Cinco millones por el retraso en atender un infarto
Un retraso de 30 minutos en atender a un paciente fallecido tras sufrir un infarto de miocardio le ha supuesto al Ministerio de Sanidad una condena a abonar una indemnizaci¨®n de cinco millones de pesetas, seg¨²n una sentencia dictada el pasado 19 de abril por la Secci¨®n Cuarta de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, la misma sala que ha sentenciado en el caso de las listas de espera cardiaca.El enfermo, Benito Seligrat Herrero, ingres¨® el 30 de mayo de 1996 en el hospital Doce de Octubre, de Madrid, a causa de unas molestias respiratorias causadas por una bronquitis y un mareo sufrido unos d¨ªas antes. Le fue diagnosticada una "insuficiencia cardiaca izquierda por descompensaci¨®n secundaria a insuficiencia respiratoria" y fue ingresado en el servicio de Medicina Interna.
A las once de la ma?ana sufri¨® un s¨ªncope con p¨¦rdida de conciencia, del que se recuper¨® r¨¢pidamente. Una hora m¨¢s tarde se repiti¨® el incidente. El electrocardiograma subsiguiente permiti¨® detectarle una fibrilaci¨®n auricular compatible con un infarto agudo de miocardio.
Tras un an¨¢lisis a cargo de los especialistas coronarios, se le traslad¨® a las 12.50 a la unidad coronaria, en donde falleci¨®, tras maniobras de reanimaci¨®n cardiopulmonar, a las 13.15.
La sentencia de la Audiencia Nacional establece que desde que se diagnostic¨® el infarto hasta que se traslad¨® al enfermo a la unidad coronaria pasaron al menos 30 minutos. En el fallo se cita el informe de la inspecci¨®n m¨¦dica en el sentido de que el tiempo de demora "no parece el m¨¢s adecuado para trasladar un paciente (...) en un caso de m¨¢xima celeridad como era el presente".
Aunque no queda establecido que la tardanza fuera determinante en el fallecimiento, asegura la sentencia que s¨ª "incidi¨® en el tratamiento que pudiera hab¨¦rsele prestado", del que "no pudo beneficiarse". Los jueces recuerdan el criterio m¨¦dico de que "la probabilidad de muerte en el infarto de miocardio est¨¢ en relaci¨®n directa con el tiempo que se tarda en atender y tratar adecuadamente al paciente".
La Audiencia anula la inicial desestimaci¨®n por silencio del Ministerio de Sanidad y lo condena a abonar a Francisca Seligrat, hija del paciente fallecido, una indemnizaci¨®n de cinco millones de pesetas.
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