Destinado a M¨¦rida el juez rehabilitado tras su expulsi¨®n por grave retraso
El juez Jos¨¦ Manuel Lizasoain, expulsado de la carrera judicial por un grave retraso en el despacho de los asuntos de su juzgado en Legan¨¦s (Madrid) y reintegrado a la judicatura siete a?os despu¨¦s por una sentencia del Tribunal Supremo, volver¨¢ a ejercer en M¨¦rida, a donde ha sido destinado como magistrado de la Secci¨®n Tercera de la Audiencia de Badajoz.Dicha secci¨®n es un tribunal perteneciente a la Audiencia Provincial de Badajoz, que tiene su sede en M¨¦rida y que es de nueva creaci¨®n, por lo que carece de asuntos pendientes. Lizasoain se incorporar¨¢ al mismo como uno de los tres magistrados que integran este tipo de tribunales.
El destino de Lizasoain apareci¨® en el BOE de ayer despu¨¦s de que el Consejo General del Poder Judicial le ordenase concursar a todas las plazas de magistrados que estuviesen vacantes antes de reintegrarle a la carrera judicial. Su nombramiento apareci¨® en el ¨²ltimo lugar de los acordados por la Comisi¨®n Permanente del Consejo, una vez resueltos todos los dem¨¢s.
Lizasoain fue expulsado de la judicatura en 1991 por el Consejo General del Poder Judicial ante el "retraso escandaloso" en el despacho de los asuntos de su juzgado, el n¨²mero 1 de Legan¨¦s, y su "incapacidad total y absoluta" para impartir justicia.
En enero de 1999, una sentencia del Tribunal Supremo, de la que fue ponente el magistrado Vicente Conde Mart¨ªn de Hijas tras conocer su nombramiento como magistrado del Constitucional a propuesta del PP, sustituy¨® la expulsi¨®n por un a?o de suspensi¨®n y orden¨® que se pagasen a Lizasoain los siete a?os de retribuciones que hab¨ªa dejado de percibir. Esta sentencia fue duramente criticada en amplios c¨ªrculos judiciales y en el seno del propio Consejo.
Tras la etapa de Lizasoain, el juzgado de Legan¨¦s precis¨® tres jueces de apoyo durante tres a?os para poner al d¨ªa los miles de asuntos que dej¨® pendientes de resolver. Entre ellos se encontraban 425 apelaciones de juicios de faltas que el juez celebr¨® sin imponer despu¨¦s la sentencia y que tuvieron que celebrarse de nuevo.
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