
El promotor. Programa y financia las obras de edificaci¨®n. Estar¨¢ obligado a contratar seguros por da?os materiales ocasionados por vicios o defectos de la construcci¨®n. Es responsable, junto a los dem¨¢s participantes en la edificaci¨®n, de esos da?os durante tres a?os, si son de materiales o instalaciones, y durante diez, si son de la estructura del edificio.
El proyectista. Redacta el proyecto. Si autoriza c¨¢lculos a otros profesionales ser¨¢ responsable de los da?os que se puedan ocasionar por su causa. Tambi¨¦n responder¨¢ durante tres a?os de los da?os de materiales o instalaciones y, durante diez, si son de estructura.
El constructor. Ejecuta las obras: contrata a los que la realizan y consigue los materiales. Debe suscribir garant¨ªas por da?os materiales ocasionados por vicios y defectos de la construcci¨®n. Adem¨¢s de asumir las mismas responsabilidades que los dem¨¢s (durante diez y tres a?os), responder¨¢ durante el primero de los da?os en el acabado de las obras.
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