El ¨¢rbol envenenado, teor¨ªa de la inacci¨®n
El ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Juan Gabriel Vald¨¦s, escrib¨ªa en su carta del 23 de julio en referencia a las recomendaciones judiciales elevadas al Gobierno espa?ol: "El Gobierno de Chile ha tomado nota de que el ministerio p¨²blico espa?ol, despu¨¦s de cinco meses de inacci¨®n, ha entablado, desde el 2 de mayo pasado, "con el fin de velar por la pureza del procedimiento", varios recursos de reforma en contra de los autos del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 5 que versan tanto sobre dichas anomal¨ªas procesales como sobre la falta de jurisdicci¨®n espa?ola en la materia".Por lo que puede verse, el escrito del fiscal Pedro Rubira tranquiliza a Vald¨¦s y explica la inacci¨®n con la teor¨ªa del ¨¢rbol envenenado: "No fue necesario el recurrir cada uno de estos pronunciamientos dictados por el Juzgado Central".
La verdadera raz¨®n de la inacci¨®n, seg¨²n fuentes de la propia Fiscal¨ªa, no fue que el ¨¢rbol estuviera envenenado. Fue otra: la confianza en que, tras anularse el fallo del 25 de noviembre de 1998, el Reino Unido, finalmente, no har¨ªa la faena de enviar a Pinochet a Espa?a. Para qu¨¦, reconocen esas fuentes, recurrir las resoluciones de Baltasar Garz¨®n.
A partir del 14 de abril, fecha en que el ministro brit¨¢nico del Interior, Jack Straw, vuelve a autorizar el procedimiento de extradici¨®n -por tortura y conspiraci¨®n para la tortura a partir del 8 de diciembre de 1988-, y de los autos de Garz¨®n de la ¨²ltima semana de abril, la Fiscal¨ªa vuelve a ponerse en movimiento.
El escrito de Rubira tiene la impronta del fiscal jefe, Eduardo Fungairi?o, aqu¨¦l que aflor¨® con su nota del 2 de octubre de 1997 sobre los casos de Chile y Argentina. Seg¨²n explicaba Fungairi?o, all¨ª los militares provocaron un golpe de Estado con el objetivo de restablecer, tras un periodo temporal, la Constituci¨®n.
Seg¨²n Rubira, aqu¨ª los delitos en cuesti¨®n no ser¨ªan de tortura, porque los militares y polic¨ªas chilenos torturaban para sembrar el terror u obtener informaci¨®n sobre terceras personas, mientras que en Espa?a ser¨ªa delito si concurriese "el elemento teleol¨®gico", si la tortura es practicada en medio de una investigaci¨®n policial o judicial "con el fin de obtener una confesi¨®n o un testimonio".
Pero lo que el escrito no razona es por qu¨¦ la resoluci¨®n de los lores y de Straw de seguir adelante con la extradici¨®n por tortura y conspiraci¨®n para la tortura supone "la nulidad de pleno derecho" de las resoluciones de Garz¨®n. Una de las sentencias acept¨® todas las conductas tipificadas por el juez; la otra las recort¨®. Pero con ese recorte, y el apoyo por segunda vez del Ministerio del Interior, quedan a partir del 8 de diciembre de 1988 casi 60 casos.
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