Barcelona ser¨¢ la primera ciudad en aplicar juicios r¨¢pidos a menores
Barcelona ser¨¢ la primera ciudad espa?ola en aplicar los denominados juicios inmediatos y lo har¨¢ concretamente en casos que afecten a menores de 18 a?os, para que puedan ser juzgados en un plazo de 72 horas. As¨ª lo prev¨¦ un plan dise?ado por el juzgado decano de la capital catalana, pionero en la materia.
El juez decano de Barcelona, Joaqu¨ªn Bayo, explic¨® ayer que la puesta en marcha del plan est¨¢ pendiente de la aprobaci¨®n de una modificaci¨®n del reglamento de las guardias de los juzgados de menores por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Barcelona y Madrid son las dos ¨²nicas ciudades espa?olas habilitadas para que los juzgados de menores realicen guardias las 24 horas del d¨ªa. Sin embargo, la pretensi¨®n de los jueces de Barcelona es que el reglamento de guardias se adapte a sus necesidades para poder celebrar juicios inmediatos y, de esta manera, actuar con independencia de los criterios que adopten los juzgados de menores de la capital de Espa?a.
El plan contempla que los juzgados de menores de Barcelona, que en la actualidad son cinco, realicen guardias de 72 horas. Durante este periodo se podr¨ªa juzgar a los menores detenidos en los casos en los que se dispongan de todas las pruebas necesarias para que se pueda celebrar el juicio. Esta f¨®rmula de justicia r¨¢pida es aplicable a conductas delictivas de poca complejidad, como un peque?o robo o una agresi¨®n, en las que es relativamente factible obtener las pruebas con cierta rapidez. Tambi¨¦n se podr¨ªa aplicar la justicia r¨¢pida en aquellos casos en los que el acusado estuviese de acuerdo con los cargos imputados y con la pena solicitada, en el caso de los menores, hasta 5 a?os de internamiento -8 a?os en los casos de delitos m¨¢s graves.
Agilizar la justicia juvenil
El juez decano explic¨® que la justicia inmediata en la jurisdicci¨®n de menores supondr¨ªa un importante avance en dos frentes. Por un lado, seg¨²n Bayo, se ganar¨ªa en agilizar los procesos en una jurisdicci¨®n en la que, desde la entrada en vigor de la ley penal juvenil, en enero de 2000, ha habido problemas de tramitaci¨®n por la acumulaci¨®n de causas, tanto nuevas como revisadas. Ello se ha producido por el hecho de que la nueva ley ha aumentado la edad penal juvenil de los 16 a los 18 a?os.
Por otro lado, seg¨²n el juez decano, la aplicaci¨®n de los juicios inmediatos en la justicia juvenil permitir¨ªa superar el escollo que ahora representa, a su criterio, la 'restrictiva' lectura que se hace de los requisitos de la ley para decretar la prisi¨®n o el internamiento preventivo de un menor, en este caso por un periodo m¨¢ximo de 6 meses.
El hecho de poder juzgar y condenar a un menor en un plazo de 72 horas evitar¨ªa esa situaci¨®n, ya que el acusado pasar¨ªa a la situaci¨®n de condenado sin pasar por el preventivo.
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