Los patronatos provinciales quedan excluidos del ¨®rgano que coordinar¨¢ las pol¨ªticas tur¨ªsticas
Las entidades se quejan y recuerdan que el consejero Hurtado les prometi¨® representaci¨®n
Los patronatos ya han alzado su voz de queja y aseguran que el consejero de Turismo y Deportes, Jos¨¦ Hurtado, se comprometi¨® hace meses en p¨²blico a que formar¨ªan parte del nuevo ¨®rgano asesor -el 2 de noviembre en una conferencia de prensa en la C¨¢mara de Comercio de M¨¢laga-.
Sin embargo, Hurtado ha explicado que los patronatos no pueden tener representaci¨®n como tal en el Consejo Andaluz porque forman parte de las diputaciones provinciales, y que ¨¦stas tendr¨¢n presencia a trav¨¦s de la Federaci¨®n Andaluza de Municipios y provincias (FAMP).
El borrador del decreto que regular¨¢ el Consejo Andaluz de Turismo otorga a la FAMP cuatro miembros, en principio dos de los municipios y dos de las diputaciones, y seg¨²n Hurtado, 'lo l¨®gico es que ¨¦stos sean de los patronatos'. 'No podemos tener a los patronatos aparte como si fueran otra cosa distinta, org¨¢nicamente est¨¢n situados en la ¨®rbita de las diputaciones', ha explicado a EL PA?S.
La gerente del Patronato Provincial de Turismo de la Costa del Sol, Ana G¨®mez, se mostr¨® ayer confiada en que la cuesti¨®n 'se retome' en una pr¨®xima reuni¨®n con el consejero y en que ¨¦ste 'mantendr¨¢ sus compromisos para que al final tengamos representaci¨®n'.
La presencia en el Consejo Andaluz de Turismo no es una cuesti¨®n balad¨ª, toda vez que este ¨®rgano, cuya creaci¨®n contempla la ley aprobada en diciembre de 1999, tendr¨¢ funciones determinantes en el dise?o de la pol¨ªtica sectorial, como por ejemplo informar sobre el Plan General de Turismo cuya elaboraci¨®n mandata la ley y sobre los procedimientos de elaboraci¨®n de todas aquellas disposiciones que tengan por objeto la ordenaci¨®n o promoci¨®n del turismo.
Pero adem¨¢s, el borrador del decreto regulador estipula que este ¨®rgano deber¨¢ tambi¨¦n emitir informes preceptivos para la declaraci¨®n de municipios tur¨ªsticos y de zonas de preferente actuaci¨®n, para la elaboraci¨®n de programas de recualificaci¨®n de destinos y de turismos espec¨ªficos, para la aprobaci¨®n de denominaciones geotur¨ªsticas o de medidas especiales para la promoci¨®n, para la declaraci¨®n de fiestas, rutas, acontecimientos o gu¨ªas de inter¨¦s tur¨ªstico, y para la adopci¨®n de acuerdos de delegaci¨®n de competencias a favor de las entidades locales.
El Consejo Andaluz de Turismo sustituir¨¢ a la Mesa del Turismo, ¨®rgano que ha funcionado desde 1996 y en el que est¨¢n representadas la consejer¨ªa, la patronal y los sindicatos UGT y CC OO. Esta mesa ya ha aprobado los dos primeros reglamentos de desarrollo de la Ley del Turismo, el de alojamientos rurales y el de oficinas de informaci¨®n. La Mesa tiene prevista en su sesi¨®n de hoy en M¨¢laga estudiar los borradores de otros dos nuevos decretos, el del Consejo Andaluz de Turismo y el de municipio tur¨ªstico.
Precisamente, la regulaci¨®n del consejo se pretende adelantar a petici¨®n de los agentes sociales para que sea ¨¦ste el ¨®rgano que ya elabore los otros reglamentos para el desarrollo de la Ley del Turismo.
Seg¨²n el borrador que hoy se comenzar¨¢ a estudiar, del consejo formar¨¢n parte toda la c¨²pula de la Consejer¨ªa de Turismo (consejero, viceconsejero, los directores generales de Planificaci¨®n y de Promoci¨®n y el secretario general t¨¦cnico), adem¨¢s de un representante, con rango al menos de director general, de las consejer¨ªas que tengan las competencias sobre Econom¨ªa, Administraci¨®n Local, Ordenaci¨®n del Territorio y urbanismo, Medio Ambiente, Cultura, Consumo, Trabajo y Agricultura.
Adem¨¢s de los cuatro miembros de la FAMP, el consejo contar¨¢ tambi¨¦n con cuatro representantes de las organizaciones empresariales, dos de cada una de las dos centrales sindicales 'm¨¢s representativas' (UGT y CC OO), tres de las organizaciones de consumidores y usuarios, y cuatro 't¨¦cnicos o expertos de reconocido prestigio'. Un funcionario de la consejer¨ªa har¨¢ las veces de secretario, aunque sin derecho a voto.
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