Una norma permite licenciarse sin aprobar la ¨²ltima asignatura
Profesores de Granada recurren el 'regalo'
Los estudiantes de la Universidad de Granada pueden "compensar" una asignatura suspensa y licenciarse sin haberla aprobado, siempre que se hayan esforzado y realizado los ex¨¢menes. La Junta de Gobierno aprob¨® en 1997 una norma que permite a los alumnos titularse con s¨®lo el 94% de la carga lectiva aprobada. Ya ha sido implantada, no sin pol¨¦mica, en "la gran mayor¨ªa de facultades" y un grupo de profesores ha recurrido su aplicaci¨®n en Derecho.
Convocatorias agotadas
"La Universidad de Granada no regala t¨ªtulos ni rebaja la carga docente de sus titulaciones", aclar¨® ayer el nuevo vicerrector de Ordenaci¨®n Acad¨¦mica, Gabriel Cardenete. "Estoy seguro de que esta norma no supone un desprestigio para nuestra instituci¨®n porque no es una medida de aplicaci¨®n inmediata, sino s¨®lo para casos excepcionales que cumplan unos determinados requisitos".Sin embargo, el propio vicerrector y otros profesores admiten que la interpretaci¨®n de la norma puede dar lugar a picaresca por parte de alumnos que decidan olvidarse de la asignatura m¨¢s compleja de la carrera con la pretensi¨®n de que le sea "compensada". Cardenete asegur¨®, no obstante, que "el porcentaje de alumnos que ya se han beneficiado de esta norma no es alto".
La Junta de Gobierno de la Universidad de Granada aprob¨® el 30 de junio de 1997 la Normativa de la planificaci¨®n docente y de la organizaci¨®n de ex¨¢menes. En su art¨ªculo 18, titulado Reconocimiento o compensaci¨®n de cr¨¦ditos, se contempla la posibilidad de que "cuando un estudiante tenga superada el 94% de la carga lectiva global de un ciclo o de la titulaci¨®n, podr¨¢ someter a reconocimiento o compensaci¨®n los restantes cr¨¦ditos [6%] del ciclo o del total de la titulaci¨®n, siempre que las materias hayan sido cursadas". En la pr¨¢ctica, se?al¨® Cardenete, este 6% suele equivaler a una sola asignatura.
La normativa deja la aplicaci¨®n de este art¨ªculo en manos de cada facultad y los requisitos que deben reunir los alumnos para optar al "reconocimiento" en manos de una Comisi¨®n de Compensaci¨®n nombrada por cada centro entre sus profesores.
El prop¨®sito con que la Universidad aprob¨® esta medida, explic¨® Cardenete, es facilitar la conclusi¨®n de sus estudios a alumnos "que dejaron sin acabar la carrera hace a?os, que tienen alg¨²n problema con un departamento o que han agotado sus convocatorias de examen". El vicerrector reconoce, no obstante, que la norma aprobada por sus antecesores tiene en Espa?a un s¨®lo parang¨®n en la Universidad Polit¨¦cnica de Catalu?a. Y que otras universidades del pa¨ªs suelen solucionar las mencionadas situaciones "con medidas de gracia del rector".En c¨ªrculos universitarios se considera, adem¨¢s, que la medida discrimina positivamente a sus beneficiarios en contra de los estudiantes que superan el 100% de su carga lectiva.
La norma ha sido implantada de forma paulatina "por la gran mayor¨ªa de las facultades" granadinas, interpretando el art¨ªculo "de forma m¨¢s o menos restrictiva". En casi todas "se han generado tensiones", asegura Cardenete. "Los alumnos han estado siempre encantados con el art¨ªculo y los profesores no tanto".
El descontento de los docentes se ha visto reflejado en un recurso remitido al Rectorado por unos 25 profesores de Derecho en contra de la implantaci¨®n de la norma en su Facultad. La Junta de Centro de Derecho aprob¨® su aplicaci¨®n el 17 de octubre de 2000. Y la Comisi¨®n de Convalidaciones del centro fij¨® para compensar las asignaturas una serie de criterios orientativos "para garantizar la seriedad del proceso": "El esfuerzo serio del alumno para superar la asignatura; el n¨²mero de convocatorias agotadas; tener en una asignatura af¨ªn a la que se quiere compensar una calificaci¨®n m¨ªnima de notable; y que la asignatura a compensar pertenezca al Plan de Estudios antiguo y no se imparta en el nuevo"; entre otros criterios.
Los profesores que firman el recurso consideran que la aplicaci¨®n del art¨ªculo es "una grave irresponsabilidad docente y acad¨¦mica". "Un alumno puede aprobar por compensaci¨®n su ¨²ltima asignatura de la licenciatura agotando dos convocatorias y sin tener que obtener en el examen la calificaci¨®n de aprobado, siendo suficiente la presentaci¨®n a examen y la calificaci¨®n de suspenso para optar al apto por compensaci¨®n", manifiestan.
Opinan, adem¨¢s, que es "una clara vulneraci¨®n de la legalidad": "Mientras no se supere una asignatura no hay derecho al t¨ªtulo y lo contrario supone una revisi¨®n o supresi¨®n de dichos estudios, cuesti¨®n que en los propios Estatutos de la Universidad 'deber¨¢ hacerse de acuerdo con lo previsto en la Ley de Reforma Universitaria y en estos Estatutos'". Por tanto, se?alan, la normativa "aprobada por un ¨®rgano como la Junta de Gobierno no puede -por elemental principio de rango normativo- ir contra otras de rango muy superior".
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