El laberinto del retorno forzoso
La expulsi¨®n de 30.000 extranjeros que pretende iniciar el Gobierno requiere un complicado proceso jur¨ªdico y un gran esfuerzo econ¨®mico
'Lamentablemente, estas personas no podr¨¢n quedarse entre nosotros'. Con estas palabras el delegado para la Extranjer¨ªa y la Inmigraci¨®n, Enrique Fern¨¢ndez-Miranda, certific¨® el 21 de diciembre la voluntad del Gobierno de expulsar a m¨¢s de 30.000 inmigrantes. Se trata de gente cuyas solicitudes de regularizaci¨®n hab¨ªan sido rechazadas o archivadas y que no entrar en la revisi¨®n de oficio que ha prometido el Gobierno para aqu¨¦llos que no acreditaron su estancia en Espa?a antes del 30 de junio de 1999. A partir del martes, cuando entra en vigor la reforma de la Ley de Extranjer¨ªa, el anuncio de Fern¨¢ndez-Miranda se har¨¢ efectivo. En teor¨ªa.
Expulsar a un inmigrante no es sencillo ni barato. Primero hay que localizarlo, documentar su procedencia, sortear numerosos obst¨¢culos legales... Y, finalmente, abonar su billete de retorno. Devolver a sus pa¨ªses a los 4.227 chinos rechazados costar¨ªa 1.572 millones de pesetas (a unas 372.000 el billete); el regreso forzoso de los 4.426 ecuatorianos, 885 millones.
Primero hay que localizar al irregular, documentar su procedencia, sortear numerosos obst¨¢culos legales... y finalmente pagarle un billete
El proceso de expulsi¨®n var¨ªa en funci¨®n de numerosos factores: desde la nacionalidad del individuo hasta su edad y sexo. EL PA?S ha consultado a varios despachos de abogados, partidos pol¨ªticos, organizaciones no gubernamentales, comandantes de l¨ªneas a¨¦reas, capitanes de buque y polic¨ªas expertos en extranjer¨ªa para iluminar este laberinto.
Una patera arriba a nuestras costas. Si sus ocupantes son marroqu¨ªes y caen en manos de la polic¨ªa nada m¨¢s desembarcar, los agentes les aplicar¨¢n el convenio vigente con Rabat: Marruecos se compromete a readmitir a todas las personas que hayan entrado en Espa?a a trav¨¦s de su pa¨ªs. ?sa es la teor¨ªa: en la pr¨¢ctica s¨®lo recibe a sus propios ciudadanos. ?stos son repatriados en ferrys desde Algeciras y entregados a las autoridades cherifianas de la frontera del Tarajal, en Ceuta, en menos de 48 horas.
Pero si los inmigrantes proceden de un pa¨ªs subsahariano, como Nigeria o Senegal, y han destruido su documentaci¨®n, cosa que suelen hacer, comenzar¨¢n los problemas. Las autoridades intentar¨¢n que el consulado de su probable naci¨®n de origen admita que se trata de ciudadanos suyos. Dado que esto es improbable, tendr¨¢n que ponerlos en libertad 'con documentos identificativos que acrediten su inscripci¨®n en las dependencias del Ministerio del Interior', seg¨²n establece la ley. A efectos pr¨¢cticos: nunca obtendr¨¢n la residencia, pero tampoco podr¨¢n ser expulsados y circular¨¢n libremente.
Estos dos supuestos valen s¨®lo para los extranjeros detenidos nada m¨¢s poner el pie sobre la arena de la playa. En este sentido conviene recordar que la Guardia Civil s¨®lo logra interceptar seis de cada diez pateras. Los ocupantes de las cuatro restantes se internan en el territorio. Fueron ¨¦stos, junto a los que consiguieron entrar en aviones, buques, trenes o camiones, los que se acogieron al proceso de regulaci¨®n que el Gobierno cerr¨® el mes pasado. Una parte de ellos han visto denegadas sus solicitudes y son candidatos a la expulsi¨®n.
Tal vez sea m¨¢s f¨¢cil entender el proceso al que habr¨¢n de enfrentarse estas personas si trazamos el perfil de una de ellas. Imaginemos que se trata de un var¨®n (las mujeres embarazadas no pueden ser expulsadas por razones humanitarias), mayor de edad (los menores est¨¢n sometidos a una legislaci¨®n diferente), al que la Administraci¨®n ha negado su solicitud de residencia. Hace tres semanas que la delegaci¨®n del Gobierno de su provincia le remiti¨® una carta con la mala noticia, en la que tambi¨¦n le advert¨ªa: 'Deber¨¢ abandonar el territorio espa?ol, a cuyo efecto se le concede un plazo de 15 d¨ªas, a contar del siguiente al de la notificaci¨®n de esta resoluci¨®n'. Estamos a 25 de enero, hace 48 horas que la reforma de la Ley de Extranjer¨ªa entr¨® en vigor y una pareja de polic¨ªas acaba de pararle en plena calle. Los agentes comprueban que se encuentra irregularmente en Espa?a y se lo llevan detenido. A partir de este momento pueden ocurrir varias cosas.
Si se trata de un subsahariano y los polic¨ªas no logran demostrar su origen, deber¨¢n dejarlo libre en tres d¨ªas. Pero cabe la posibilidad de que su nacionalidad sea evidente: se tratar¨¢, muy probablemente, de un ciudadano marroqu¨ª, latinoamericano, europeo del Este u oriental. En ese caso permanecer¨¢ detenido un m¨¢ximo de 72 horas. Durante ese tiempo la polic¨ªa le abrir¨¢ un expediente de expulsi¨®n. En el transcurso de las diligencias tendr¨¢ derecho a ser asistido por un abogado y por un int¨¦rprete. Los agentes pueden solicitar al juez su internamiento durante un plazo m¨¢ximo de 40 d¨ªas. Si el magistrado no lo concede, deber¨¢n ponerlo en libertad.
Supongamos que el juez consiente. El inmigrante es retenido, el expediente sigue su curso y el delegado del Gobierno le notifica el decreto de expulsi¨®n. Desde ese momento hasta que la polic¨ªa lo haga efectivo deben transcurrir 72 horas. En ese tiempo el decreto puede ser recurrido ante la propia administraci¨®n o ante la justicia. El abogado solicita al Tribunal Superior de Justicia que decida la suspensi¨®n cautelar de la expulsi¨®n hasta que se resuelva el fondo del asunto. Si el tribunal acepta esa petici¨®n, esa persona queda en libertad y puede moverse legal y libremente por Espa?a durante el a?o y pico que suele durar un proceso de este tipo. Si en ese tiempo no logra arreglar sus papeles, el Estado podr¨¢ hacer efectiva su expulsi¨®n.
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