Marcando el paso
La desmilitarizaci¨®n del pensamiento es una necesidad de la que se ocup¨® con acierto un colega en EL PA?S del 13 de octubre de 1998. Mi buen amigo sal¨ªa al paso de algunas perversiones obsesivas que padecen algunos nacionalistas, especializados en una lectura aviesa de la Constituci¨®n espa?ola de 1978, cuyo vig¨¦simo cumplea?os venimos de celebrar. Dec¨ªamos ayer que cualquier pretexto era bueno para que estos aliados de Aznar se plantaran en una campa y alzaran el tingladillo sobre el que perorar invalidando el texto constitucional que mejor ampara los derechos y libertades p¨²blicas de los ciudadanos a 500 a?os vista. Alguno de esos vociferantes llevaba su audacia hasta declarar anatema la Constituci¨®n. Dec¨ªa con toda rotundidad, sin necesidad de aportar pruebas, aquello de "este pueblo no cabe en esta Constituci¨®n" y pretend¨ªa degradarla present¨¢ndola como paup¨¦rrimo resultado de la ortopedia militar que nos ven¨ªa impuesta.Entonces el aludido colega reproduc¨ªa el art¨ªculo 8? de la Constituci¨®n, seg¨²n el cual "las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ej¨¦rcito de Tierra, la Armada y el Ej¨¦rcito del Aire, tienen como misi¨®n garantizar la soberan¨ªa e independencia de Espa?a, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". De donde se colige que las Fuerzas Armadas est¨¢n constituidas exclusivamente por los tres ej¨¦rcitos -Tierra, Armada y Aire-. Es decir, que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como la Guardia Civil y la Polic¨ªa Nacional, quedan fuera del concepto constitucional de Fuerzas Armadas por mucho que el primero de los cuerpos mencionados contin¨²e siendo de naturaleza militar en cuanto a su organizaci¨®n y disciplina.
Y de ah¨ª, de esa conclusi¨®n, deriva en parte una de las m¨¢s significativas innovaciones constitucionales. Porque, como ha podido demostrar el profesor Manuel Ballb¨¦ en su libro Orden p¨²blico y militarismo en la Espa?a constitucional (1812-1983), hasta la Constituci¨®n de 1978 puede rastrearse un hilo de continuidad en medio de toda suerte de abruptos cambios institucionales vividos por el pa¨ªs. Con monarqu¨ªas, destronamientos, rep¨²blicas o dictaduras, con Borbones, Bonapartes o Saboyas, con unitaristas, federalistas y cantonalistas, con Gobiernos liberales, progresistas o conservadores, el control del orden p¨²blico, es decir, el control de las libertades p¨²blicas, ha estado invariablemente entregado desde 1812 al Ej¨¦rcito y, correlativamente, a la jurisdicci¨®n de guerra. Esta realidad se ha mantenido sin interrupci¨®n alguna hasta que por primera vez la Constituci¨®n actual y sus leyes de desarrollo pusieron fin "a la preponderancia de instituciones y t¨¦cnicas jur¨ªdicas castrenses enquistadas en la actividad administrativa y gubernamental y en su organizaci¨®n, espec¨ªficamente en la vertiente de la seguridad y la polic¨ªa", como resume Ballb¨¦.
Volviendo al art¨ªculo 8? de la Constituci¨®n, se observa que, despu¨¦s de describir de qu¨¦ est¨¢n constituidas las Fuerzas Armadas, les atribuye la misi¨®n de "garantizar la soberan¨ªa e independencia de Espa?a, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". Ahora bien, es preciso se?alar que, seg¨²n el art¨ªculo 97?, el Gobierno dirige la Administraci¨®n civil y militar y la defensa del Estado y que son los representantes del pueblo espa?ol en el Congreso de los Diputados y en el Senado los ¨²nicos con competencia para definir qu¨¦ sea la soberan¨ªa, qu¨¦ la independencia, qu¨¦ la integridad territorial y cu¨¢l el ordenamiento constitucional vigente. Sin que para formular esas definiciones resuene ninguna voz de mando militar. Las Fuerzas Armadas de Espa?a han quedado a las ¨®rdenes del poder constitucional. Por eso, cuando el franquismo, ETA exig¨ªa negociar con el Ej¨¦rcito, considerado como el poder f¨¢ctico decisivo, mientras que ahora sabe que el m¨¢ximo interlocutor es el Gobierno, al que prestan obediencia las Fuerzas Armadas. Los del patriotismo constitucional hemos cumplido nuestras tareas y hemos tomado el mando sobre los militares. Pero en la banda del pacto de Estella se vive la situaci¨®n inversa: los firmantes est¨¢n a las ¨®rdenes de sus armados etarras. Son ellos quienes siguen reserv¨¢ndose de modo expreso las definiciones sobre qu¨¦ sea el soberanismo, el ¨¢mbito de decisi¨®n, la territorialidad y todos los dem¨¢s empe?os. En Estella sigue pendiente la desmilitarizaci¨®n y los gudaris del amonal siguen marcando el paso. A ellos nadie les discute en su propio campo el protagonismo ganado con las armas asesinas. Unas armas ensangrentadas que adquieren autonom¨ªa corporativa y suprimen cualquier derecho de r¨¦plica.
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