El Supremo rebaja a cuatro a?os las condenas de Urralburu y Arag¨®n
Los ex dirigentes socialistas navarros ingresan en prisi¨®n
Con rostro serio y circunspecto, seg¨²n algunos testigos, el ex presidente del Gobierno foral recorri¨® en coche y escoltado por dos polic¨ªas de paisano el corto trayecto que hay entre su domicilio pamplon¨¦s, en el centro de la ciudad, y la c¨¢rcel de Pamplona donde ingres¨® ayer para cumplir su condena. Est¨¢ previsto que su esposa, Olivia Balda, de 46 a?os, condenada a tres a?os, comparezca hoy en la Audiencia de Navarra. Tambi¨¦n ingresaron en la c¨¢rcel Antonio Arag¨®n, ex consejero de obras p¨²blicas de Urralburu, e Isabel Romeo, 49 a?os, esposa de ¨¦ste ¨²ltimo. Todos gozaban de libertad provisional a la espera del fallo del Supremo, tribunal ante el que recurrieron en casaci¨®n.
Urralburu y Arag¨®n, ambos de 50 a?os, cumplir¨¢n en prisi¨®n menos tiempo del previsto ya que los dos permanecieron seis meses en la c¨¢rcel de Logro?o durante la instrucci¨®n de la causa. Este tiempo se restar¨¢ de la condena. En el caso de que no recurran ante el Constitucional, el futuro de los dos ex dirigentes socialistas depende del r¨¦gimen penitenciario. Javier Asia¨ªn, letrado de Urralburu, se?al¨® a este peri¨®dico que conf¨ªa en que su cliente obtenga el tercer grado, acudir a prisi¨®n a dormir, en 11 meses.
C¨¢ndido Conde Pumpido, ponente del fallo, se?ala que la procedencia ¨ªlicita de las comisiones ilegales que recaudaban los condenados de las constructoras no excluye la obligaci¨®n de declararlas, pero a?ade que en el caso de Urralburu y Arag¨®n se dan los supuestos necesarios para que el delito fiscal quede 'absorbido' por el de cohecho: que los ingresos que generen el delito fiscal procedan de modo directo e inmediato del delito anterior; que el delito inicial sea efectivamente objeto de condena; y que la condena penal del delito fuente incluya el comiso de las ganancias obtenidas en el mismo o la condena a su devoluci¨®n como responsabilidad civil.
En el caso de Luis Rold¨¢n, condenado a 31 a?os, el mismo ponente hizo en 1999 una interpretaci¨®n distinta y mantuvo los delitos fiscales 'porque los ingresos proced¨ªan de una pluralidad de fuentes, los beneficios se reinvert¨ªan y las declaraciones conten¨ªan manipulaciones'.
El fallo reconoce que la sanci¨®n de cuatro a?os a Urralburu y Arag¨®n por 'estos grav¨ªsimos supuestos de cohecho' recogida en el C¨®digo Penal 'resulta en ocasiones insuficiente e incluso ben¨¦volamente desproporcionada en relaci¨®n a otras conductas m¨¢s severamente sancionadas y no tan gravemente atentatorias para la sociedad'.
El Supremo mantiene la multa de 600 millones a los dos condenados, cambia la calificaci¨®n de encubridoras impuesta a sus esposas por la de cooperadoras necesarias; reduce de cuatro a tres a?os la condena de Jorge Esparza, testaferro del clan; y absuelve a Luis Zubialde, sobrino de Urralburu. Rold¨¢n es el ¨²nico al que se mantiene su pena de tres a?os de c¨¢rcel.
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