El Supremo da luz verde para que sea derribada una iglesia de Fuencarral
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que present¨® el Arzobispado de Madrid contra la decisi¨®n del Tribunal Superior de Justicia de demoler una parte de la iglesia de Nuestra Se?ora de Las Fuentes (Fuencarral) por ser ¨¦sta contraria a las normas urban¨ªsticas del municipio (est¨¢ a menos de siete metros de unas viviendas). Con esta resoluci¨®n, y si no media ning¨²n otro recurso, el Tribunal Superior dispone ya de luz verde para volver a ordenar al Consistorio que cumpla la sentencia de derribo que dict¨® hace casi tres a?os sobre la parte ilegal de esta iglesia que cubre la zona del altar mayor.
El Tribunal Supremo acaba de hacer p¨²blico el auto en el que 'inadmite' las cinco causas que esgrimi¨® el Arzobispado de Madrid en su recurso del 5 de abril de 2000 tendente a evitar el derribo de esta iglesia, situada en la calle de Villa de Mar¨ªn, 39.
El alto tribunal zanja as¨ª el fuerte rifirrafe jur¨ªdico que a lo largo de 2000 mantuvieron el Arzobispado y el Ayuntamiento de Madrid contra los jueces de la Secci¨®n Primera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. ?stos ya tienen las manos libres, pues, para obligar al Ayuntamiento a que cumpla la sentencia de derribo. Aunque el due?o de la iglesia es el Arzobispado, la orden de derribo la dirigi¨® el Tribunal Superior al Ayuntamiento porque es ¨¦ste quien debe velar por el cumplimiento de la normativa urban¨ªstica.
En su auto, el Supremo da la raz¨®n al Tribunal Superior y se la quita al Arzobispado al indicar que no cabe legalizar esta iglesia mediante la figura del estudio de detalle urban¨ªstico, tal como pretendi¨® el alcalde de Madrid, Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez del Manzano, del PP, en un pleno celebrado en marzo de 2000 y que fue anulado por el Tribunal Superior.
Los jueces del Supremo recuerdan al Arzobispado, adem¨¢s, que escapa de su competencia el an¨¢lisis de las normas urban¨ªsticas de car¨¢cter auton¨®mico. 'La interpretaci¨®n y aplicaci¨®n del derecho auton¨®mico corresponde al Tribunal Superior de Justicia en calidad de supremo juez', se?ala el auto. En fuentes jur¨ªdicas no ha extra?ado la resoluci¨®n del Tribunal Supremo, pues hace cinco meses ¨¦ste dict¨® una providencia sobre este mismo asunto en la que dejaba entrever al Arzobispado que deb¨ªa concretar las causas que esgrim¨ªa en su recurso, ya que las que anunciaba pod¨ªan resultar inadmisibles de acuerdo con las leyes procesales.
Sobre la iglesia de Nuestra Se?ora de las Fuentes, en Fuencarral, pende una orden de derribo parcial desde hace casi tres a?os. Dos vecinos de un bloque pr¨®ximo a la iglesia, asesorados por el abogado Javier Dorca, denunciaron hace 10 a?os que el templo estaba muy pr¨®ximo a sus casas y que les tapaba la luz natural al no respetar la separaci¨®n m¨ªnima -siete metros- que impone el plan de urbanismo. Los jueces, tras a?os de pleitos y recursos, declararon que una parte de la estructura de la iglesia era ilegal y que hab¨ªa que demolerla. Inicialmente, el Ayuntamiento hizo o¨ªdos sordos a la orden judicial.
Los propios jueces del Tribunal Superior lo denunciaron en varios autos en los que recordaban al Consistorio su obligaci¨®n de cumplir la sentencia. En uno de esos autos, incluso, dejaron entrever que exist¨ªa cierta connivencia entre el Ayuntamiento y el Arzobispado para incumplir la orden, ya que, cada vez que el Ayuntamiento enviaba all¨ª a los obreros de la piqueta, ¨¦stos abandonaban el lugar alegando que decenas de feligreses les imped¨ªan hacer su trabajo. Los jueces llegaron a sospechar que desde el Ayuntamiento de Madrid se informaba de la hora en la que iba a ir la piqueta municipal al lugar para que los feligreses se pusieran delante y evitasen as¨ª la demolici¨®n.
Ante esta situaci¨®n, el Tribunal Superior comunic¨® al Consistorio que la orden de derribo era irreversible y que, si era necesario, cab¨ªa usar los instrumentos de los que disponen las fuerzas de seguridad para ejecutar la sentencia. En este contexto, el Ayuntamiento de Madrid celebr¨® un pleno el 23 de marzo de 2000 en el que acord¨® iniciar los tr¨¢mites para legalizar la situaci¨®n urban¨ªstica de la iglesia mediante la figura del estudio de detalle urban¨ªstico.
Investigaci¨®n penal
Los jueces del Tribunal Superior, nada m¨¢s enterarse de lo acordado en pleno, lo declararon nulo y reiteraron la orden de demolici¨®n. Adem¨¢s, ordenaron abrir una investigaci¨®n penal por supuesta prevaricaci¨®n contra los 21 ediles del PP y los dos de IU que hab¨ªan votado a favor de ese acuerdo. Y, por ¨²ltimo, impuso dos multas de 500.000 pesetas al gerente de urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, aparte de deducir testimonio contra ¨¦l ante la jurisdicci¨®n penal por supuesta desobediencia. Ambas diligencias penales est¨¢n siendo investigadas por dos juzgados de Madrid.
Cuando parec¨ªa que el Ayuntamiento hab¨ªa arrojado la toalla y estaba dispuesto a cumplir la sentencia, el Supremo admiti¨® in extremis un recurso del Arzobispado contra la decisi¨®n del Tribunal Superior de Madrid de anular el citado acuerdo plenario. Ello paraliz¨® la orden de derribo, aunque ¨¦sta adquiere ahora, de nuevo, plena vigencia y, previsiblemente, reavivar¨¢ el enfrentamiento que sobre este asunto mantienen el Ayuntamiento y los jueces del Tribunal Superior. El Consistorio tambi¨¦n apel¨® al Supremo, pero los jueces rechazaron su recurso por extempor¨¢neo.
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