Carles Viver: "Se vulner¨® la presunci¨®n de inocencia"
El vicepresidente del Tribunal Constitucional, Carles Viver Pi-Sunyer, ponente de la sentencia que supuso la excarcelaci¨®n de la antigua direcci¨®n de Herri Batasuna, formul¨® tambi¨¦n un voto particular concurrente, al que se han adherido los magistrados Julio Diego Gonz¨¢lez Campos, Tom¨¢s Vives Ant¨®n y Mar¨ªa Emilia Casas Baamonde.En este voto se indica que todos ellos est¨¢n "plenamente de acuerdo con el fallo y la argumentaci¨®n que lleva a ¨¦l, en la que se razona la evidente desproporci¨®n entre las conductas sancionadas y la pena impuesta", en relaci¨®n con la sentencia de la mayor¨ªa de los magistrados del Tribunal Constitucional. "Sin embargo", contin¨²a Viver, "creo que la sentencia deber¨ªa haber otorgado el amparo por vulneraci¨®n del derecho a la presunci¨®n de inocencia de los recurrentes, consagrado en el art¨ªculo 24.2 de la Constituci¨®n". "Dada la entidad del quebranto constitucional producido y atendida la naturaleza y las funciones constitucionales del proceso de amparo", prosigue, "estimo que la sentencia no deb¨ªa limitarse a enjuiciar la constitucionalidad del precepto aplicado, sino que, siguiendo una pr¨¢ctica habitual en nuestra jurisprudencia, deber¨ªa haber examinado tambien la alegaci¨®n relativa a la presunci¨®n de inocencia, para estimarla".
Viver admite que no corresponde al Constitucional la funci¨®n de volver a valorar las pruebas y cotejar sus conclusiones con las alcanzadas por los ¨®rganos judiciales, en este caso el Supremo, pero aunque la perspectiva de control del Constitucional sea limitada y externa tiene encomendado el velar por que se cumpla la garant¨ªa de la presunci¨®n de inocencia.
Tambi¨¦n admite Viver que est¨¢ probado que la cesi¨®n de espacios para la difusi¨®n del v¨ªdeo de ETA fue responsabilidad de la Mesa de HB en su conjunto. Sin embargo, el problema surge a la hora de individualizar la responsabilidad penal de cada uno de sus miembros. "El que haya quedado convincentemente probado que la actividad delictiva parti¨® de la Mesa de HB no comporta, evidentemente, que haya quedado probada la responsabilidad penal de cada uno de los condenados".
Al contrario que el Supremo, Viver considera insuficiente para la condena individual de cada uno de los antiguos dirigentes de HB la pertenencia a ese organismo, el contenido del comunicado de la Mesa de 20 de febrero en el que se asum¨ªa la autor¨ªa, el contenido de las declaraciones de cada uno de los acusados o la falta de respuestas a las preguntas de la acusaci¨®n.
"Ninguno de estos hechos", dice Viver, ni en su valoraci¨®n conjunta ni, por supuesto, individualmente considerado, constituyen indicio suficiente para probar la presencia de los demandantes de amparo en la referida reuni¨®n [en la que se aprob¨® la cesi¨®n de los espacios a ETA]".
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