Absuelta una empresa que 'discrimin¨®' a una abogada por dar a luz
Los jueces defienden las 'necesidades organizativas' de la compa?¨ªa
El juez de lo Social, Jos¨¦ Pablo Aramendi, en su sentencia del 31 de octubre pasado, declar¨® probado que la abogada Enriqueta G¨®mez Salcedo, que prestaba servicios como 'letrado asesor jur¨ªdico' desde 1990, una vez que fue madre en 1995, 1996 y 2000, y en aras de 'proteger' su vida familiar, fue trasladada al departamento de Calidad y Procedimientos de la empresa.
Al ver que dejaban de encomend¨¢rsele trabajos tan importantes como a sus compa?eros, G¨®mez Salcedo elev¨® una proesta al presidente de la empresa, Pedro Mielgo, quien, seg¨²n el juez, 'la discrimin¨® por su actitud vindicativa en el disfrute de sus derechos'.
Apelada la sentencia por Red El¨¦ctrica, SA, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la ha revocado y, en consecuencia, ha absuelto a la empresa condenada, que ya no tendr¨¢ que pagar los 30 millones de pesetas en concepto de da?os morales y p¨¦rdida de salud sufridos por la letrada.
?nicamente si finalmente prospera un recurso de casaci¨®n ante el Supremo para la unificaci¨®n de doctrina, G¨®mez Salcedo podr¨¢ obtener una compensaci¨®n frente al 'sufrimiento' que, seg¨²n declar¨® a este peri¨®dico, se vio obligada a soportar por lo que calific¨® de 'prepotencia' empresarial.
Frente al criterio del juez madrile?o de lo Social de exigir a la empresa que presentara prueba que no discrimin¨®, puesto que la letrada aport¨® 'indicios sobradamente demostrativos de su situaci¨®n personal (...) y de las alteraciones objetivamente perjudiciales en su formaci¨®n y promoci¨®n profesionales y en sus retribuciones', la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Poves, niega la discriminaci¨®n alegada por G¨®mez Salcedo, al considerar que 'tan dignas y respetables son las tareas del departamento de Asesor¨ªa Jur¨ªdica como las de la direcci¨®n de Auditor¨ªa Interna'.
Un 'simple traslado'
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid afirma en su sentencia que, para que la empresa tenga que probar que no discrimin¨®, 'hace falta probar la existencia de indicios de presencia de la discriminaci¨®n se?alada', los cuales en este caso no se aportaron, ya que 'la medida empresarial que consiste simplemente en trasladarla de un departamento a otro no tiene conexi¨®n alguna con la triple maternidad'.
De acuerdo con lo alegado judicialemente por Red El¨¦ctrica, SA, 'las razones organizativas de la empresa aparecen debidamente constatadas, no pudiendo admitirse la tesis de la sentencia de que las cuestiones que ahora tiene encomendadas la actora (demandante)sean de una entidad muy inferior o de poca importancia', especifica la sentencia.
Frente a la consideraci¨®n judicial de los traslados laborales como 'una represalia', el Tribunal Superior de Justicia de Madrid cree 'razonable que quienes han prestado a la empresa servicios que denotan una mayor dedicaci¨®n, sean promocionados', mientras que en cambio 'no ser¨ªa justo que se promocionara por igual' a la letrada, 'cuando ni siquiera en sus periodos de alta mostr¨® disposici¨®n para participar en los m¨¢s recientes requerimientos del departamento de Asesor¨ªa Jur¨ªdica'.
Por su parte, Jos¨¦ Garrido, abogado de G¨®mez Salcedo, anunci¨® la interposici¨®n de un recurso contra una sentencia de 'una sala de retr¨®grados', seg¨²n dijo, 'que llegan a unas conclusiones imposibles sin previamente modificar los hechos declarados probados por el juez'.
Precisamente, asesorada por este mismo abogado, otra mujer, Ar¨¢nzazu Prieto Gonz¨¢lez, que trabaja en la empresa Esso Espa?ola, SL, desde 1989, tras considerarse discriminada por su maternidad -mediante sucesivos cambios de puestos de trabajo rematados con un despido por supuestos errores-, ha obtenido un fallo favorable, recurrible por la empresa ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La juez de lo Social de Madrid Esther Lobo Dom¨ªnguez ha declarado el despido nulo y ha condenado a Esso Espa?ola, SL a la inmediata readmisi¨®n de Prieto Gonz¨¢lez 'en el mismo puesto de trabajo' con 'funciones de t¨¦cnico comercial'. Adem¨¢s, la magistrada madrile?a ordena la publicaci¨®n de la sentencia en el tabl¨®n de anuncios del centro de trabajo de la readmitida de Madrid, as¨ª como en la oficina central de Bruselas y en las dem¨¢s instalaciones de la compa?¨ªa en distintos pa¨ªses europeos.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.