?Qu¨¦ hacemos con los horarios comerciales? GERM? BEL
La discusi¨®n sobre la libertad de los horarios comerciales ha reaparecido con fuerza. La Ley de Comercio de 1996 estableci¨® como horizonte la libertad total de cada comerciante para fijar el horario de apertura, el n¨²mero de horas diarias o semanales de actividad y la decisi¨®n de abrir o cerrar en los d¨ªas festivos. Durante una fase transitoria, hasta el 1 de enero de 2001, se preve¨ªa una regulaci¨®n limitativa. Ahora, a medida que nos acercamos al fin del periodo transitorio, la pol¨¦mica p¨²blica y la acci¨®n de los grupos de presi¨®n se acent¨²a para llevar la legislaci¨®n al terreno m¨¢s favorable para cada uno.?Qu¨¦ defienden los grupos con inter¨¦s en el asunto? Desde los sectores que representan al peque?o y mediano comercio se prefiere que la situaci¨®n no cambie. En todo caso, se acepta el aumento del n¨²mero m¨¢ximo de horas de apertura desde 72 hasta 90 a la semana, pero sin modificar las posibilidades de abrir en domingos y festivos. Por el contrario, la patronal de las grandes superficies comerciales -ANGED- es indiferente al aumento del n¨²mero m¨¢ximo de horas, pero desea ampliar las posibilidades de apertura en domingos y festivos, que en general se sit¨²an ahora en ocho d¨ªas al a?o.
Existen otros intereses -peor organizados- que han recibido mucha menos atenci¨®n por el momento: los intereses de los consumidores. En este sentido, las restricciones a la libertad de horarios van en direcci¨®n opuesta a la evoluci¨®n de los h¨¢bitos sociales y al cambio en las pautas de vida de las familias. Cada vez m¨¢s hogares (unipersonales o pluripersonales) tienen a todos sus miembros mayores de edad incorporados al mercado de trabajo. La gran coincidencia entre horarios laborales y horarios comerciales es un problema para muchas personas. Encuestas recientes del CIS indican que m¨¢s del 25% de espa?oles se siente limitado por las restricciones de horarios comerciales. Este porcentaje es creciente en el tiempo, y a¨²n es mayor entre los sectores profesionales y asalariados urbanos, y en general entre la poblaci¨®n activa.
Por otra parte, no se entiende bien por qu¨¦ una disposici¨®n legal ha de limitar nuestra libertad para comprar bienes o servicios. Este argumento me parece tan importante como el del cambio de los h¨¢bitos sociales. Los ciudadanos podemos exigir libertad para desarrollar nuestra actividad en la forma que nos parezca m¨¢s oportuna y adecuada a nuestras preferencias. Y si algunos prefieren realizar su actividad de compra en domingo o festivo, ?por qu¨¦ prohibirlo? Esto no implica, por supuesto, obligar a abrir a ning¨²n establecimiento de comercio. S¨®lo requiere permitir que abra quien quiera abrir para que pueda comprar quien quiera hacerlo. En ¨²ltima instancia, si la demanda real de posibilidad de elecci¨®n es tan baja como predican algunos de los defensores de las prohibiciones, no habr¨¢ comercios abiertos al no ser obligatoria la apertura.
Parece clara la conveniencia de establecer la libertad de horarios comerciales; por motivos objetivos, derivados de los cambios en las pautas de vida de las familias, y tambi¨¦n por razones de car¨¢cter subjetivo, derivadas de la libertad que los ciudadanos y ciudadanas de una sociedad moderna tenemos derecho a disfrutar.
No hay que descartar totalmente la idea de que la libertad de horarios pueda provocar a corto plazo algunos problemas en los comercios tradicionales. Las grandes superficies comerciales pueden adaptarse con m¨¢s rapidez a un escenario de mayor libertad, y es posible que su estructura de costes se resienta menos que la del peque?o y mediano comercio. Aunque el periodo transitorio de cinco a?os que va a concluir estaba pensado para adaptar el comercio tradicional a la libertad, las asociaciones del sector siguen alegando falta de adaptaci¨®n. Teniendo en cuenta esto, ?es posible avanzar en la libertad de horarios sin riesgo de causar perjuicios relevantes al comercio tradicional?
Tomando la situaci¨®n actual como punto de partida, la libertad de horarios se podr¨ªa establecer de forma gradual. Inicialmente,la libertad de apertura los domingos y festivos se podr¨ªa circunscribir al peque?o y mediano comercio. As¨ª, aquellos comerciantes que eligieran abrir dispondr¨ªan de un (nuevo) periodo transitorio durante el cual podr¨ªan adaptar su organizaci¨®n y su estructura de costes al nuevo escenario. Hasta el final de este periodo transitorio, las grandes superficies no dispondr¨ªan de esta mayor libertad de apertura.
Durante un tiempo existir¨ªa una discriminaci¨®n positiva a favor del peque?o y mediano comercio, pero este tipo de situaciones no son excepcionales en la econom¨ªa actual. Por ejemplo, la libertad de elecci¨®n de suministrador el¨¦ctrico est¨¢ circunscrita ahora a los grandes consumidores de energ¨ªa el¨¦ctrica (es pertinente notar que en este ¨²ltimo caso la discriminaci¨®n favorece, parad¨®jicamente, a las empresas m¨¢s grandes).
Un avance gradual, pero decidido, en la libertad de horarios comerciales permitir¨ªa conseguir varios objetivos deseables sin riesgo de perjuicios relevantes. Por una parte, la situaci¨®n ser¨ªa m¨¢s coherente con la evoluci¨®n de las pautas de vida de las familias. Por otra, facilitar¨ªa la adaptaci¨®n competitiva de los peque?os y medianos comercios que ejercieran la libertad de apertura. Esta adaptaci¨®n, en todo caso, es necesaria dada la profunda transformaci¨®n de formatos de venta que ya est¨¢ imponiendo el comercio electr¨®nico.
El modelo de centro urbano mediterr¨¢neo y vitalista se ver¨ªa favorecido por este cambio. Adem¨¢s, como es bien conocido desde que se permiti¨® la apertura dominical de las panader¨ªas, aumentar¨ªa el empleo y mejorar¨ªa la calidad y la variedad de los productos ofrecidos. Y, lo que es m¨¢s importante, aumentar¨ªa en general la libertad de elecci¨®n, algo muy satisfactorio para ciudadanos adultos de una sociedad moderna.
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