Las razones del ministro
El ministro del Interior mantiene en su nueva resoluci¨®n la estructura jur¨ªdica de su anterior, de fecha 9 de diciembre de 1998, sustituyendo los puntos que se derivan del escenario erigido por los jueces lores. He aqu¨ª lo b¨¢sico de las 36 principales razones del ministro: "Seis de los siete jueces lores han expresado el 24 de marzo de 1999 que el ministro debe reconsiderar su decisi¨®n del 9 de diciembre a la luz de la muy significativa reducci¨®n en el n¨²mero de delitos de extradici¨®n respecto a los del fallo del 25 de noviembre".
El ministro "ha estudiado el acuerdo de extradici¨®n m¨¢s relevante, esto es el Convenio Europeo de Extradici¨®n. La obligaci¨®n del Reino Unido consiste en extraditar al senador Pinochet a Espa?a en coherencia con el Convenio. Esta es una consideraci¨®n a la cual el ministro da un peso particular".
"Los ¨²nicos delitos de extradici¨®n de la solicitud espa?ola de extradici¨®n, seg¨²n la ley brit¨¢nica, son los delitos de conspiraci¨®n para torturar y tortura posteriores al 8 de diciembre de 1988".
"El ministro ha visto lo que se alega en la petici¨®n espa?ola antes del 8 de diciembre de 1988, pero solamente por lo que tiene de relevante para los hechos criminales que presuntamente han ocurrido despu¨¦s de esa fecha, por ejemplo, para saber si los actos de tortura posteriores a esa fecha han sido cometidos en el curso de una conspiraci¨®n iniciada con anterioridad, de modo que puedan constituir una acusaci¨®n de conspiraci¨®n para torturar que continu¨® despu¨¦s de esa fecha".
"El ministro no acepta el argumento de la defensa del senador Pinochet de que debe ser tratado como inmune a menos que se le demuestre que ha sido autor de los relevantes delitos que se le imputan. Tampoco cree que la mayor¨ªa de la c¨¢mara de los lores haya resuelto, como pretende el senador Pinochet, que la inmunidad respecto a la tortura o conspiraci¨®n para torturar solo se interrumpe cuando la tortura es aplicada masiva o sistem¨¢ticamente".
"El ministro ha sido invitado a considerar, de parte de Espa?a, material fresco procedente del juzgado central de instrucci¨®n n¨²mero 5 de la Audiencia Nacional...El ministro no ve este material como "suplementario", seg¨²n el art¨ªculo 13 del Convenio Europeo de Extradici¨®n ya que como parte requerida no ha estimado necesario pedir ese material de Espa?a para adoptar su decisi¨®n. No obstante, el ministro ha visto el material como parte de las alegaciones que le han sido dirigidas en el contexto de valorar si, como sostiene el senador Pinochet, las acusaciones espa?olas no son hechas y mantenidas de buena fe".
"Tampoco cree el ministro que el paso del tiempo hace injusto o opresivo emitir una autorizaci¨®n para proceder en este caso. No parece que el senador Pinochet este en tales condiciones como para no soportar un juicio. Aunque el ministro ha valorado el efecto de la ¨²ltima resoluci¨®n de los lores, al reducir el n¨²mero y la extensi¨®n de las acusaciones potenciales, los delitos que han sobrevivido y por los que se solicita la extradici¨®n son graves y su naturaleza es tal que el paso del tiempo no es una restricci¨®n para ser perseguidos. Els un caso de acusaci¨®n y, normalmente, la fiabilidad de la memoria de los testigos puede ser considerada como un asunto del proceso de instrucci¨®n".
"El ministro ha considerado las alegaciones del senador Pinochet seg¨²n las cuales el planteamiento de la extradici¨®n constituye un abuso del proceso de extradici¨®n y no considera que en este momento dichas alegaciones sean suficientes como para no emitir una autorizaci¨®n a proceder".
"La defensa del senador Pinochet y el Gobierno chileno argumentaron que el senador debe ser devuelto a Chile, donde podr¨ªa someterse a juicio, y que es artificial exigir una petici¨®n de extradici¨®n por parte de Chile ya que el regreso ser¨ªa voluntario. No obstante, en ausencia de dicha petici¨®n, no existe solicitud de extradici¨®n del Gobierno Chileno que el ministro pueda considerar seg¨²n la ley brit¨¢nica. M¨¢s aun, no hay ninguna provisi¨®n en la ley internacional que excluya la jurisdicci¨®n de Espa?a en este asunto. El ministro no considera que la posibilidad de juicio en Chile sea un factor que compense las obligaciones del Reino Unido bajo el Convenio Europeo de Extradici¨®n de extraditar al senador Augusto Pinochet a Espa?a".
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