El Supremo anula la aprobaci¨®n del Gobierno a la concentraci¨®n de la SER y Antena 3 Radio
El Grupo PRISA comunica a la CNMV que la sentencia no afecta a su salida a Bolsa
Madrid El Tribunal Supremo anul¨® ayer un acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de mayo de 1994 por el que decidi¨® no oponerse a la concentraci¨®n consistente en la cesi¨®n de la gesti¨®n de la SER y Antena 3 de Radio en favor de Uni¨®n Radio. El Supremo precisa que la aprobaci¨®n de esa concentraci¨®n no lesion¨® los derechos y libertades amparados por la Constituci¨®n, pero anula ese acuerdo del Ejecutivo. La sentencia, notificada el d¨ªa en que comenzaba la Oferta P¨²blica de Venta (OPV) de PRISA, no altera su salida a Bolsa ni el calendario anunciado para ello.
Una crisis interna en el seno de Antena 3 de Radio precedi¨® a la entrada del Grupo PRISA en su accionariado. El conflicto estall¨® el 14 de julio de 1992, cuando el entonces director general de Antena 3 de Radio, Manuel Mart¨ªn Ferrand, que aspiraba al control de la cadena, puso sobre la mesa del Consejo de Administraci¨®n la destituci¨®n de su presidente y accionista mayoritario, Javier de God¨®. El consejo aprob¨® primero la destituci¨®n, pero rectific¨® una semana m¨¢s tarde, reponiendo a God¨® en su cargo.Mart¨ªn Ferrand dimiti¨® y con ¨¦l sali¨® un grupo de profesionales.El 1 de diciembre de 1993, Uni¨®n Radio, Antena 3 de Radio y la SER notificaron al Servicio de Defensa de la Competencia la operaci¨®n por la que estas dos ¨²ltimas empresas ced¨ªan la gesti¨®n de las mismas a Uni¨®n Radio, entidad constituida en un 80% por PRISA y en un 20% por Talleres de Imprenta, SA, editora de La Vanguardia. Esa notificaci¨®n no era necesaria seg¨²n la ley vigente entonces, pero las sociedades implicadas lo hicieron en un esfuerzo de transparencia, permitiendo as¨ª la apertura de un expediente de concentraci¨®n por parte del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC).
A ra¨ªz de ese expediente, el tribunal propuso al Gobierno que no autorizara dicha concentraci¨®n, salvo que las empresas afectadas cumplieran ciertas condiciones. El Consejo de Ministros de 20 de mayo de 1994 acord¨® no oponerse a la concentraci¨®n notificada, subordinando tal aprobaci¨®n al cumplimiento de un l¨ªmite sobre el n¨²mero de emisoras que la SER y Antena 3 tuvieran, en propiedad o en asociaci¨®n fuerte, en una misma zona de cobertura; y exigiendo que se debilitara la relaci¨®n contractual existente entre las empresas que se concentraban y las emisoras asociadas a las mismas. Esas condiciones fueron cumplidas por las empresas afectadas, que para ello enajenaron emisoras y modificaron su acuerdo marco.
Seis a?os despu¨¦s de esa decisi¨®n del Consejo de Ministros, y coincidiendo con el d¨ªa de la Oferta P¨²blica de Venta (OPV) de acciones de PRISA, la secci¨®n tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo -presidida por ?ngel Rodr¨ªguez Garc¨ªa, e integrada por Fernando Ledesma, Eladio Escusol, ?scar Gonz¨¢lez, Segundo Men¨¦ndez y Manuel Campos- ha emitido una sentencia que revisa el criterio que dio origen a la aprobaci¨®n de esa concentraci¨®n. Lo ha hecho cuando se ha modificado sustancialmente el panorama de la radio espa?ola: se ha ampliado en 350 el n¨²mero de emisoras de FM existentes; se han adjudicado licencias de radio digital; y se ha producido la compra por Telef¨®nica de 102 emisoras de Onda Cero a la ONCE, en una operaci¨®n que, con incorporaciones y pactos posteriores, ha originado una cadena de 247 estaciones, entre propias y asociadas.
Fundamentos del fallo
La decisi¨®n notificada ayer por el Supremo se produce como consecuencia de una demanda planteada en su d¨ªa por los profesionales Antonio Herrero -ya fallecido-, Manuel Mart¨ªn Ferrand, Melchor Miralles, Pedro J. Ram¨ªrez, Luis ?ngel de la Viuda, Federico Jim¨¦nez Losantos, Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa y Luis Herrero, quienes pidieron al Supremo que declarase nulo el acuerdo del Gobierno de 1994 que autoriz¨® la concentraci¨®n; o, subsidiariamente, que fuera anulado. A esa demanda se opusieron el abogado del Estado y las representaciones legales de Uni¨®n Radio, Antena 3 de Radio y la SER.
El 8 de octubre de 1999 se se?al¨® para la votaci¨®n y fallo de este recurso la fecha del 12 de enero de 2000, pero el propio tribunal aplaz¨® el dictado de la sentencia para pedir un peritaje. El pasado 1 de junio, el tribunal reanud¨® la deliberaci¨®n; el 9 de junio se firm¨® el fallo y ayer fue notificado.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Segundo Men¨¦ndez P¨¦rez, argumenta que las operaciones de concentraci¨®n econ¨®mica en el ¨¢mbito de los medios de comunicaci¨®n social "presentan una problem¨¢tica espec¨ªfica" y no deben tener como ¨²nico referente la preservaci¨®n del orden econ¨®mico, sino, con car¨¢cter prioritario, "la preservaci¨®n del orden pol¨ªtico y de los principios b¨¢sicos de una sociedad democr¨¢tica".
La sala reconoce que la concentraci¨®n objeto de ese proceso no incurri¨® en ninguna de las situaciones previstas en la Ley de Ordenaci¨®n de las Telecomunicaciones (LOT) "pues no se modific¨® la titularidad de las concesiones ya otorgadas para la explotaci¨®n, ni una misma persona pas¨® a ser part¨ªcipe mayoritario en m¨¢s de una sociedad concesionaria".
Sin embargo, seg¨²n la sentencia, "contempladas desde su raz¨®n de ser, desde su esp¨ªritu o finalidad, o desde el estado de cosas que se pretende evitar, s¨ª se produjo una situaci¨®n en el funcionamiento real del mercado, an¨¢loga o similar a la definida en la letra e) en la que se dispone que una persona f¨ªsica o jur¨ªdica no podr¨¢ participar mayoritariamente en m¨¢s de una sociedad concesionaria cuando exploten servicios de radiodifusi¨®n sonora que coincidan sustancialmente en su ¨¢mbito de cobertura".
Al considerar que el contrato de gesti¨®n firmado entre las empresas participantes en la concentraci¨®n produce un "efecto equivalente" al que habr¨ªa tenido la toma de control completa de aquellas, el Supremo estima parcialmente el recurso y anula la decisi¨®n gubernamental que autoriz¨® esa concentraci¨®n. Por el contrario, deniega la nulidad solicitada por los demandantes, al no aceptar que se lesionaran derechos y libertades amparadas constitucionalmente.
La existencia del pleito interpuesto por Mart¨ªn Ferrand y otros contra la concentraci¨®n de la SER y Antena 3 ya hab¨ªa sido comunicada por PRISA a la CNMV y figura en el folleto informativo de la OPV.
Ayer, tras conocerse el fallo, PRISA comunic¨® a la CNMV el contenido de la sentencia y anunci¨® un recurso de Uni¨®n Radio. La comunicaci¨®n hizo constar que "en ning¨²n caso la sentencia afecta materialmente a la valoraci¨®n asignada al Grupo PRISA"; y que, en todo caso, las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia "no tendr¨ªan una repercusi¨®n apreciable en la evoluci¨®n de la cuenta de resultados" ni en el patrimonio de las compa?¨ªas.
La Asociaci¨®n de Radio Comercial, por su parte, reitera "la necesidad de una legislaci¨®n adecuada que resuelva los problemas que el sector tiene planteados en los ¨²ltimos tiempos".
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