El juez cree que Gil desvi¨® dinero p¨²blico al Atl¨¦tico para que no bajase a Segunda B
El Atl¨¦tico de Madrid carec¨ªa en 1993 del patrimonio neto necesario para poder formar parte de la Liga de F¨²tbol Profesional, por lo que estaba abocado a descender a la Segunda Divisi¨®n B. Seg¨²n el juez Santiago Torres, ¨¦ste fue el m¨®vil por el que el alcalde de Marbella (M¨¢laga) y presidente del club, Jes¨²s Gil, realiz¨® "maniobras contables" para desviar 450 millones de pesetas de las arcas municipales a la sociedad deportiva. Por ello le imputa los presuntos delitos de malversaci¨®n y falsedad documental y contable.
El juez Santiago Torres ha confirmado la responsabilidad civil del caso en 1.200 millones de pesetas, decisi¨®n contra la que el equipo de abogados de Jes¨²s Gil redact¨® ayer recurso de queja ante la Audiencia de M¨¢laga. En los razonamientos jur¨ªdicos del auto de ratificaci¨®n, dictado el d¨ªa 7, Torres hace una detallada descripci¨®n de los hechos por los que mantiene imputados a Gil y otras ocho personas m¨¢s.La tesis del instructor es que durante las temporadas 1991-92 y 1992-93 los jugadores del Atl¨¦tico de Madrid lucieron en sus camisetas publicidad de Marbella de forma gratuita y que los contratos existentes son ficticios y se realizaron despu¨¦s de terminada la segunda de ellas para dar cobertura legal a los pagos realizados por el Ayuntamiento. De hecho, no fue hasta 1995 cuando se incluyeron en la contabilidad municipal y con la advertencia del interventor de que no exist¨ªa ning¨²n antecedente del expediente en los archivos para el reconocimiento de la deuda.
Siempre seg¨²n el relato de Torres, en junio de 1993 una auditor¨ªa realizada por CGN Auditores desvel¨® que el neto patrimonial del Atl¨¦tico de Madrid no llegaba al 50% del capital social del club, que era el m¨ªnimo exigido por la comisi¨®n mixta de transformaci¨®n de los clubes en sociedades an¨®nimas deportivas. El capital social del Atl¨¦tico era de 2.062 millones de pesetas y su patrimonio neto no llegaba a los 700 millones. La diferencia, hasta los 1.031 millones precisos, viene a coincidir con la cantidad en la que se estipul¨® el precio de la publicidad de Marbella en las camisetas: 450 millones.
El magistrado asevera que en julio de 1993 una persona del club, presumiblemente el director general, Miguel ?ngel Gil Mar¨ªn, hijo del presidente, entreg¨® al auditor copias de los contratos, de los que hasta ese momento no hab¨ªa constancia ni en el club, ni en el Ayuntamiento, ni en el Consejo Superior de Deportes. Ello, concluye Torres, "refuerza la apariencia de que tales contratos no son sino el soporte ficticio que pretendi¨® dar cobertura a una maniobra contable que permitiera al club evitar la p¨¦rdida del car¨¢cter profesional y su descenso a la Segunda Divisi¨®n B".
Prueba graf¨ªstica
No obstante, el juez reconoce la provisionalidad de los indicios "a falta del resultado de la pericial graf¨ªstica encomendada". Esta prueba ha sido solicitada por la defensa de Gil para determinar la antig¨¹edad de los contratos y puede tener un valor concluyente, ya que la presunta falsedad de los mismos constituye el principal argumento del fiscal y el juez para sostener las imputaciones contra Gil.La defensa de Gil considera que el fundamento de la supuesta falsedad de los contratos es una "incuestionable arbitrariedad, tan s¨®lo orientada a construir apod¨ªcticamente una tesis acusatoria". En el recurso redactado ayer, el equipo que dirige el abogado Horacio Oliva sostiene que habr¨ªa sido "prudente" esperar al resultado de la prueba caligr¨¢fica "antes" de montar los indicios "en base a unas conjeturas que nunca van a ser corroboradas en la pr¨¢ctica".
Tambi¨¦n critica la defensa el pormenorizado relato del juez en el auto de desestimaci¨®n del recurso por la fianza civil y se pregunta c¨®mo, si tiene tan claro el devenir de los hechos, dicta dos d¨ªas antes otro auto en el que dispone que la polic¨ªa investigue las cuentas de los nueve imputados.
Tambi¨¦n argumenta la defensa que la Ley del Deporte no contempla el descenso de categor¨ªa para el club que no disponga de un neto patrimonial equivalente al 50% de su capital social.
La defensa argumenta que es "notorio y obvio" que el objeto de los contratos, la publicidad en las camisetas, se cumpli¨® y asevera que demostrar¨¢ que se firmaron en la fecha que consta en ellos.
De otro lado, la defensa sostiene que es "imposible" propugnar que existi¨® delito de malversaci¨®n porque no hay una Administraci¨®n perjudicada. Para ello se remite a un acuerdo aprobado en el pleno municipal marbell¨ª el pasado 24 de marzo en el que se declara que "no ha existido ning¨²n perjuicio para el Ayuntamiento de Marbella por la celebraci¨®n de los referidos contratos de sponsorizaci¨®n" y que el consistorio "no tiene nada que reclamar".
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