El Tribunal de la Competencia multa a Telef¨®nica con 580 millones por abuso de posici¨®n dominante
Los antiguos aliados, Telef¨®nica y la brit¨¢nica British Telecom (BT), han terminado por arreglar en los tribunales sus diferencias. El Tribunal de Defensa de la Competencia espa?ol, a instancias de una denuncia presentada por BT en marzo de 1996, ha impuesto a Telef¨®nica una multa de 580 millones de pesetas por abuso de posici¨®n de dominio y trato discriminatorio a un competidor. Telef¨®nica considera la sanci¨®n "desorbitada" y recurrir¨¢ por v¨ªa contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional. Es la multa m¨¢s alta impuesta por este tribunal a una sola empresa.
La resoluci¨®n del Tribunal de Defensa de la Competencia, que se difundi¨® ayer, se refiere a una demanda presentada por la filial espa?ola de British Telecom, BT Telecomunicaciones, el 6 de marzo de 1996. Seg¨²n la denuncia, Telef¨®nica incumpl¨ªa desde 1993 la Ley de Defensa de la Competencia y el art¨ªculo 86 del Tratado de la Comunidad Econ¨®mica Europea con la "aplicaci¨®n de tarifas discriminatorias y precios predatorios, el condicionamiento de contratos a la aceptaci¨®n de cl¨¢usulas de exclusividad y la vinculaci¨®n de la prestaci¨®n de servicios en competencia con otros prestados en monopolio". Seg¨²n la denuncia, Telef¨®nica aplicaba a BT precios distintos a los oficiales por el alquiler de l¨ªneas y circuitos de comunicaci¨®n por ser un competidor. Adem¨¢s, afirma que Telef¨®nica ofrec¨ªa a sus clientes esos mismos servicios con descuentos para obstruir la competencia de BT. El operador dominante tambi¨¦n facilitaba a posibles clientes de BT servicios en condiciones y precios m¨¢s ventajosos en ¨¢reas en las que no pod¨ªa encontrar competencia (servicios de voz nacional) a cambio de la contrataci¨®n de otros que s¨ª estaban liberalizados.
Servicios liberalizados
Durante la vista, Telef¨®nica aleg¨® que BT no estaba autorizada en 1993 a prestar servicios como la telefon¨ªa b¨¢sica, que pretend¨ªa satisfacer mediante el arrendamiento de circuitos. Sin embargo, el Tribunal indica en su resoluci¨®n que los servicios a los que se refiere Telef¨®nica (telefon¨ªa vocal en grupo cerrado de usuarios) tienen la consideraci¨®n de servicios de valor a?adido, que pod¨ªan ser prestados en competencia ya en esa ¨¦poca. El Tribunal da la raz¨®n a la operadora brit¨¢nica y explica que la compa?¨ªa presidida ahora por Juan Villalonga ha abusado "de su posici¨®n de dominio, al aplicar en sus relaciones de servicio condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que colocaban a BT en situaci¨®n desventajosa frente a Telef¨®nica".
El Tribunal que preside Amadeo Petitb¨® constata, adem¨¢s, que la operadora condicionaba la eficacia de los servicios contratados por la Asociaci¨®n de Mediadores del Mercado Monetario Internacional (AMMI), una de las bases de la denuncia, al cumplimiento de "condiciones de exclusividad y vinculaba la prestaci¨®n de los servicios en los que pod¨ªa existir competencia (transmisi¨®n internacional de voz) con otros en los que la competencia era mucho m¨¢s dif¨ªcil", (servicio nacional de voz)".
La resoluci¨®n se?ala que el Servicio de Defensa de la Competencia "considera que la conducta de Telef¨®nica en relaci¨®n con la AMMI supone, adem¨¢s, la aplicaci¨®n de precios predatorios", orientados a perjudicar a uno o varios competidores. Sin embargo, el Tribunal ha considerado que para probarlo es necesario el an¨¢lisis de precios y costes de Telef¨®nica, por lo que en su ausencia prima el principio de presunci¨®n de inocencia y desestima esa consideraci¨®n al dictar sentencia. A¨²n as¨ª, se trata de la multa m¨¢s alta impuesta por este Tribunal a una sola empresa e incluso su cuant¨ªa podr¨ªa haber sido mayor (hasta 7.331 millones), ya que la ley contempla un m¨¢ximo del 10% de las ventas en el mercado al que se refiere la denuncia. Mientras dur¨® su alianza estrat¨¦gica con Telef¨®nica, entre abril de 1997 y febrero de 1998, BT mantuvo su denuncia, pero no removi¨® el asunto hasta que la uni¨®n se rompi¨®. El Tribunal, que comunicar¨¢ su resoluci¨®n a los servicios de la Competencia de la Comisi¨®n Europea, "intima a Telef¨®nica para que en el futuro se abstenga" de realizar pr¨¢cticas prohibidas.
Conducta reincidente
Destaca que "en lo referente a la reiteraci¨®n de conductas, no es la primera vez que Telef¨®nica, ampar¨¢ndose en su posici¨®n de dominio, ha abusado de ella". Recuerda una resoluci¨®n de 1981 que declar¨® una pr¨¢ctica abusiva por la modificaci¨®n irregular de tarifas a particulares y otra de 1995 por retrasar el suministro de l¨ªneas a un competidor, 3C. Telef¨®nica, que considera "la resoluci¨®n no ajustada a derecho por entender que su pol¨ªtica comercial ten¨ªa suficiente cobertura normativa" ha anunciado que recurrir¨¢. En un comunicado, su equipo gestor record¨® ayer que los hechos a los que se refiere la denuncia, y que se extienden desde 1993 a mediados de 1995 seg¨²n el Tribunal, son anteriores al inicio de su etapa en la empresa.
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