Un tribunal especial analiza desde hoy el conflicto del Gobierno contra el Supremo por el 'caso Lia?o'
La Sala Penal mantiene que revisar sus decisiones firmes puede ser inconstitucional
Precisamente la incorrecci¨®n en el planteamiento del conflicto es uno de los escollos a que se enfrenta el Ejecutivo para imponer su criterio a los jueces del Tribunal Supremo. Los propios magistrados as¨ª lo han entendido en un auto demoledor, votado por 10 de los 11 integrantes del Pleno de la Sala de lo Penal, en el que aseguran que el conflicto podr¨ªa resultar formalmente inadmisible por haberse planteado en un asunto judicial resuelto en firme.
Al rechazar el requerimiento de inhibici¨®n que el ministro de Justicia, ?ngel Acebes, dirigi¨® al Tribunal Supremo en tono de verdadero ultim¨¢tum, los magistrados explicaron que el 19 de enero notificaron al ministro su negativa a reincorporar a Lia?o a la carrera judicial. El Ministerio, en vez de utilizar el cauce del Ministerio Fiscal para instar la presentaci¨®n de un recurso, dej¨® pasar el plazo sin recurrir y el auto gan¨® firmeza. Y seg¨²n los magistrados, 'una vez firme el auto judicial, el art¨ªculo 7 de la Ley de Conflictos Jurisdiccionales impide la formulaci¨®n de un conflicto y esta norma legal es de obligado cumplimiento'. As¨ª lo establece la doctrina del propio Tribunal de Conflictos cuando dispone expresamente que 'no podr¨¢n plantearse conflictos de jurisdicci¨®n a los tribunales en los asuntos resueltos por auto o sentencia firmes'.
En realidad, los magistrados del Supremo rechazan en mayor medida que exista un verdadero conflicto que deba ser resuelto por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicci¨®n, que el propio reintegro de Lia?o a la carrera judicial.
As¨ª lo ha puesto de manifiesto el hecho de que el presidente de la Sala de lo Penal, Luis Rom¨¢n Puerta Luis y el magistrado Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, partidarios ambos de aplicar el indulto del Gobierno 'en sus propios t¨¦rminos' y por tanto, de reincorporar a Lia?o a la carrera judicial, hayan votado en contra del planteamiento del conflicto y a favor de rechazar el requerimiento del Ministerio.
Es m¨¢s, el conflicto, seg¨²n el auto de la Sala Penal del Supremo, podr¨ªa resultar 'constitucionalmente improcedente' ya que Justicia pretende que el Tribunal de Conflictos act¨²e como un tribunal 'superior al Supremo' y que revise o corrija una de sus resoluciones firmes, lo que es inconstitucional.
El Tribunal de Conflictos est¨¢ integrado por el presidente del Tribunal Supremo, Javier Delgado, quien tiene voto de calidad en caso de empate; los magistrados de lo Contencioso del Supremo Rodolfo Soto y Pedro Antonio Mateos, y los consejeros permanentes de Estado Antonio P¨¦rez Tenessa, Jos¨¦ Luis Manzanares Samaniego y Miguel Vizca¨ªno.
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