El Supremo obliga a aplazar el derribo de la iglesia ilegal
Los jueces censuran la falta "de voluntad real" del alcalde de cumplir la sentencia de derribo
La Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha bloqueado la orden de derribo parcial de la iglesia de Nuestra Se?ora de las Fuentes (barrio del Pilar) al considerar que el Ayuntamiento y el arzobispado de Madrid tienen derecho a recurrir en casaci¨®n un auto del Tribunal Superior de Madrid que consideraba nulo el acuerdo de pleno que intentaba legalizar la iglesia y solicitaba la "inejecuci¨®n" de la sentencia. El Consistorio madrile?o y el arzobispado presentaron a fines de abril un recurso de queja ante el Supremo porque el Tribunal Superior les neg¨® la posibilidad de recurrir en casaci¨®n contra la anulac¨ª¨®n del acuerdo plenario del pasado 23 de marzo. Dicho acuerdo iniciaba los tr¨¢mites para legalizar la situaci¨®n urban¨ªstica del citado templo religioso y elud¨ªa as¨ª su demolici¨®n parcial.Los cinco jueces de la Secci¨®n Primera del Tribunal Superior se?alaron que, si bien cabe recurso contra una sentencia, no ocurre igual contra su ejecuci¨®n, que es lo que se ventila en la actualidad. El Supremo discrepa y, seg¨²n anunci¨® ayer el portavoz de esta instancia judicial, el Tribunal Superior debe dar un plazo de 30 d¨ªas a las partes para que preparen el citado recurso y lo fundamenten.
En la pr¨¢ctica, la decisi¨®n del Supremo supone aplazar el derribo varios meses, pero se trata de una cuesti¨®n formal que no implica que ¨¦ste no deba acometerse en el futuro, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas. El Supremo ya se pronunci¨® en su d¨ªa sobre la infracci¨®n urban¨ªstica de la iglesia al confirmar -por dos veces, en un recurso de casaci¨®n y, despu¨¦s, en otro de revisi¨®n- al Tribunal Superior.
La decisi¨®n del Supremo fue notificada ayer de forma verbal a los medios de comunicaci¨®n por un portavoz del Supremo y ser¨¢ redactada en los pr¨®ximos d¨ªas. El bloqueo del derribo parcial de la iglesia por parte del Supremo se produce justo el mismo d¨ªa en que el Tribunal Superior de Justicia comunic¨® a las partes un nuevo auto en el que rechazaba la petici¨®n del alcalde de Madrid, Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez del Manzano, de aplazar hasta el 15 de julio el derribo para no entorpecer las bodas y bautizos previstos en el templo. Y tambi¨¦n el mismo d¨ªa en que expiraba el plazo de 20 d¨ªas que hab¨ªa dado el Tribunal Superior al regidor para que cumpliese la ejecuci¨®n del derribo.
En el auto hecho p¨²blico ayer, los jueces del Tribunal Superior rechazan la pretensi¨®n del alcalde de posponer el derribo hasta el 15 de julio. Lo hacen as¨ª porque siguen sin ver en ¨¦l "una voluntad real" de cumplir una sentencia dictada hace siete a?os y que, aun estando confirmada por el Tribunal Supremo, sigue sin cumplirse. Antes de decidir si acced¨ªan a la petici¨®n del alcalde de parar la demolici¨®n hasta el d¨ªa 15 de julio, los jueces pidieron al Ayuntamiento un informe sobre el proyecto de derribo.
El alcalde se limit¨® a remitirles un proyecto b¨¢sico que los jueces consideran "insuficiente", puesto que carece del imprescindible "proyecto de ejecuci¨®n". En el proyecto b¨¢sico, explica el tribunal en el auto, "se reconoce la necesidad de un proyecto de ejecuci¨®n, que, al no haberse aportado, a pesar del requerimiento efectuado al alcalde de Madrid, se puede deducir que al d¨ªa de la fecha no existe". "Pero es que tambi¨¦n", agregan, "faltan las previsiones temporales de ejecuci¨®n, no constando cu¨¢ndo comenzar¨¢ la demolici¨®n parcial y si estar¨¢ terminada el d¨ªa 15 de julio de 2000, como manifest¨® el se?or alcalde en su recurso de s¨²plica". Estas razones llevan a los jueces a pensar que no existen "unas previsiones serias, ciertas y concretas [por parte del Ayuntamiento] para una ejecuci¨®n real de la parcial demolici¨®n de la iglesia (...)". Los magistrados del Tribunal Superior advirtieron hace 20 d¨ªas al alcalde de que le impondr¨ªan una multa de entre 25.000 y 250.000 pesetas si pasado ese periodo no hab¨ªa cumplido la sentencia de demolici¨®n. Adem¨¢s, le comunicaron que podr¨ªan abrirle diligencias penales por delito de desobediencia. El plazo expir¨® ayer, justo el mismo d¨ªa en que se conoci¨® la decisi¨®n del Supremo de permitir el citado recurso.
El Tribunal Superior tendr¨¢ que estudiar ahora si, a la vista de la decisi¨®n del Supremo, le impone o no la multa y si deduce testimonio contra el regidor madrile?o. Quien s¨ª ha recibido ya dos sanciones de 250.000 pesetas (y al menos una de ellas ya la ha abonado) ha sido el gerente de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, Luis Armada.
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