"Si no cambia nada, los fiscales violaremos la Constituci¨®n con la ley penal del menor"
El jefe de los fiscales de Sevilla ha decidido remangarse y entrar en faena ante la, a su juicio, prematura entrada en vigor de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, en enero pr¨®ximo. Alfredo Flores no quiere que la primera ocasi¨®n en que los fiscales instruyan los casos sea un fracaso por falta de medios y previsi¨®nPregunta. Hace unas semanas usted dijo una frase impactante. Asegur¨® que nunca en su carrera hab¨ªa violado de manera consciente la Constituci¨®n, pero que la entrada de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor le podr¨ªa llevar a hacerlo.Respuesta. Si se aplica la ley y no se modifican para nada los medios que tenemos, est¨¢ claro que los fiscales vamos a vulnerar la Constituci¨®n.
P. ?Habla de las garant¨ªas?
R. Lo que hay que recordar es que ¨¦sta es una ley penal, vamos a olvidarnos de lo de la tutela. La Constituci¨®n marca los derechos de presunci¨®n de inocencia, la inmediaci¨®n -el derecho a que cada persona sea o¨ªda-, el derecho a la prueba, la autodefensa y la defensa letrada. Ahora mismo, y estamos a seis meses de la entrada en vigor de la ley, no estamos en condiciones de asegurar ninguna de estas garant¨ªas.
P. As¨ª de dr¨¢stico.
R. Faltan los equipos de psic¨®logos, faltan los centros de cualquiera de los siete niveles que contempla la ley. Yo digo que una persona entre 14 y 18 a?os, que se puede subir hasta los 21, que tenga que ver con esta ley, es una persona a la que le estamos vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva. Lo he dicho, lo reitero y, sobre todo, lo ruego, como ya lo he hecho con el fiscal general del Estado, Ministerio de Justicia o las autoridades auton¨®micas y hasta locales. Esto no es un pulso de los fiscales a nadie. Lo que no puede ser no puede ser.
P. Seg¨²n esta ley, los fiscales instruir¨¢n los casos y cobran una especial importancia.
R. Nosotros queremos instruir. No me vale que se diga que no estamos preparados. Tampoco lo est¨¢ un reci¨¦n licenciado en Medicina si no ha tenido contacto con un quir¨®fano. Esta es la primera vez en la historia judicial de Espa?a que los fiscales van a instruir los casos. Pero el fiscal no quiere instruir con las mismas dificultades y los mismos defectos que se est¨¢ instruyendo hoy. Lo digo as¨ª de claro.
P. ?Tan mal est¨¢n los procesos?
R. La fase de instrucci¨®n en proceso penal se diferencia con mucho del juicio justo. Es verdad que en el juicio oral se ha avanzado mucho, pero en la fase de instrucci¨®n, indefensiones hay todas las que se quiera y con los menores no digamos.
P. La ley no contempla que tengan secretarios.
R. ?De d¨®nde ha salido esta idea? Mire usted, la fase de instrucci¨®n descansa en que alguien d¨¦ fe de lo que se est¨¢ haciendo. La ¨²nica persona que da fe en el ¨¢mbito de la justicia, que no del Poder Judicial, es el secretario. Si yo le tomo declaraci¨®n a un menor, el que da fe es el secretario. ?Qui¨¦n dir¨¢ si no que la declaraci¨®n tuvo lugar en presencia de "su se?or¨ªa", que en este caso es un fiscal? ?Qui¨¦n podr¨ªa dar fe de que los menores han estado detenidos un determinado n¨²mero de horas, qui¨¦n da fe de lo aprehendido a un detenido, pruebas anticipadas, etc¨¦tera?
P. ?Cree que sus quejas han hecho mella?
R. No. Hemos visto receptividad a estas peticiones entre las personas que no tienen la responsabilidad de tomar la decisi¨®n. La Junta tendr¨¢ que ser receptiva sobre el incremento del n¨²mero de funcionarios. Pero c¨®mo se muestra esto, pues incluy¨¦ndolo en los presupuestos o renegociando las competencias, que esa es mi opini¨®n, porque se le est¨¢ transfiriendo una competencia penal que antes no ten¨ªa. La Junta deber¨¢ ser receptiva en el plano econ¨®mico, pero de manera org¨¢nica le toca el turno a la Fiscal¨ªa General del Estado y a las Cortes.
P. ?Y c¨®mo responden?
R. Por el momento, hay una reuni¨®n monogr¨¢fica del Consejo Fiscal. La creaci¨®n de un cuerpo nacional de funcionarios p¨²blicos depende de las Cortes. Los equipos de psic¨®logos, educadores y trabajadores sociales forenses, que es as¨ª como se llaman, que contempla la ley deben crearse desde el Parlamento. Ser¨ªa compatible que de aqu¨ª a diciembre ese cuerpo estuviera creado, con su mecanismo de acceso, etc¨¦tera, y esa ley publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, con un calendario de convocatoria de oposici¨®n y s¨ª ser¨ªa aceptable que durante ese tiempo se contratara a personal interino. Eso s¨ª, no sine die.
P. ?Y los centros previstos?
R. Lo de los centros es un problema grave. La filosof¨ªa de esta ley es optimista y estima que hasta los 18 a?os podemos trabajar con estos j¨®venes delincuentes incidiendo en la rehabilitaci¨®n y la resocializaci¨®n. Pero el Tribunal Constitucional ya dice que no cabe al socaire de un proceso tutelar eliminar las garant¨ªas, por lo tanto esta ley dice, internamiento, s¨ª, privaci¨®n de libertad, s¨ª, aunque se trate de personas de 17 a?os. Se ha incidido mucho en que sea con car¨¢cter reeducador, sin olvidar el aspecto represivo, porque es la defensa social. Para esto, la ley ha establecido, digamos, una cascada de centros. Entonces, primero se puede acordar la detenci¨®n de un menor, que no debe ser un calabozo al uso y, adem¨¢s, seg¨²n la ley, tendr¨¢ que haber unas dependencias en la fiscal¨ªa donde los menores puedan estar recluidos hasta 72 horas. Pues el centro de internamiento no es m¨¢s que un centro de reclusi¨®n para j¨®venes, as¨ª de claro.
P. Pero hay m¨¢s previsiones y m¨¢s carencias.
R. Sigue la ley bajando y habla de centros de r¨¦gimen semi-abierto, que a m¨ª me suena a Tercer Grado. Luego hay r¨¦gimen abierto, residen en el centro de manera habitual pero desarrollan su actividad en el entorno. Pero hablemos entonces del entorno de muchas barriadas, que no tienen opciones ni de ocio ni laboral; entonces la ley habla de internamiento terap¨¦utico. Despu¨¦s tenemos el internamiento ondulatorio, que no son centros de metadona, hablamos de reeducaci¨®n. Sigue la ley con centros de d¨ªa, donde se realizar¨ªan actividades de apoyo educativas, laborales o de ocio, por ejemplo, aprender m¨²sica. ?Tenemos esos centros?
P. Las carencias afectar¨ªan sin duda a la aplicaci¨®n de la ley.
R. El principio de oportunidad reglada, del que dispone el fiscal, se queda en nada si no hay centros donde llevar a los menores. Acabaremos pidiendo la reclusi¨®n. Esa persona ir¨¢ a un centro cerrado, no porque lo merezca, sino porque nos cargamos su derecho a la tutela efectiva, que ser¨ªa ir a un centro abierto, porque no hay alternativas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Ley del menor
- Magistratura
- Declaraciones prensa
- Fiscal¨ªa Menores
- Constituci¨®n Espa?ola
- Alfredo Flores
- Fiscal¨ªa
- Legislaci¨®n espa?ola
- Poder judicial
- Parlamento
- Gente
- Pol¨ªtica
- Edad penal
- Responsabilidad penal
- C¨®digo penal
- C¨®digos jur¨ªdicos
- Normativa jur¨ªdica
- Legislaci¨®n
- Justicia
- Menores
- Grupos sociales
- Sociedad
- Responsabilidad penal menores