Penas de 10 meses a 12 pescadores de l'Albufera por no admitir mujeres
Los condenados han desobedecido una sentencia del Tribunal Supremo
Los pescadores de El Palmar, un enclave en el lago de L'Albufera, en Valencia, se negaron a dar entrada en la comunidad, que regula desde hace m¨¢s de siete siglos la pesca en el paraje, a cinco mujeres que lo solicitaron hace m¨¢s de seis a?os. A pesar de que tres sentencias han fallado en el mismo sentido, el de admitir a las cinco mujeres como miembros de pleno de derecho y en igualdad de condiciones a las de los hombres hijos de pescadores, la comunidad no ha cumplido las ¨®rdenes judiciales.
Ignorar la ejecuci¨®n de las sentencias llev¨® a la junta directiva de la comunidad de pescadores a sentarse en el banquillo de los acusados por desobediencia. Enrique Nieto, titular del juzgado n¨²mero 1 de Lo Penal de Valencia, celebr¨® el pasado d¨ªa 13 juicio oral contra los 12 miembros de la junta, encabezados por su presidente, Jos¨¦ Caballer, y escuch¨® de todos ellos una ¨²nica argumentaci¨®n: eran conocedores de la desobediencia pero entend¨ªan que ellos no eran el ¨®rgano competente para decidir sobre la admisi¨®n.
La explicaci¨®n ofrecida al juez se sustentaba en que tradicionalmente es la junta general, en la que se convoca a los 440 miembros, la que se pronuncia sobre las admisiones. Tras conocer la Comunidad de Pescadores el dictamen del Tribunal Supremo -que ratificaba dos sentencias en el mismo sentido, una de la Audiencia de Valencia y otra del Juzgado de primera instancia n¨²mero 1- y recibir requerimientos personales que exig¨ªan el cumplimiento de lo que la misma establece, la junta directiva convoc¨® junta general y someti¨® a votaci¨®n la incorporaci¨®n de las cinco mujeres. Por 80 votos frente a 11 qued¨® desestimada.
En la sentencia que condena a 10 a?os de prisi¨®n a los 12 miembros de la junta directiva por un delito de desobediencia, el juez afirma que 'aparece clara la voluntad de la Comunidad de Pescadores de no acatar y cumplir la resoluci¨®n de la Audiencia Provincial, pues lo alegado no eran m¨¢s que simples pretextos para eludir la orden'. El juez a?ade que la resoluci¨®n 'queda burlada' y que 'las ¨®rdenes para que se lleve a cabo la ejecuci¨®n provisional de la sentencia no ha sido una sino varias'. En el texto, el juez afirma que concurre la agravante de 'discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo' y que aparece muy claro que las negativas de los acusados a cumplir el mandato judicial estaban inspiradas en el prop¨®sito de mantener la inconstitucional y anacr¨®nica norma de la Comunidad de Pescadores, que impide que las mujeres, por el mero hecho de serlo, pudieran ser socios de pleno derecho. El juez incluso advierte una ficci¨®n de buena voluntad en la actuaci¨®n de la comunidad.
En la vista oral declararon varias mujeres que en julio del a?o pasado entraron a formar parte pero con renuncia expresa al redol¨ª, o caladero en el lago, lo que equivale a no ejercer la pesca. Y el magistrado entiende que 'si tan buena disposici¨®n a la admisi¨®n de mujeres existe, no se comprende la tenaz y mantenida oposici¨®n de la Comunidad a la admisi¨®n de las cinco querellantes'. Contra esta sentencia cabe recurso de apelaci¨®n. Tambi¨¦n est¨¢ pendiente un recurso de amparo presentado ante el Constitucional por la Comunidad de Pescadores.
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