Navarra regula que la deuda tributaria se pueda pagar con bienes de valor cultural
El Gobierno de Navarra aprob¨® ayer la regulaci¨®n del procedimiento para que el pago de ciertas deudas tributarias pueda ser realizado mediante la entrega de bienes declarados de inter¨¦s cultural o integrantes del patrimonio hist¨®rico espa?ol. Concretamente, la deuda tributaria de los impuestos sobre Sucesiones, Patrimonio, IRPF y Sociedades podr¨¢ realizarse entregando bienes de inter¨¦s cultural, bienes inscritos en el registro general de Bienes de Inter¨¦s Cultural o bienes incluidos en los inventarios oficiales de inter¨¦s hist¨®rico, art¨ªstico y cultural. Esta posibilidad de saldar cuentas con Hacienda con unos bienes determinados, que ya exist¨ªa en el resto de Espa?a, estaba legislada en Navarra, pero carec¨ªa de su correspondiente desarrollo reglamentario. Le correponde al consejero de Econom¨ªa y Hacienda el actuar como ¨®rgano competente para aceptar o rechazar el pago de una deuda tributaria mediante este procedimiento ahora reglamentado en la comunidad foral. Una vez recibida la solicitud, el Servicio de Recaudaci¨®n solicitar¨¢ a la Direcci¨®n General de Cultura-Instituci¨®n Pr¨ªncipe de Viana un informe en el que se exprese de forma motivada el inter¨¦s que pudiera existir para Navarra de adquirir los bienes ofertados. Si el informe que resulta es positivo, se adjuntar¨¢ al mismo la valoraci¨®n de los bienes culturales o de patrimonio hist¨®rico, que ser¨¢n puestos a disposici¨®n de la Administraci¨®n en el plazo fijado para ello. La entrega de los bienes surtir¨¢ efectos similares al pago dinerario de los d¨¦bitos que resulten cubiertos por su valor de tasaci¨®n.
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